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Daños Materiales


Enviado por   •  30 de Marzo de 2015  •  3.412 Palabras (14 Páginas)  •  255 Visitas

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ESPECIALISTA.-

EXPEDIENTE .- 2015.-

ESCRITO .- 01 (Uno).-

SUMILLA .- DEMANDA DE INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS.

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DE TURNO DE CASTILLA.-

OLGA ESTELA SOLANO CHUNGA, con DNI N° 02669618, en representación de ROSA ANGELICA CHUNGA CHUNGA, DNI N° 02682707, con facultades inscritas en la Partida N° 11122169 Asiento A0001 del registro de Mandatos y Poderes de la Oficina Registral N° I – Sede Piura, con domicilio Real en Calle Yoque Yupanqui N° 113 – Castilla - Piura y domicilio Legal en Calle Callao N° 369 Interior 102 – Piura – Cercado, a Ud. digo:

I.-APERSONAMIENTO.-

Que, me apersono ante este Órgano Jurisdiccional que me faculta iniciar la acción judicial, en calidad representante de mi Señora madre ROSA ANGELICA CHUNGA CHUNGA, DNI N° 02682707, propietaria del bien inmueble ubicado en Asentamiento Humano Campo Polo Avenida Progreso N° 1801, del Distrito de Castilla, Provincia y Departamento de Piura, y para tal efecto nuestro domicilio procesal el indicado en el introito de la demanda, donde solicitamos se nos haga conocer las resoluciones que emitirá su Despacho.

II.- PETITORIO CLARO Y PRECISO.-

Que, de conformidad con los Artículos 1969° y 1980°del Código Civil vía Proceso Abreviado interpongo formal demanda de INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS contra el “CONSORCIO AMAZONAS”, representado por las empresas SERVAN CONTRATISTAS GENERALES S.R.L. y CONSTRUCTORA SAN JORGE E.I.R.L., consorcio representado por el Señor FLORENTINO SERVAN SERVAN y encargado de la remodelación de las construcciones de la Institución Educativa Miguel Cortez ubicado en el Asentamiento Humano Campo Polo del Distrito de Castilla, según Contrato N° 34-2014-MDC-GAYF-SGL, colegio colindante con el domicilio de mi representada.

Contra quien dirijo la presente acción para que cumpla con indemnizar los daños ocasionados sobre el bien inmueble de mi representada ubicado en Asentamiento Humano Campo Polo Avenida Progreso N° 1801, del Distrito de Castilla, Provincia y Departamento de Piura, quien deberá ser notificado en su domicilio ubicado en URBANIZACION MIRAFLORES MANZANA “V-1” LOTE N° 39 INTERIOR 5, DEL DISTRITO DE CASTILLA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE PIURA, haciendo extensivo el pago de costas y costos.

III.- FUNDAMENTOS DE HECHO.-

1.- Que, con fecha 23 de Julio del año 2014, fuimos advertidos de los daños ocasionados al bien inmueble materia de la presente demanda, por los encargados de la remodelación de la de la Institución Educativa Miguel Cortez ubicado en el Asentamiento Humano Campo Polo del Distrito de Castilla, colindante con dicho bien.

2.- Que, por encargo de mi señora madre y con las facultades que me asisten como apoderada, con facultades inscritas en la Partida N° 11122169 Asiento A0001 del registro de Mandatos y Poderes de la Oficina Registral N° I – Sede Piura, me apersone al bien inmueble, encontrándome con la sorpresa que efectivamente el bien inmueble estaba afectado con rajaduras en la pared de la sala de la casa; rotura de plancha de eternit (techo); movido de cimiento entre techo y pared; derrumbe de parte superior de pared del segundo ambiente (comedor); trozos de ladrillo y concreto en todos los ambientes del inmueble. El bien inmueble se encuentra hasta el momento totalmente inhabitable.

3.- Que, para tal efecto, procedí a apersonarme a la institución educativa Miguel Cortez y conversar con las personas encargadas de su remodelación, siendo recibida por un señor identificado como PERCY ENRIQUE VALDEZ SERVAN, con DNI N° 44013678, quien dijo ser el maestro de obra y manifestándome que dichos daños se habían producido por la utilización de la maquinaria pesada. Acto seguido le hice saber el malestar ocasionado exigiéndole que como haríamos para solucionar tales daños, respondiéndome que él en calidad de encargado y administrador de la obra se comprometía a realizar los trabajos de reparación del inmueble, para tal fin procedió a suscribir y firmar un documento simple con su puño y letra donde se compromete a lo manifestado, documento que como medio probatorio adjunto en copia legalizada así como copia simple de su DNI.

4.- Que, luego de suscrito el referido documento de compromiso, le pregunte al señor maestro de obra, PERCY ENRIQUE VALDEZ SERVAN, que cuando empezaría con la reparación, ya que en el documento no se especificó, manifestándome que cuando él vea conveniente hacerlo, proceder que me causo molestias ya que incluso lo dijo en un tono altanero, luego de un cruce de palabras y al no tener respuesta clara con respecto a la fecha exacta de la remodelación del bien afectado, me vi obligada a acudir a la Comisaría PNP de El Indio a cargo del Mayor PNP Jonhny Espinoza Zuñiga, donde fui recibida por efectivos policiales procediendo a sentar una Denuncia Verbal, diligenciada el mismo día, 23/07/2014, denunciando delito de daños y perjuicios en agravio del bien inmueble de mi señora madre, la cual represento. Luego de la denuncia verbal, ese mismo día dos efectivos policiales realizaron un Acta de Constatación Policial.

5.- Que, luego de las diligencias policiales, el día 30 de Julio del año 2014, tanto el acta de denuncia verbal como acta de constatación policial, fue trasladada a la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Castilla – Despacho de Decisión Temprana, donde dicha fiscalía asumiendo competencia, da cuenta del Oficio N° 548-2014-REGPOL-PIU-IDIRTEPOL-DIVPOS.PIU.CEI.SI, del 25/07/2014, remitido por la Comisaría PNP de El Indio. Documentación recibida por mesa de partes de dicha fiscalía con fecha 04/08/2014, asignándole la Carpeta Fiscal N° 2606094501-2014-1150-0, y asignando como Fiscal Responsable a DOUGLAS ULCO RODRIGUEZ.

6.- Que, con fecha 26 de Agosto del 2014, la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Castilla nos notifica con Cédula de Notificación N° 6042-2014 con carácter de urgencia, la Disposición de Apertura N° 01-2014-MP-1FPPC-CASTILLA de fecha 22/08/2014, donde luego de considerar la documentación entregada por la policía, según oficio descrito en el punto anterior, se decide actuar las diligencias preliminares, donde entre las diligencias, a parte de la toma de las declaraciones, dispone requerir con CARÁCTER DE URGENCIA a la Oficina de Defensa Civil una inspección respecto del estado del bien, así mismo el requerimiento de la Licencia de Construcción o Remodelación de la Institución Educativa Miguel Corteza, así como la conformidad de la misma

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