Definición de derecho
Fer FrancoDocumentos de Investigación12 de Agosto de 2021
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Definición del derecho
30/06/2021 EXP:02/28/2021
Universidad UNE plantel Tesistán
Materia: Introducción al estudio del derecho
Docente: Lic. Diego
Alumno: Fernando Sapien Obledo
Trabajo final
Definición del derecho
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Fernando Sapien Obledo
Definición del derecho
Índice
- Introducción…………………………………………….3
- Definición del derecho……………………………..4
- Dificultades para definir el derecho………….6
- Análisis de los elementos que
pueden contener una definición del derecho…………………………………………………..14
- Hecho………………………………………………………16
- Norma……………………………………………………..
- Valor………………………………………………………..
- Otras concepciones…………………………
Introducción
Desde tiempos muy remotos se sabe que el derecho tiene una definición universal como tal y que muchos autores no han concordado con el mismo concepto, ya que algunos han seguido con la búsqueda implacable de un concepto definitivo para lo que es el derecho en todos los aspectos posibles.
Existe la opinión de que el derecho nació desde la aparición del hombre con la ley del más fuere, en el cual el hombre primitivo establecía normas sobre su territorio, la posesión de la tierra, el mando de alguna colectividad, eh incluso de su pareja.
Es claro que amerita una reflexión, ya que brinda diversas respuestas a otros cuestionamientos: en este caso abre un panorama a su definición, sus elementos más esenciales, y la teoría tridimensional que se conforma de hecho, valor y norma.
Su objetivo es resaltar la importancia del proceso constante en el cual se medita la esencia del derecho o no con la de terminar con una definición, aunque, por algunas razones metodológicas, se llegue a muchas conclusiones. La concepción debe ser el comienzo de este trabajo, mientras que la conceptualización puede ser un punto secundario, sin dejar de ser indispensable para el tema sobre la definición del derecho.
Cabe mencionar que el derecho es objeto de la ciencia y la preocupación de algunos juristas con sus aportaciones con el pasar del tiempo en dicho tema a tratar. A continuación, abordaremos los temas conforme importancia, definición y clasificación.
Definición del derecho
Definir significa precisar con claridad y exactitud los caracteres genéricos y diferenciales de una palabra o de un concepto. No obstante, esto, desde un punto de vista no sólo lexicográfico, definir es más que lograr la precisión de dichos caracteres, sobre todo tratándose de un concepto como el de Derecho, donde lo que se persigue es colocarlo en su verdadero lugar en el orden de los conocimientos, señalar su fundamento y las conexiones con otros análogos conforme a su esencial naturaleza.
El Derecho es, en términos generales, el ordenamiento jurídico que regula las relaciones establecidas en una determinada nación o entre Estados. Derecho deriva del latín “directus” que significa 'recto' o 'colocado en línea recta' en lo que deriva en términos generales a la justicia. En latín clásico, ius fue el término que se utilizaba para designar el derecho objetivo, el conjunto de reglas que evolucionó para lo que se conoce como Derecho. El término ius (jus) originó la creación de palabras como justo, justicia, entre otras.
El significado de derecho, se refiere de manera general al conjunto de normas jurídicas vigentes en un país, denominado también como derecho objetivo. La palabra derecho también puede tener el sentido de recto, correcto o justo. La expresión “'tener derecho” significa que algo es de alguien por justicia de igualdad como son los Derechos Humanos, derechos de los niños y derechos civiles.
Al elaborar una definición del Derecho se indaga de modo sistemático sobre la explicación de un concepto, indagación que puede darse desde ángulos muy distintos según sea el tipo de definición pretendida.
Hay, entre otras, definiciones nominales, reales, analíticas y sintéticas. Éstas persiguen, respectivamente, explicarnos ciertos rasgos distintivos del concepto en cuestión, tales como su nombre, su forma de existencia o sus contenidos.
En este caso, lo que se busca con la definición del Derecho no es sólo precisar uno o varios de sus rasgos, sino orientarnos sobre su naturaleza, fines y conexiones funcionales. Es decir, llevar a cabo la transformación de un concepto inexacto y vago empleado en algún ámbito por otro más preciso y exacto que pueda ser usado en la mayoría de las ocasiones en que se usa el concepto anterior.
Y es que el derecho puede ser analizado desde múltiples dimensiones, todo depende de la perspectiva que estemos analizando. El derecho constituye un mecanismo específico de ordenación de la existencia social humana. Con ello podemos observar que el derecho no está constituido por el tipo de actividades o dimensiones de la vida humana regulada por él, sino por la determinada forma en que se produce la regulación de aquellas.
Cuando afirmamos que el derecho es un fenómeno humano estamos diciendo dos cosas a la vez, el derecho es un producto humano que regula comportamientos humanos, por otra, el derecho es producido por los seres humanos en el marco de diversas circunstancias y contextos históricos. En el marco de esas circunstancias es que debe de ser entendido. De ahí que se diga que el derecho tiene una vinculación circunstancial con el conjunto de realidades concretas en el seno de las que surge.
El derecho es resultado de los distintos contextos históricos, de las ideologías, de los intereses y conflictos predominantes en los mismos. Por eso varía en sus contenidos en función de las circunstancias históricas y refleja los caracteres de esas circunstancias.
El derecho se destaca por su naturaleza normativa, los modelos de conducta incluidos en un ordenamiento jurídico constituyen criterios de comportamiento a los que están sujetos los destinatarios de ese sistema. En este contenido se afirma que el derecho pertenece al mundo del deber ser.
Debemos tener presente que el derecho está presente en todos lados y en todo momento, resulta imposible imaginar una sociedad sin su presencia. Así, muchos actos que a priori parecen irrelevantes se encuentran en pleno contacto con el derecho, por ser una conducta regulada por el mismo o por estar celebrando un contrato, por ejemplo: el hecho de no salir desnudos a un lugar público, es una conducta obligatoria que trasciende nuestra moral, ya que su respeto atenta contra la moralidad pública que se encuentra regulada por diversas ordenanzas; el no molestar a los vecinos con ruidos molestos especialmente en determinadas horas del día, es una conducta que se encuentra también reglamentada por ordenanzas de tipo municipal; la constante celebración de diversos contratos (compra-venta) para proveernos de bienes y servicios, tales como compra de alimentos, vestimentas, cigarrillos, periódicos, etc.; (transporte) tomar un colectivo o un taxi para dirigirnos diariamente al trabajo, escuela, universidad; (locación de obra) llevar la ropa a la tintorería, arreglar un calzado; (donación) cuando se regala un obsequio a alguna persona por algún evento social, tal como cumpleaños, casamiento, etc.
Las dificultades para definir el Derecho.
Definir el Derecho, sin embargo, comporta singulares dificultades. Así piensan la mayoría de los autores que han abordado este tema. Por ejemplo, García Máynez, señala: "¿Qué es el derecho? " He aquí lo primero que el estudioso se pregunta, al hollar el umbral de la ciencia jurídica.
El problema, lógicamente anterior a los demás de la misma disciplina es, al propio tiempo, el más arduo de todos. Los autores que lo abordan no han conseguido ponerse de acuerdo ni en el género próximo ni en la diferencia específica del concepto, lo que explica el número increíble de definiciones Y la anarquía reinante en esta materia.
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