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Definición de los Derechos Humanos


Enviado por   •  29 de Mayo de 2019  •  Ensayos  •  4.884 Palabras (20 Páginas)  •  107 Visitas

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 DEFINICIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

HUMAN RIGHTS DEFINITION

Javier Arturo Haro Oteo

Resumen: En el año 2011, tras el revés que sufrió el estado mexicano ante la Corte Interamericana en el Caso “Radilla Pacheco v.s. México”[1], se generó la inclusión en la Constitución Política de los Estados Unido Mexicanos de los Derechos Humanos, dicho cambio no ha sido aceptado por la población civil, degenerado en una seria denostación a la idea de los derechos humanos, siendo labor del Jurista reivindicarlos ante un pueblo que se resiste a aceptarlos e ignora sus beneficios en el contexto de un país donde siempre ha existido una tendencia a ejercer de forma ilimitada el poder público, en perjuicio directo de la población civil, poniendo con este hecho en riesgo el cumplimiento de los Derechos Humanos; ello hace sumamente importante realizar una definición lo más amplia posible del concepto de Derechos Humanos para de ahí partir a una nueva etapa, tan necesaria en las relaciones del poder público con los particulares, mientras los emisarios del pasado, enquistados en el más oscuro agujero, cubiertos por la más densa telaraña del poder público, luchan afanosamente por gobernar una población ignorante de sus propios derechos.

Palabras Clave: Derechos Humanos, Respeto, Ley, Dignidad, Organización de las Naciones Unidas; Corte Interamericana, Defensa, Revolución, Pensamiento, Concepto.

Abstract: In 2011, after the setback suffered by the Mexican state before the Inter-American Court in the Case "Radilla Pacheco v.s. Mexico ", the inclusion in the Political Constitution of the United Mexican States of the Human Rights was generated, this change has not been accepted by the civilian population, degenerated in a serious denial to the idea of ​​the human rights, being the Jurist's job to vindicate them before a people that refuses to accept them and ignores their benefits in the context of a country where there has always been a tendency to exercise unlimited public power, to the direct detriment of the civilian population, putting this risk at risk. Human Rights; This makes it extremely important to make a definition as broad as possible of the concept of Human Rights and from there start to a new stage, so necessary in the relations of public power with individuals, while the emissaries of the past, entrenched in the darkest hole, covered by the densest web of public power, they struggle eagerly to govern a population ignorant of their own rights.

Keywords: Human Rights, Respect, Law, Dignity, Organization of the United Nations; Inter-American Court, Defense, Revolution, Thought, Concept.

1.1 Teorías acerca de su naturaleza

Desde el alba de la humanidad, los primeros seres humanos observaron que el mundo era muy peligroso, desde animales salvajes hasta fenómenos naturales ante los cuales reconocieron su impotencia revelaron la fragilidad de una especie que no contaba con elementos físicos destacables como garras, colmillos o cuernos impresionantes, poco a poco lograron entender que ante los peligros no podrían plantarse solos, en consecuencia paulatinamente se organizaron en grupos para protegerse de otros individuos humanos, manadas animales o fenómenos naturales que de manera individual no podrían enfrentar, conforme la humanidad se consolidó, el grupo se afianzó, creció en número y abarcó mayores territorios, así mismo, evolucionó hacia formas más complejas, exigiendo cambios en su organización, creación de sub grupos especializados en actividades específicas, de esta manera nació el estado, cuya función principal era la de velar por los intereses de sus miembros.

Uno de sus elementos es el “gobernante”, formado por individuos que en teoría deberían contar con la capacidad de afrontar los problemas del estado y ofrecer soluciones, en caso contrario, dichos individuos deberían ser sustituidos por otros que fuesen capaces de ofrecer nuevas soluciones donde sus antecesores habían fallado, sin embargo, desde el principio el ejercicio del poder ha representado un enervante para quien lo lleva a cabo, lo cual dificulta que tal transición se lleve a cabo de manera sencilla, desde un principio para evitar estos cambios, se hacía creer al grupo que los dirigentes eran inamovibles ya sea porque no habría manera que otros cumplieran la labor sin ninguna experiencia, ya porque su destino estaba marcado como gobernantes.

No es de extrañar que una vez implantada esta idea, se creara otra que tendía a considerarlos infalibles, que cuestionarles se convertía en ofensa, así nacieron los déspotas; de pronto, el individuo no era nada frente a un estado gobernado por un déspota.

        En este sentido, la evolución de las sociedades se va a dar a la par (a veces a pesar, incluso) de la disputa entre los gobernantes y el aparato tras ellos que buscan imponer la idea de que el individuo es un medio para que el estado se consolide, frente a la de individuos que consideran que el hombre[2] es un fin en sí mismo y no puede ser medio para otros, en un principio serán pocos, paulatinamente irán creciendo en número.

        De esta forma, se desarrolló a su tiempo la idea de que los individuos eran titulares de derechos que el estado debería reconocerles y protegerles, o bien otorgarles y protegerles, así surgen las que podríamos considerar las teorías acerca de  la naturaleza de los derechos humanos, de las cuales retomo en este trabajo el señalamiento que atinadamente menciona el Maestro Carpizo:

Sobre la naturaleza de los derechos humanos existen dos perspectivas principales desde hace muchos siglos. Una sostiene que los derechos humanos son aquellos que el Estado otorga en su orden jurídico. La segunda manifiesta que el Estado sólo los reconoce y los garantiza en alguna medida. En la primera perspectiva se encuentran diversas concepciones o matices positivistas; en la segunda, la de derecho natural, las escuelas son muy diversas unas de otras.[3]

De esta manera, podemos encontrar 2 teorías básicas sobre su naturaleza, la Iuspositivista y la Iusaturalista, el maestro Helio Gallardo señala sobre la primera de ellas lo siguiente: “El iuspositivismo centralmente sostiene que no existe más derecho que el que se plasma en normas legales o jurídicas dispuestas por una autoridad competente y que, por ello, pueden ser reclamadas en los tribunales”[4], semejante concepción no podría reconocer derechos a los individuos frente al estado, a lo más que podrían llegar sería a otorgarlos como dádiva generosa.

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