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Enviado por   •  18 de Julio de 2013  •  693 Palabras (3 Páginas)  •  912 Visitas

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QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

EXP: 01193-2012-0-1803-JP-FC-05

Juez : Dra. Judith Esther Corbera La Torre

Esp. : Jeanina Benites Clavijo Janet Marlene Rojas Díaz

AUDIENCIA ÚNICA

En el Distrito de San Juan de Lurigancho, a los diez días del mes de Julio del año dos mil trece, siendo las tres de la tarde, ante el Quinto Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho, que despacha la Dra. Judith Esther Corbera La Torre y el Asistente de Juez se hizo presente la demandante doña Ana María Torres Mencia, identificada con DNI número 42124020, y el demandado don Luis Alberto Villavicencio Echavigurin, identificado con DNI número 23269237, llevándose a cabo la audiencia única programada para esta fecha y hora, por lo que el Señor Juez da por aperturada la misma./----------------------------------------------

SANEAMIENTO PROCESAL.- Continuando con la audiencia, la Señora Juez pasa a realizar el saneamiento del proceso y dicta el siguiente auto: RESOLUCIÓN NUMERO CUATRO: AUTOS Y VISTOS Y ATENDIENDO: PRIMERO.- Que, de la revisión del proceso, se advierte, la concurrencia de los presupuestos procesales y las condiciones de la acción exigidos por el Código Procesal Civil, a efectos de que el Juzgador pueda pronunciarse, válidamente sobre el fondo de la litis y verificar la existencia de una relación jurídica procesal válida; SEGUNDO.- Que, asimismo, no se han deducido excepciones ni defensas previas, que merezcan un especial pronunciamiento en esta etapa del proceso, por los fundamentos expuestos y al amparo de lo dispuesto por el inciso 1) del artículo 465º del Código Procesal Civil, se resuelve: DECLARAR SANEADO EL PROCESO y válida la relación jurídica procesal entre las partes./-----------------------------------------------------------------------------------------------

ETAPA CONCILIATORIA.- En virtud del articulo 171º del Código De Los Niños y Adolescentes e inciso 1) del articulo 185º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la señora Juez exhorta a las partes a fin de que lleguen a una conciliación, los mismos que luego de transcurrido un término prudencial manifestaron al Juzgado no haber llegado a una conciliación, por lo que el Juzgado propone como fórmula conciliatoria que el demandado acuda a la demandante para el sostenimiento de su menor hijo André De Jhemars Villavicencio Torres con la suma mensual y adelantada ascendente a TRESCIENTOS NUEVOS SOLES, preguntada a la parte demandante de la propuesta dijo: Que, no esta conforme; conferido traslado al demandado dijo: Que, no esta de acuerdo, por lo que no se pudo llegar a conciliar a las partes./---------------

FIJACIÓN DE PUNTOS CONTROVERTIDOS: 1) Determinar si el demandado se

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