ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Demanda Alimentos


Enviado por   •  19 de Junio de 2013  •  4.120 Palabras (17 Páginas)  •  611 Visitas

Página 1 de 17

xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx

VS

Francisco Javier xxxxxxxxx

Controversia del Orden Familiar

Juicio de Alimentos

Escrito Inicial

C. JUEZ DE LO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

EN TURNO, CON RESIDENCIA EN xxxxxxxxxxxxxxx.

PRESENTE.-

xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx por mi propio derecho, y en representación de mis menores hijos xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos el ubicado Avenida xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Querétaro, autorizando para tales efectos a los C. Lic. xxxxxxxxxxxxx, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, y xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx en forma indistinta, ante usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 285, 288, 293, 294, 296, 300, 306 y demás relativos del Código Civil vigente para el Estado de Querétaro, manifestando Bajo Protesta de Decir Verdad que en el presente procedimiento me conduzco y me conduciré con verdad, haciéndome sabedora de los delitos en los que incurren los falsos declarantes, y por medio de este escrito, en la vía de Controversias de Orden Familiar, vengo a demandar del C. FRANCISCO JAVIER RUIZ GUZMAN, quien puede ser emplazado en Avenida xxxxxxxxxxx No. 28, Comunidad de xxxxxxxxxxxxxxxxx, xxxxxxxxxxxxxxx, Querétaro.

PRESTACIONES:

a) El pago de una Pensión Alimenticia, tanto provisional, como en su momento definitiva, en favor de la suscrita y de mis menores hijos xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.

Sirve de apoyo a mi pretensión, la siguiente tesis de jurisprudencia:

Novena Época

Registro: 195717

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Jurisprudencia

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

VIII, Agosto de 1998

Materia(s): Civil

Tesis: VI.2o. J/142

Página: 688

ALIMENTOS. PRESUNCIÓN DE NECESITARLOS. Por regla general, la promoción de un juicio a efecto de exigir suministro de alimentos, lógicamente presupone la imperiosa necesidad de recibirlos.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Amparo directo 102/89. Francisco Espinosa Carriles. 27 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Armando Cortés Galván.

Amparo en revisión 326/95. Fernando Hidalgo Trujillo. 21 de junio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Clementina Ramírez Moguel Goyzueta. Secretario: Gonzalo Carrera Molina.

Amparo directo 173/97. Alberto Huerta Hernández. 16 de abril de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Zapata Huesca.

Amparo directo 80/98. José Othón Martínez Ruiz. 12 de marzo de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo.

Amparo directo 242/98. Alejandro Roberto Téllez Roa. 18 de junio de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Loranca Muñoz. Secretario: Gonzalo Carrera Molina.

Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volumen 73, Cuarta Parte, página 15, tesis de rubro: "ALIMENTOS. PRESUNCIÓN DE NECESITARLOS.".

b) El pago de los gastos y costas que con motivo de este juicio se lleguen a originar.

Se funda la acción, en los siguientes puntos de hecho y consideraciones de derecho:

H E C H O S:

PRIMERO.- Que desde el año de dos mil nueve, me fui a vivir con el señor xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, por lo que con fundamento en el artículo 273 del Código Civil, por lo que la ley me concede el tratamiento de concubina del hoy demandado y por consecuencia y con fundamento en los artículos 274 y 275 del mismo ordenamiento legal me son aplicables por analogía todos y cada uno de los artículos relacionados a la figura del matrimonio, así mismo y a fin de acreditar mi dicho exhibo desde este momento mi credencial del Instituto de seguridad Social Para las Fuerzas Armadas Mexicanas, en la cual se me reconoce como concubina del hoy demandado, misma que desde este momento SOLICITO ME SEA DEVUELTA, por serme necesaria para las revisiones médicas tanto de la suscrita como de mis menores hijos.

Para robustecer lo anterior, sirve de apoyo la siguiente tesis de Jurisprudencia:

Novena Época

Registro: 162604

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Jurisprudencia

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

XXXIII, Marzo de 2011

Materia(s): Civil

Tesis: I.5o.C. J/11

Página: 2133

DERECHO DE FAMILIA. SU CONCEPTO. En el sistema jurídico mexicano, basado en un sistema constitucional y democrático, el derecho familiar es un conjunto de principios y valores procedentes de la Constitución, de los tratados internacionales, así como de las leyes e interpretaciones jurisprudenciales, dirigidos a proteger la estabilidad de la familia y a regular la conducta de sus integrantes entre sí, y también a delimitar las relaciones conyugales, de concubinato y de parentesco, conformadas por un sistema especial de protección de derechos y obligaciones respecto de menores, incapacitados, mujeres y adultos mayores, de bienes materiales e inmateriales, poderes, facultades y deberes entre padres e hijos, consortes y parientes, cuya observancia alcanza el rango de orden público e interés social.

QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 309/2010.. 10 de junio de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Walter Arellano Hobelsberger. Secretario: Enrique Cantoya Herrejón.

Amparo directo 657/2010. 21 de octubre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Walter Arellano Hobelsberger. Secretaria: Carmina Cortés Pineda.

Amparo en revisión 257/2010. 11 de noviembre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: María Soledad Hernández Ruiz de Mosqueda. Secretario: Ricardo Mercado Oaxaca.

Amparo directo 733/2010. 25 de noviembre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: María Soledad Hernández Ruiz de Mosqueda. Secretario: Hiram Casanova Blanco.

Incidente de suspensión (revisión) 356/2010. 9 de diciembre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: María Soledad Hernández Ruiz de Mosqueda. Secretario: Hiram Casanova Blanco.

Así mismo manifiesto bajo protesta de decir verdad, que establecimos nuestro domicilio en la calle de Emiliano Zapata sin numero colonia santa fe, y posteriormente nos cambiamos a la “Granja la Estancia” a la casa 86 D , lugar que pertenece al Ejercito Mexicano, y que está ubicado sobre la carretera México-Querétaro, justo a la entrada de la Comunidad La Estancia en el este Municipio de San Juan del Río, Querétaro.

SEGUNDO.- Durante nuestra unión, las partes procreamos tres hijos, de nombres xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, tal y como lo acredito con las copias certificadas de las actas de nacimiento respectivas que se adjuntan a este escrito.

TERCERO.- Que con fecha 15 de abril del 2013 la suscrita tuve que ser intervenida de urgencia en la Unidad de Sanidad de la “xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx” que pertenece al Ejercito Mexicano, en xxxxxxxxxxxxxxxxxx Querétaro, en donde me informaron que tenía que ser trasladada a la ciudad de México para una intervención quirúrgica de la cual tuvo como resultado que perdiera a mi cuarto hijo, realizándome un legrado y posteriormente me operaron para no tener más hijos, por lo que se generaron gastos y la suscrita tuve que pedir a mis padres y hermanos dinero prestado porque el hoy demandado se negó a darme la ayuda necesaria.

Así las cosas y un par de días después ya que fui dada de alta me traslade a la “xxxxxxxxxxxx” que le corresponde al Las Fuerzas Armadas de la Nación; ya que ahí como lo he manifestado antes, teníamos nuestro domicilio conyugal en la casa Número 86 D; en compañía de mi señora madre xxxxxxxxxxxxxx, y después de dos días que permanecí convaleciente en ese domicilio el hoy demandado xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx GUZMAN , me dijo con gritos y palabras altisonantes “ ¡ve buscando lugar donde vivir porque en esta casa ya no lo harás! Que no tienes dignidad yo no te quiero y ¿para que pinches quieres a alguien que te va a poner los cuernos?, lo mejor es que te busques un lugar a donde ir porque yo no te quiero más …” y la suscrita le dije que no podía echarme así que yo comprendía que habíamos perdido un hijo pero que si él quería que yo pagaría la renta porque nuestros hijos ya se habían acostumbrado a esa casa y que ESA ERA SU CASA, respondiéndome el hoy demandado que : “.. a mi me vale madres, ya no te quiero, entiéndelo y tienes que irte con tus hijos a otro lado!...” por lo que mi madre Olga Valencia Mejìa, que se encontraba en la habitación de un lado, salió y le dijo que no podía tratarme así, que tuviera consideración por el estado en el que me encontraba y él le respondió de mala forma que no se metiera y se salió de la casa.

Acto seguido mi madre xxxxxxxxxxxxxxxxxx, le marco a mi padre José Luis Mendoza Hernández para informarle de la situación y al día siguiente fue por nosotros. Y desde esa fecha se niega a pagar alimentos.

CUARTO.- Con base a los hechos ya mencionados anteriormente, la suscrita tuvo que acudir ante la PROCURADURIA DE LA DEFENSA DEL MENOR Y LA FAMILIA DEL SISTEMA MUNICIPAL DIF DE xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, QRO, ubicado en la carretera de xxxxxxxxxxxxxxxxx km.1 Col. El xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, Qro., con la finalidad de resolver conflictos familiares, solicitando al hoy demandado FRANCISCO xxxxxxxxxxxxx GUZMAN su asistencia el día 26 veintiséis de abril del 2013 dos mil trece en las instalaciones ya mencionadas, sin embargo no se presento para resolver el conflicto, es por tal razón que acudo ante Usía para solicitar los alimentos que me corresponden y a mis menores hijos.

QUINTO.- Por ultimo, el día 27 de mayo de 2013 la suscrita acudió a BANCOPPEL, S.A., para solicitar un préstamo de $13,861.06 (trece mil ochocientos sesenta y un pesos con seis centavos PESOS 00/100 M.N.) para el sustento provisional para mis menores hijos, ya que el ahora demandado xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx se niega a pagar alimentos.

D E R E C H O:

Es competente su Señoría para conocer de este asunto, en los términos del artículo 155, Fracción XIII del Código de Procedimientos Civiles para el Estado.

En cuanto al fondo, son de aplicarse las disposiciones contenidas en los artículos 287, 288, 293, 294, 300 y demás relativos del Código Civil para el estado.

P R U E B A S :

PRIMERA.- LA CONFESIONAL, a cargo del demandado FRANCISCO xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, al tenor de las posiciones que contiene el pliego que en sobre cerrado se exhibirá a este juzgado en su oportunidad. Para el desahogo de esta prueba, pido a su Señoría se sirva mandar citar personalmente al demandado en su domicilio, a efecto de que de manera personalísima, y no por conducto de apoderado, comparezca a este H. Juzgado a absolver las posiciones que se le articulen y sean previamente calificadas de legales, debiendo quedar apercibido de ser declarado confeso de las posiciones que se le articulen, para el caso de que no comparezca sin causa justificada, el día y hora que para el efecto su Señoría se sirva fijar. Esta prueba se relaciona con los hechos primero, segundo, tercero, cuarto y quinto, de la demanda. Con esta prueba se pretende acreditar que el demandado ha dejado de cumplir con sus obligaciones alimentarias en favor de la suscrita y de mis menores hijos. La razón por la que estimo que con esta prueba se acreditarán mis afirmaciones, lo es porque la confesión hace prueba plena.

SEGUNDA.- LA TESTIMONIAL, a cargo de los C. xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx tienen su domicilio, en la calle Frijolillo sin numero colonia xxxxxxxxxxxxxxxxx, xxxxxxxxxxxxx, Estado de Querétaro, xxxxxxxxxxxxx y xxxxxxxxxxxxxxx, quienes tienen su domicilio, ambos, en la calle de xxxxxxxxxxx sin numero colonia Santa Fe, Estado de Querétaro, personas a las que me comprometo a presentar a este H. Juzgado, el día y hora que su Señoría se sirva fijar para que rindan su testimonio. Esta prueba se relaciona con los hechos primero, segundo, tercero, cuarto, y quinto de la demanda. Con esta prueba se pretende acreditar y se acreditará que el demandado ha dejado de cumplir con sus obligaciones alimentarias en favor de la suscrita y de mis menores hijos. La razón por la que estimo que con esta prueba se acreditarán mis afirmaciones, lo es porque la a los testigos ofrecidos les constan los hechos que narro en la demanda.

TERCERA.- LA DOCUMENTAL, consistente en las copias certificadas de las actas de nacimiento, que se adjuntan a este escrito como anexos números 1, 2, y 3. Esta prueba se relaciona con los hechos primero, segundo, tercero, cuarto y quinto de la demanda. Con esta prueba se pretende acreditar y se acredita el matrimonio habido entre las partes y el nacimiento de mis hijos antes mencionados. La razón por la que estimo que con esta prueba se acreditarán mis afirmaciones, lo es porque las documentales adjuntas, tienen el carácter de instrumentos públicos que hacen prueba plena en términos de ley.

CUARTA.- LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, consistente en todas y cada una de las actuaciones y documentos que conforman el expediente en que se actúa y en todo lo que beneficie a los intereses de la suscrita y de mis menores hijos. Esta prueba se relaciona con los hechos primero, segundo, tercero y cuarto de la demanda. Con esta prueba se pretende acreditar y se acreditará que el demandado ha dejado de cumplir con sus obligaciones alimentarias en favor de la suscrita y de mis menores hijos. La razón por la que estimo que con esta prueba se acreditarán mis afirmaciones, lo es porque las actuaciones constantes en autos hacen prueba plena en términos de ley.

QUINTA.- LA PRESUNCIONAL, en su doble aspecto, en todo lo que beneficie a los intereses de la suscrita y de mis menores hijos. Esta prueba se relaciona con los hechos primero, segundo, tercero, cuarto y quinto de la demanda. Con esta prueba se pretende acreditar y se acreditará que el demandado ha dejado de cumplir con sus obligaciones alimentarias en favor de la suscrita y de mis menores hijos. La razón por la que estimo que con esta prueba se acreditarán mis afirmaciones, lo es porque el demandado tiene obligación de darme alimentos y en mérito de que se encuentra plenamente acreditada la relación filial que existe entre mis menores hijos y el demandado, éste se encuentra obligado a satisfacer sus necesidades alimentarias.

M E D I D A S P R O V I S I O N A L E S

Mientras dure la tramitación del presente juicio solicito se dicten provisionalmente las siguientes medidas:

a).- Decretar a favor de la suscrita y de mis menores hijos xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, una pensión alimenticia provisional y en su oportunidad definitiva que sea suficiente para sufragar nuestras necesidades alimentarias determinando un porcentaje suficiente sobre los ingresos totales que por cualquier concepto percibe el demandado FRANCISCO xxxxxxxxxxxxxxx, que incluyen el sueldo y demás prestaciones sociales y económicas que han quedado citadas.

Sirve de apoyo a mi solicitud la siguiente tesis de jurisprudencia por contradicción:

Novena Época

Registro: 168449

Instancia: Primera Sala

Jurisprudencia

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

XXVIII, Noviembre de 2008

Materia(s): Civil

Tesis: 1a./J. 49/2008

Página: 61

PENSIÓN ALIMENTICIA PROVISIONAL. CUANDO SE RECLAMA COMO CONSECUENCIA DE UNA RELACIÓN CONCUBINARIA, SU CONCESIÓN NO EXIGE LA ENTREGA DE COPIAS CERTIFICADAS DE ACTAS DEL ESTADO CIVIL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ). El artículo 233 del Código Civil para el Estado de Veracruz otorga a los concubinos el derecho a recibir alimentos en los mismos términos que los cónyuges, siempre que satisfagan los requisitos establecidos en el artículo 1568 del citado Código, esto es, que hayan convivido bajo un mismo techo, como marido y mujer, durante tres años o por menos tiempo si han tenido hijos y hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato. Es en este contexto normativo como debe interpretarse el artículo 210 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Veracruz, que sólo regula expresamente las condiciones para otorgar la pensión alimenticia provisional cuando se reclama como consecuencia del vínculo matrimonial o de parentesco con el deudor alimentario, ya que la ausencia de reglas aplicables tratándose del concubinato no debe frustrar la eficacia de la regulación sustantiva en la materia o provocar resultados contrarios a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Por ello, cuando se reclama la indicada medida cautelar como consecuencia de una relación concubinaria, su concesión no exige la entrega de las copias certificadas de las actas del estado civil a que se refiere el mencionado artículo 210, sino que es suficiente que quien reclama alimentos afirme cumplir con los requisitos previstos en el artículo 1568 aludido y aporte elementos para sostener su dicho, como las actas de nacimiento de los hijos o algún otro medio probatorio tendente a acreditar la convivencia. Lo anterior, porque las posiciones de acreedor y deudor alimentario no dependen de que las relaciones familiares respectivas deriven de documentos públicos inscritos en el Registro Civil, pues afirmar lo contrario implicaría admitir un esquema asimétrico con juicios cualitativamente distintos en los que los concubinos se verían obligados a seguir un proceso civil sin medidas cautelares. Ello soslayaría la igualdad sustantiva con que la regulación civil trata las relaciones matrimoniales y concubinarias en este punto y no guardaría la debida congruencia con los imperativos de no discriminación y protección a la familia derivados de los artículos 1o. y 4o. constitucionales.

Contradicción de tesis 163/2007-PS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Segundo, ambos en Materia Civil del Séptimo Circuito. 9 de abril de 2008. Mayoría de tres votos. Disidentes: José de Jesús Gudiño Pelayo y Sergio A. Valls Hernández. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretario: Roberto Lara Chagoyán.

Tesis de jurisprudencia 49/2008. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha catorce de mayo de dos mil ocho.

Asimismo, toda vez que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 293 del Código Civil, los alimentos comprenden comida, vestido, la habitación y la asistencia en caso de enfermedad, así como los gastos necesarios para proporcionar educación y algún oficio, arte o profesión honestos, solicito que su Señoría tome en consideración la calidad de vida a la que se encuentran acostumbradas mis menores hijas, al efecto acompaño al presente escrito los siguientes comprobantes de compra que se realizan para cubrir las necesidades alimentarias de la menor y que consisten en:

TICKET DE COMPRA DE SORIANA EXPRESS S.A. DE C.V., con el numero de folio 04560424012800301202 de fecha 24 de Abril de 2000, mismo que ampara la compra de despensa necesaria para la limpieza, para mis menores hijos, cuyo importe es por la cantidad de $ 168.05 (CIENTO SESENTA Y OCHO PESOS 05/100 M.N.)

TICKET DE COMPRA DE MERCADO SORIANA S.A. DE C.V., con el num. de folio 04450415014600500409, de fecha 15 de abril de 2013, mismo que ampara la compra de despensa necesaria para la alimentación y limpieza necesaria, de mis Menores Hijos, cuyo importe es por la cantidad de $413.83 (CUATROCIENTOS TRECE PESOS 83/100 M.N.)

TICKET DE COMPRA DE MERCADO SORIANA, S.A. DE C.V., con el numero de folio 04450415011905500189 de fecha 15 de abril de 2013, mismo que ampara la compra despensa necesaria para la alimentación, de mi menor hijo, cuyo importe es por la cantidad de $179.55 (CIENTO SETENTA Y NUEVE PESOS 55/100 M.N.)

TICKET DE COMPRA DE SUPERISSSTE, S.A. DE C.V., con número de folio 0073890202021048 de fecha 15 de abril de 2013, mismo que ampara la compra de despensa necesaria para la alimentación y necesidades de mi menores hijos, cuyo importe es por la cantidad de $497.41 (CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS 41/100 M.N.)

TICKET DE COMPRA SORIANA EXPRESS S.A. DE C.V., con numero de folio de 04560430012900203568 de fecha 30 de abril de 2013, mismo que ampara la compra de despensa necesaria para la alimentación, de mi menor hija, cuyo importe es por la cantidad de $166.46 (CIENTO SESENTA Y SEIS PESOS 46/100 M.N.).

TICKET DE COMPRA DE SORIANA EXPRESS S.A. DE C.V., con el numero de folio 04560506012300302429 fecha 6 de mayo de 2013, mismo que ampara la compra de despensa necesaria para la alimentación y necesidades, para mis menores hijos, cuyo importe es por la cantidad de $ 486.07 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS 07/100 M.N.)

TICKET DE COMPRA DE SORIANA EXPRESS S.A. DE C.V., con el numero de folio 0456051501230D201527 fecha 15 de mayo de 2013, mismo que ampara la compra de despensa necesaria para la alimentación y necesidades para mis menores hijos, cuyo importe es por la cantidad de $ 713.09 (SETECIENTOS TRECE PESOS 09/100 M.N.)

TICKET DE COMPRA DE SORIANA EXPRESS S.A. DE C.V., con el numero de folio 04560508012800302118 fecha 08 de mayo de 2013, mismo que ampara la compra de despensa necesaria para la alimentación para mis menores hijos, cuyo importe es por la cantidad de $ 38.44 (treinta y ocho pesos con cuarenta y cuatro centavos PESOS 00/100 M.N.)

TICKET DE COMPRA DE SORIANA EXPRESS S.A. DE C.V., con el numero de folio 04530525013100102788 fecha 25 de mayo de 2013, mismo que ampara la compra de despensa necesaria para la alimentación y necesidades para mis menores hijos, cuyo importe es por la cantidad de $ 103.00 (CIENTO TRES PESOS 00/100 M.N.)

TICKET DE COMPRA DE FARMACIAS DEL AHORRO S.A. DE C.V., con el numero de folio 10012000900030000052782 fecha 18 de abril de 2013, mismo que ampara la compra de despensa necesaria para de curaciones externas para mis menores hijos, cuyo importe es por la cantidad de $ 308.80 (TRESCIENTOS OCHO PESOS 80/100 M.N.)

TICKET DE COMPRA DE BODEGA AURRERA S.A. DE C.V., con el numero de folio 4130386181676721982249 fecha 16 de abril de 2013, mismo que ampara la compra de despensa necesaria para la alimentación y necesidades para mis menores hijos, cuyo importe es por la cantidad de $ 2,502.05 (DOS MIL QUINIENTOS DOS PESOS 05/100 M.N.)

TICKET DE COMPRA DE CONERCIAL MEXICANA S.A. DE C.V., con el numero de folio 7944526139240234787072 fecha 21 de abril de 2013, mismo que ampara la compra de despensa necesaria para la alimentación y necesidades para mis menores hijos, cuyo importe es por la cantidad de $ 468.40 (CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS CON CUARENTA CENTAVOS PESOS 00/100 M.N.)

TICKET DE COMPRA DE ZAPATILANDIA S.A. DE C.V., con el numero de folio 35349 fecha 20 de mayo de 2013, mismo que ampara la compra de calzado para mis menores hijos, cuyo importe es por la cantidad de $ 594.00 (QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.)

Es necesario señalar que independientemente de los gastos enunciados con antelación, mi menor hija necesita de ropa en forma constante, consultas médicas en forma periódica, materiales escolares en forma continua, calzado y otros gastos de los cuales en este momento la suscrita no cuenta con los comprobantes correspondientes, toda vez que se han extraviado, sin embargo la anterior relación es una clara muestra de las necesidades alimentarias de mi menor hija.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 285, 287, y 293 del Código Civil, solicito a su señoría señalar y asegurar una cantidad basta y suficiente que proporcione el DEMANDADO PARA SUFRAGAR LOS GASTOS NECESARIOS PARA EL SOSTENIMIENTO DEL HOGAR.

A efecto de fijar la cantidad que el demandado debe proporcionar a la suscrita para el sostenimiento del hogar, solicito a su Señoría tome en consideración los gastos necesarios para tal efecto y que a continuación se listan en forma enunciativa más no limitativa, toda vez que el hogar necesita de reparaciones y mantenimiento constante:

RECIBO DE LUZ, DE LA CASA UBICADA EN SIN NOMBRE, COLONIA SANTA FE, MUNICIPIO DE TEQUISQUIAPAN, NUMERO DE CUENTA 053018224-5, DEL PERIODO 04 DE MARZO DEL 2013 AL 03 DE ABRIL DEL 2013, POR LA CANTIDAD DE $280.00 ( DOSCIENTOS OCHENTA PESOS 00/100 M.N.) del cual me corresponde pagar la cantidad de $280.00 ( doscientos ochenta PESOS 00/100 M.N.)

COMPROBANTE DE PAGO DE TELEFONOS DE MEXICO, POR CONCEPTO DEL NUMERO TELEFONICO(414)2730656, A NOMBRE DE JOSE LUIS MENDOZA VALENCIA , POR LA CANTIDAD DE $628.00 (SEIS CIENTOS VEINTE Y OCHO PESOS 00/100) del cual me corresponde pagar la cantidad de $628.00 (SEIS CIENTOS VEINTE Y OCHO PESOS 00/100 M.N.)

c).- Una vez fijada la cantidad que por concepto de pensión alimenticia debe otorgarse a mis menores hijas, así como la cantidad que deba proporcionar el demandado para el sostenimiento del hogar conyugal se gire atento oficio al xxxxxxxxRegimiento, con domicilio en Campo militar No. 17-B., Ex xxxxxxxxxxxxxxx, Municipio de xxxxxxxxxxxxxxxxx, Estado de Querétaro, con el fin de hacer efectivos los descuentos que de manera provisional y en su oportunidad de manera definitiva decrete su Señoría y me sean entregados éstos de manera personal, previa identificación y recibo de la suscrita.

Por lo expuesto, A USTED C. JUEZ,

Atentamente pido se sirva:

PRIMERO.- Tenerme por presentada por mi propio derecho y en representación de mis menores hijos xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, demandando en Controversias de Orden Familiar del señor FRANCISCO xxxxxxxxxxxxxxxxxx, el cumplimiento de las prestaciones a que me contraigo en el proemio de este escrito.

SEGUNDO.- Dar entrada a la demanda en la vía y forma propuestas, ordenando se emplace al demandado para que en el término de ley, produzca su contestación.

TERCERO.- Fijar una Pensión Alimenticia provisional en favor de la suscrita y de mis menores hijos con cargo al demandado, ordenando se gire el atento oficio solicitado, al centro de trabajo, donde presta sus servicios el demandado, para los efectos que se indican en el capítulo de medidas provisionales.

CUARTO.- En su oportunidad y previos los trámites de ley, dictar sentencia definitiva, en la que se condene al demandado al cumplimiento de las prestaciones que se le reclaman.

PROTESTO LO NECESARIO

___________________________________

xxxxxxxxxx

...

Descargar como  txt (26 Kb)  
Leer 16 páginas más »
txt