Demanda contenciosa administrativa.
Abdiel MoralesPráctica o problema23 de Mayo de 2016
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DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE NULIDAD, INTERPUESTA POR EL LICENCIADO JOSÉ DE JESÚS PINILLA, EN REPRESENTACIÓN DE KALIOPE TSIMOGIANIS VILLALOBOS, PARA QUE SE DECLARE NULA, POR ILEGAL, LA RESOLUCIÓN N D.N. 8-5-0338 DEL 19 DE FEBRERO DE 2002, EMITIDA POR LA DIRECCIÓN NACIONAL DE REFORMA AGRARIA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO. - PONENTE: VÍCTOR L. BENAVIDES P.- PANAMÁ, SIETE (7) DE OCTUBRE DE DOS MIL DIEZ (2010).
Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá
Sala: Tercera de lo Contencioso Administrativo
Ponente: Víctor L. Benavides P.
Fecha: jueves, 07 de octubre de 2010
Materia: Acción contenciosa administrativa
Nulidad
Expediente: 200-08
VISTOS:
El licenciado José De Jesús Pinilla, actuando en representación de KALIOPE TSIMOGIANIS VILLALOBOS, ha interpuesto ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, demanda contencioso administrativa de nulidad, para que se declare nula, por ilegal, la Resolución N° D.N. 8-5-0338 de 19 de febrero de 2002, emitida por la Dirección Nacional de Reforma Agraria del Ministerio de Desarrollo Agropecuario.
La demanda instaurada, es admitida por medio de la resolución de 8 de abril de 2008 (f.29), ordenándose su traslado a la Directora Nacional de Reforma Agraria, para que rindiese el informe explicativo de conducta contemplado en el artículo 33 de la Ley 135 de 1943; e igualmente, al Procurador de la Administración, para que emitiese los respectivos descargos.
I. EL ACTO ADMINISTRATIVO IMPUGNADO
El acto administrativo que impugna, está constituido por la Resolución N° D.N. 8-5-0338 de 19 de febrero de 2002, expedida por el Director Nacional de Reforma Agraria del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, la cual resolvió lo siguiente:
"...
1.Adjudicar definitivamente, a título oneroso a OLGA ALICIA TROETSCH BROWN, de generales expresadas, una (1) parcela de terreno estatal patrimonial, denominada Lote N° 8 de la Parcelación GORGONA II, ubicada en el Corregimiento de Nueva Gorgona, Distrito de Chame, Provincia de Panamá, con una superficie de MIL SETENTA METROS CUADRADOS (0Ha.+1070.00M2.), comprendida dentro de los siguientes linderos generales, según Plano 804-08-15755 del 4 de enero del 2001, aprobado por esta Dirección Nacional, así:
NORTE: RESTO DE LA FINCA N° 5865 TOMO N° 187 FOLIO N° 116.
SUR: CALLE A OTROS LOTES.
ESTE: CALLE A OTROS LOTES.
OESTE: NANCY DEL CARMEN MOSQUERA G.
La Finca N° 5865, Tomo N° 187, Sección de la Propiedad, Provincia de Panamá.
2. El valor del terreno adjudicado es de DOS MIL CIENTO CUARENTA BALBOAS (B/.2,140.00), suma que pagó la compradora, según consta en el expediente.
3. Esta adjudicación queda sujeta a las restricciones legales Código Agrario, Código Administrativo, Ley N° 1 del 3 de febrero de 1994, Ley N° 41 del 1 de julio de 1998 de la Autoridad Nacional del Ambiente, Decreto de Gabinete N° 35 del 6 de febrero de 1969 y demás disposiciones que le sean aplicables.
4.La Finca CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO (5,865) Tomo CIENTO OCHENTA Y SIETE (187) Folio CIENTO DIECISÉIS (116), Sección de la Propiedad, Provincia de Panamá, quedará con la superficie que resulte inscrita en el Registro Público a la cual se atienen las partes hecha la segregación de la parcela adjudicada, con sus mismos linderos y valor inscrito.
5. Se advierte a la compradora, que está en la obligación de dejar una distancia de SEIS METROS (6.00mts), desde las cercas de la parcela adjudicada, hasta el eje de la Calle a otros lotes, con el cual colinda por el lado Sur y una distancia de SEIS METROS (6.00mts), desde las cercas de la parcela adjudicada, hasta el eje de la Calle a otros lotes, con el cual colinda por el lado Este.
6. La compradora, OLGA ALICIA TROETSCH BROWN, acepta la venta que se le hace por medio de esta Resolución, en los términos expresados.
..."
Conviene advertir, que la señora MARTA GORDAY VDA. DE JIMÉNEZ, a través de apoderado judicial, licenciado Adolfo J. Campos B., presentó dos (2) demandas contencioso administrativa de nulidad, contra la Resolución N° D.N. 8-M-0043 de 6 de enero de 2000, proferida por la Dirección Nacional de Reforma Agraria del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, identificada con el Número de Entrada 309-08, en la cual se impugna la adjudicación a título oneroso, de una parcela de terreno estatal patrimonial, a la señora KALIOPE TSIMOGIANIS VILLALOBOS.
Por otra parte, la señora MARTA GORDAY VDA. DE JIMÉNEZ, a través de apoderado judicial, licenciado Adolfo J. Campos B., interpuso otra demanda contencioso administrativa de nulidad, identificada con el Número de Entrada 312-08, contra la Resolución N° DAL-015-RA-2007 de 20 de agosto de 2007, emitida por el Ministro de Desarrollo Agropecuario, en la cual se resuelve revocar la Resolución N° D.N. 8-5-0338 de 19 de febrero de 2002, la cual le adjudicó la parcela de terreno estatal patrimonial a la demandante; en vista de la adjudicación que sobre este mismo globo de terreno, se le había otorgado a la señora TSIMOGIANIS VILLALOBOS.
En base a las demandas expuestas, el Procurador de la Administración, mediando la Vista Fiscal N° 063 de 29 de enero de 2009 (fs.64 a 66), solicita la acumulación de los procesos indicados en los párrafos que preceden. De esta solicitud, el licenciado Pinilla L., apoderado judicial de la señora TSIMOGIANIS VILLALOBOS, se opone a la misma; y el licenciado Javier E. Sheffer T., luego de perfeccionarse la sustitución de poder respectiva, y actuando como apoderado sustituto de la señora GORDAY VDA. DE JIMÉNEZ (Resolución de 29 de abril de 2009 -f.73-), presenta memorial, mediante el cual solicita se acceda a la acumulación de los procesos.
Igualmente, y en vista de que las acciones fueron formuladas sobre unos mismos hechos y contemplan la misma causa de pedir, basados en los artículos 720 y 731 del Código Judicial, el Magistrado Winston Spadafora F., en resolución de 22 de mayo de 2008 (f.119), ordena la acumulación del Expediente 309-08 y 312-08.
Es en virtud del análisis de la causa, que en Resolución de 10 de julio de 2009, legible a foja 78 del cuadernillo judicial, los Magistrados Winston Spadafora F., y Víctor L. Benavides P., por ser los sustanciadores de los procesos señalados, ordenan la acumulación del Expediente 309-08 al Expediente 200-08, asumiendo la ponencia el Magistrado Benavides P.
II. PRETENSIONES DE LA DEMANDA
El apoderado judicial de KALIOPE TSIMOGIANIS VILLALOBOS, solicita que esta Superioridad emita las siguientes declaratorias:
"PRIMERO: Que es nulo por ilegal, el acto administrativo contenido en la Resolución N° 8-5-0338 de 19 de febrero de 2002, expedida por la Dirección Nacional de Reforma Agraria, por el cual se adjudicó a la señora OLGA ALICIA TROESTSCH BROWN con cédula de identidad personal N° 4-136-1593, un área de terreno de 1070 mts2. distinguido como el Lote N° 8, segregado de la Finca 5865, Tomo 187, Folio 116 de propiedad de la Reforma Agraria.
SEGUNDO: Que como consecuencia de lo anterior, sea declarado nulo, por ilegal, y se ordene la cancelación de la Escritura Pública N° D.N. 8-5-0338 de 19 de febrero del año 2002, por la cual la Dirección Nacional de Reforma Agraria adjudica definitivamente a título oneroso a la señora OLGA ALICIA TROESTSCH BROWN, una (1) parcela de terreno Estatal Patrimonial, denominada Lote N° 8 de la parcelación Gorgona II, ubicada en el Distrito de Chame, Provincia de Panamá.
TERCERO: Que igualmente, sea declarado nulo por ilegal, la inscripción ante el Registro Público de la finca antes segregada la cual constituye actualmente la FINCA 212940, CÓDIGO 8308, ASIENTO 1, DOCUMENTO 334432, inscrita a nombre de la señora Olga Alicia Troestsch Brown.
CUARTO: Que se ordene a la Dirección General del Registro Público, que anule y cancele la Escritura Pública N° D.N.-8-5-0338 de 19 de febrero del año 2002, por la cual la Dirección Nacional de Reforma Agraria adjudica definitivamente a título oneroso a la señora OLGA ALICIA TROESTSCH BROWN, una (1) parcela de terreno Estatal Patrimonial, denominada Lote N° 8 de la parcelación Gorgona II, ubicada en el Distrito de Chame, Provincia de Panamá, así como anule y cancele la inscripción de la Finca 212940, Código 8308, Asiento 1, Documento 334432 inscrita a nombre de la señora Olga Alicia Troestsch Brown.
QUINTO: Que se restablezca el derecho de propiedad a nuestra representada KALIOPE TSIMOGIANIS VILLALOBOS, como única propietaria del Lote N° 8 con una superficie de 1070 ms2. segregado de la Finca 5865, Folio 116, Tomo 187 de la sección de la propiedad, provincia de Panamá, de la Reforma Agraria, finca constituida actualmente como la N° 188866, Código 8308, Asiento 1, Documento 67604."
Dentro del proceso, con Número de Entrada 309-08 (acumulado), la demandante, MARTA GORDAY Vda. de JIMÉNEZ, solicita que se declare nula, por ilegal, la Resolución N° D.N.-8-M-0043 de 6 de enero de 2000, expedida por la Dirección Nacional de Reforma Agraria. Así también, en el expediente con Entrada N° 312-08 (acumulado), la misma demandante solicita la declaratoria de nulidad, por ilegal, de la Resolución N° DAL-015-RA-2007 de 20 de agosto de 2007, dictada por el Ministro de Desarrollo Agropecuario.
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