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Demanda laboral.


Enviado por   •  7 de Mayo de 2016  •  Trabajos  •  4.277 Palabras (18 Páginas)  •  206 Visitas

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Señor

JUEZ  CIVIL DEL CIRCUITO DE MELGAR TOLIMA -REPARTO-.

E.                S.                 D.

REF:     Ordinario     Laboral     De Primera Instancia De JOSE LUIS GUERRERO JARAMILLO Contra WILLIAM ARIEL ESPITIA GUIO.

Respetado Doctor(a):

PEDRO ALEJANDRO CALDERON RAMIREZ, mayor  de  edad, domiciliado  y residente  en la Ciudad de Ibagué, identificado con la cedula de ciudadanía No. 93.408.302 de Ibagué,  Abogado en ejercicio  portador  de la  tarjeta  profesional  No. 206.070 del C.S de la J., obrando en mi condición de apoderado Judicial del señor  JOSE LUIS GUERRERO JARAMILLO, quien es mayor de edad, identificado con la C.C. No. 94.406.541 de La Tebaida-Quindío, domiciliado y residente en el Municipio del Carmen de Apicala-Tolima, según poder adjunto, atentamente manifiesto al Señor Juez que DEMANDO a al Señor WILLIAM ARIEL ESPITIA GUIO, persona mayor de edad identificado con la cedula d ciudadanía No.79.052.137 de Bogotá-Cundinamarca, con domicilio en el Municipio del Carmen de Apicala departamento del Tolima, el cual contrato los servicios laborales de mi mandante  como Administrador y Cuidador de la finca ubicada en Carmen de Apicala en la calle 8 No.7-66, predio de propiedad del demandado el cual se identifica con la matricula inmobiliaria No.366-7704 según Certificado expedido por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Melgar Tolima.

Por lo anterior, es que solicito que por los trámites de un JUICIO ORDINARIO LABORAL y mediante sentencia definitiva que haga tránsito a cosa juzgada,  se hagan las declaraciones que más adelante impetro, con base en los siguientes:

HECHOS

PRIMERO: Mi poderdante, el Señor JOSE LUIS GUERRERO JARAMILLO, mediante contrato de TRABAJO VERBAL A TÉRMINO INDEFINIDO, ingreso al servicio del señor  WILLIAM ARIEL ESPITIA GUIO, hoy demandado, el día 9 de Noviembre de 2013, tiempo en cual inicio las labores como Administrador encargado del mantenimiento  y vigilancia de la Finca ubicada en el Municipio del Carmen de Apicala  en la   Calle  8   Número 7-66, predio de propiedad del demandado el cual se identifica con la matricula inmobiliaria No.366-7704 según Certificado expedido por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Melgar Tolima.

SEGUNDO: Se pactó  entre las partes un salario básico mensual de OCHOCIENTOS MIL PESOS ($800.000.oo) M/cte, los cuales debían ser cancelados de manera mensual por el demandado a mi poderdante, los cuales durante toda la relación laboral nunca fueron pagados.

TERCERO: El señor JOSE LUIS GUERRERO JARAMILLO, como Administrador encargado del mantenimiento  y Vigilancia de la Finca ubicada en el Municipio del Carmen de Apicala  en la   Calle  8   Número 7-66, era quien daba mantenimiento a todas las áreas de la finca, mantenimiento a la piscina y a la casa, de igual forma cuidaba de ella todos los días de domingo a domingo sin descanso día y noche, pues además de dar mantenimiento diario al inmueble era quien la cuidaba y celaba durante las noches la propiedad; estas labores que mi poderdante prestaba eran ordenadas por el demandado el señor WILLIAM ARIEL ESPITIA GUIO.

CUARTO: Desde el inicio de la relación laboral la cual se dio a partir del día nueve (9) de Noviembre del 2013 hasta su terminación la cual se dio de manera unilateral y sin justa causa, el día veinticinco 25 de octubre del año 2014, por parte de su empleador, el señor WILLIAM ARIEL ESPITIA GUIO;  incumpliendo este con todas y cada una de las obligaciones laborales a las que mi poderdante tiene derecho, las cuales fueron reclamadas y que a la fecha no han sido canceladas, por el demandado; Las obligaciones laborales que NO le fueron pagadas a mi representada fueron: Salarios, Pagos de Prestaciones Sociales; Cesantías, Intereses a las Cesantías, Primas y Vacaciones, Dotaciones, de igual forma el pago y afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral en Salud, Pensión, ARL y Caja de Compensación Familiar; durante el término de duración del contrato de trabajo.

QUINTO: El señor JOSE LUIS GUERRERO JARAMILLO, como trabajador del demandado, desempeño el cargo de Administrador encargado del mantenimiento  y vigilancia de la Finca ubicada en el Municipio del Carmen de Apicala  en la   Calle  8   Número 7-66, predio de propiedad del demandado el cual se identifica con la matricula inmobiliaria No.366-7704 según Certificado expedido por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Melgar Tolima,  siendo sus funciones principales del cargo las siguientes:  a) Dar mantenimiento y limpieza de las zonas verdes (Jardines) y poda de árboles . b) Mantenimiento de la zona húmeda (piscina). c) Limpieza en general de toda la finca, d) Vigilancia Nocturna de domingo a domingo, e) Cumplir con el horario establecido por el demandado el cual era de lunes a sábado de 8:00 am a 7:00 pm descansando seis (6) horas diarias, luego iniciaba de 1:00 am a 4:00 am, realizando labores de vigilancia y domingos de 8 am a 12:00 M descansando trece (13) horas e iniciaba las labores de vigilancia del predio de 1:00 am a 4:00 am.

SEXTO: Mi prohijado una vez terminada unilateralmente y sin justa causa la relación laboral, por parte del demandado, reclamo a su empleador al señor WILLIAM ARIEL ESPITIA GUIO, el pago de sus prestaciones de ley y lo adeudado en salarios por el termino de duración del contrato verbal a término indefinido; dichas reclamaciones fueron en vano pues el demandado hizo caso omiso a las solicitudes de mi mandante, por tal motivo se dio citación ante la Oficina de Trabajo de la Ciudad de Melgar, el día 20 de Septiembre del año 2015, a las 2:00 pm, citación que no cumplió el demandado, la cual buscaba el pago de todas las obligaciones laborales que en cabeza de este estaba.

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