Dercho Administrativo
melania8 de Junio de 2014
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Contenido
INTRODUCCION 3
OBJETIVO 3
DERECHO ADMINISTRATIVO 4
ANTECEDENTES: 4
EVOLUCIÓN DEL DERECHO ADMINISTRATIVO 4
Historicidad del Derecho Administrativo 4
Los precedentes 5
DEFINICIÓN POR AUTORES: 5
• Maurice Hauriou: 5
• Fraga Gabino: 6
• Rafael Bielsa: 6
• Villegas Basavilbaso: 6
• Rombolá Néstor Dario y Reboiras Lucio Martin: 6
• Martínez Morales Rafael I.: 6
• Ruiz Jorge Fernández: 6
• Rafael de Pina: 7
• Soto Eduardo: 7
• Moron Juan Carlos: 7
DEFINICIÓN DEL DERECHO ADMINISTRATIVO 7
ESENCIA DEL DERECHO ADMINISTRATIVO 7
PRINCIPIOS DEL DERECHO ADMINISTRATIVO 8
Principio de Interés Público.- 9
Legalidad.- 9
Actuación de Oficio.- 9
Publicidad.- 9
Doble Instancia.- 9
Doble Vía.- 9
Presunción de Veracidad.- 9
Eliminación de Exigencias y Formalidades.- 9
Participación Ciudadana en el Control de los Servicios Públicos.- 9
ELEMENTOS O CARACTERES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO: 9
1. AUTONOMÍA. 9
2. COORDINACIÓN. 10
3. SUBORDINACIÓN. 10
4. NUEVA. 10
5. EVOLUTIVA. 10
FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO: 10
RELACIÓN DEL DERECHO ADMINISTRATIVO CON OTRAS CIENCIAS: 12
RAMAS DEL DERECHO ADMINISTRATIVO: 13
EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL DERECHO ADMINISTRATIVO 14
CODIFICACIÓN DEL DERECHO ADMINISTRATIVO: TEORÍAS 14
CONCLUSIONES 15
BIBLIOGRAFÍA 15
INTRODUCCION
El presente trabajo tiene el objetivo de dar a conocer todo lo relacionado con DERECHO ADMINISTRATIVO. En el presente trabajo, se hablará de los antecedentes históricos y evolución del Derecho Administrativo, definición, principios, características, fuentes, relación que guarda con otras ciencias y sus diversas ramas del derecho administrativo así a partir de las cuales emana este Derecho
Teniendo en cuenta al Derecho Administrativo como un sistema de normas bilaterales, externas, heterónomas y coercibles con profundo contenido consuetudinario, espiritual y ético que sirve de instrumento a una determinada sociedad humana para encauzar y regular la interferencia ínter subjetiva de sus componentes.
OBJETIVO
Nuestro objetivo es Conocer y dar a conocer lo entendido a nuestros compañeros, el tema DERECHO ADMINISTRATIVO.
• Conocer los antecedentes del Derecho Administrativo.
• Definir y clasificar al Derecho Administrativo.
• Conocer el objeto, características, funciones y las ramas del derecho administrativo.
• Distinguir las diversas fuentes del Derecho Administrativo.
• Conocer las relaciones que guarda el Derecho Administrativo con otras ramas del Derecho.
DERECHO ADMINISTRATIVO
ANTECEDENTES:
El Derecho administrativo como ciencia tiene su origen con las revoluciones liberales de los siglos XVIII y XIX ya que su autonomía, construcción y objeto de conocimiento están en evolución constante.
Con posterioridad a la instalación del régimen administrativo, surge en Francia la pregunta de quién debe juzgar a la Administración. Se cuestiona si, por una parte, debían ser los jueces ordinarios pertenecientes al Poder Judicial quienes juzgaran a la Administración, o si, por otra parte, debía ser la propia Administración quien ejerciera esa función. La raíz del problema se encuentra en que los jueces ordinarios eran aquellos del Antiguo Régimen, nobles que quedarían dotados de poder de anular las decisiones del Nuevo Régimen. Por tal razón, se desconfiaba sumamente. En Francia se resolvió el problema con la creación del Consejo de Estado, que será el órgano encargado de juzgar a los entes administrativos, al mismo tiempo que será dependiente del Jefe de Gobierno.
EVOLUCIÓN DEL DERECHO ADMINISTRATIVO
Historicidad del Derecho Administrativo
El Derecho administrativo español tiene raíces comunes al de otros Estados del continente europeo. Es un producto cultural, que se ha ido creando al ritmo de la construcción del Estado de Derecho, desde sus orígenes hace más de dos siglos, cuando se consolida la división de poderes y la garantía de los derechos de los ciudadanos ante los poderes públicos en el marco del Estado Constitucional.
Una característica importante es su mutabilidad, pues dada su íntima relación con el ejercicio del poder político, que regula y ordena, experimenta de manera directa e inmediata los cambios que se producen en la estructura, el origen, los objetivos y las formas de manifestación del poder. Entre el Derecho administrativo del Estado Liberal del S. XIX y el del S. XX, propio de un Estado intervencionista, democrático y social, hay profundas diferencias.
También las instituciones, los conceptos, las técnicas jurídicas del Derecho administrativo varían más que los respectivos sistemas de Derecho privado. Existe una relación directa entre el sistema de Derecho administrativo y la Constitución de cada Estado, de ahí que no en todos los Estados europeos exista una Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Por todo ello, las cualidades definitorias de nuestro Derecho administrativo, sus rasgos esenciales, incluso la razón por la que existe como rama diferenciada del ordenamiento jurídico, debe buscarse en la historia reciente.
Los precedentes
La presencia de una Administración, más o menos extensa pero articulada como organización estable y jerarquizada, encargada de la gestión cotidiana de los asuntos públicos: la organización administrativa. Durante la Edad Media la autoridad de la Corona con su poder sobre señoríos feudales y estamentos con apoyo de una nueva burocracia profesional. A partir del Renacimiento y con las Monarquías Absolutas, la nueva organización burocrática y jerarquizada se extendió por Europa, era una Administración central compleja y repartida en un sistema de Consejos o un modelo departamental con Secretarios de Estado. Desde un punto de vista funcional, el Estado, fue sumando a sus funciones tradicionales otras por fomentar la riqueza del país y el bienestar de los súbditos, particularmente en el Despotismo Ilustrado, quedando así una organización centralizada y jerarquizada, todavía reducida en sus efectivos, pero segura de su poder y en vías de expansión.
DEFINICIÓN POR AUTORES:
A continuación se presenta una serie de conceptos de derecho administrativo, que recogen perspectivas y aspectos variados desde los cuales se mira esta disciplina en el ámbito del derecho.
• Maurice Hauriou: “El Derecho Administrativo es la rama del derecho público que regula
- La organización de la empresa de la administración pública y de las diversas personas administrativas en las cuales ha encarnado.
- Los poderes y los derechos que poseen estas personas administrativas para manejar los servicios públicos
- El ejercicio de estos poderes y derechos por la prerrogativa especial por el procedimiento de acción de oficio y las consecuencias contenciosas que se siguen”.
• Fraga Gabino: “El Derecho Administrativo incluye el régimen de organización y funcionamiento del poder ejecutivo por lo tanto comprende las normas que regulan la actividad de dicho poder que se realiza en forma de función administrativa, de esta manera no se debilita la distinción entre el punto de vista formal y del material de la función administrativa”.
• Rafael Bielsa: “El Derecho Administrativo es un complejo de principios y normas de Derecho público interno que regula: la organización y comportamiento de la administración pública, directa e indirectamente; las relaciones de la administración pública con los administrados; las relaciones de los distintos órganos entre sí de la administración pública; a fin de satisfacer y lograr las finalidades del interés público hacia la que debe tender la Administración”.
• Villegas Basavilbaso: “El Derecho Administrativo es un complejo de normas y de principios de Derecho Público interno que regulan las relaciones entre los entes públicos y los particulares o entre aquéllos entre sí, para la satisfacción concreta, directa o inmediata de las necesidades colectivas, bajo el orden jurídico estatal”.
• Rombolá Néstor Dario y Reboiras Lucio Martin: “El Derecho Administrativo es aquel que regula las relaciones de los órganos públicos, entidades autárquicas o descentralizadas y empresas del Estado, respecto los habitantes o administrados”.
• Martínez Morales Rafael I.: “El Derecho Administrativo es el conjunto de reglas jurídicas relativas a la acción administrativa del Estado, la estructura de los entes del poder ejecutivo y sus relaciones”.
• Ruiz Jorge Fernández: “El Derecho Administrativo es el conjunto de normas y principios del derecho público que rigen la estructura, organización, y funcionamientos de las diversas áreas de la administración pública de las relaciones de éstas entre sí, así como de sus relaciones con las demás instituciones del Estado y con los particulares”.
• Rafael de Pina: “El Derecho Administrativo es la totalidad de las normas positivas destinadas a regular la actividad del Estado y de los demás órganos públicos, en cuanto se refiere al establecimiento y realización de los servicios de esta naturaleza, así como a regir las relaciones entre la administración y los particulares y de las
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