DERECHO ADMINISTRATIVO
anaforero7 de Octubre de 2011
5.294 Palabras (22 Páginas)489 Visitas
1.- Elabore un esquema del Estado colombiano.
2.- Elabore un esquema de la organización de la administración nacional basado en la ley 489 de 1998.
1. Del Sector Central:
a. La Presidencia de la República;
b. La Vicepresidencia de la República;
c. Los Consejos Superiores de la administración;
d. Los ministerios y departamentos administrativos;
e. Las superintendencias y unidades administrativas especiales sin personería jurídica.
2. Del Sector descentralizado por servicios:
a. Los establecimientos públicos;
b. Las empresas industriales y comerciales del Estado;
c. Las superintendencias y las unidades administrativas especiales con personería jurídica;
d. Las empresas sociales del Estado y las empresas oficiales de servicios públicos domiciliarios;
e. Los institutos científicos y tecnológicos;
f. Las sociedades públicas y las sociedades de economía mixta;
g. Las demás entidades administrativas nacionales con personería jurídica que cree, organice o autorice la ley para que formen parte de la Rama Ejecutiva del Poder Público.
3.- Indique los conceptos y características de:
CONSEJO SUPERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN, son los encargados de definir las políticas públicas a cargo de la administración en donde coordinan y dirigen la acción gubernamental, y en otros casos se encargan de asesorar al Presidente de la República o al gobierno nacional en la adopción de determinadas políticas.
Existen los consejos de primer nivel con funciones de asesoría al gobierno, coordinación, decisión o regulación, entre ellos se encuentran:
• Consejo de Ministros.
• COMPES.
• COMPES – SOCIAL.
• Consejo Superior de Comercio Exterior.
• Consejo Superior de Defensa y Seguridad Nacional.
• Consejo Nacional de Ciencia y tecnología.
• Comisión Nacional para la Moralización.
• Consejo Nacional de Competitividad.
• Consejo Nacional de Planeación
Dentro de los consejos de segundo nivel se encuentran:
• CONFIS
• Consejo Macroeconómico.
• CESU
• Consejo Nacional de Estupefacientes.
• Consejo Nacional de Integración y Desarrollo de la Comunidad.
• Consejo Nacional de Política Indigenista.
• Consejo Nacional de Transferencia de Tecnología.
• Consejos de Secretarias de Agricultura.
• Comisión Nacional de Política y Participación Ciudadana.
• Consejo Nacional de Seguridad en Salud.
• Consejo Superior Aeronáutico.
• Comisión para la Coordinación y Seguimiento de Procesos Electorales.
• Consejo Consultivo de la Profesión de Abogado.
MINISTERIOS, tienen como objetivo primordial la formulación y adopción de las políticas, planes generales, programas y proyectos del sector administrativo que dirigen (artículo 58 de la Ley 489/98). A su cabeza está el Ministro, quien actúa como representante del Presidente de la República y por ende, su cargo es de libre nombramiento y remoción. Específicamente, los ministros constituyen el puente político de unión entre el Presidente y las otras ramas del poder público.
FUNCIONES:
• Servir de voceros del Gobierno ante el Congreso.
• Presentar proyectos de ley ante el Congreso.
• Pueden tomar parte en los debates de la Cámara de Representantes.
• Son los encargados de la administración interna de su respectiva entidad.
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO, Al igual que los ministerios, los Departamentos Administrativos tienen como objetivo primordial la formulación y adopción de las políticas, planes generales, programas y proyectos del sector administrativo que dirigen.
Fueron creados para propender por la tecnificación de servicios especiales que debe prestar el Ejecutivo, y por ende, no cumplen funciones de representación política del Presidente, y son los siguientes:
FUNCIONES:
• Su función es técnica y administrativa.
• No van a debates en la Cámara de Representantes.
• No pueden ser citados por el Congreso.
• No pueden presentar proyectos de ley.
• Pueden ser citados a las comisiones del Congreso, siempre y cuando éstas no sean debates políticos, y tan sólo a presentar informes técnicos.
SUPERINTENDENCIAS, Son entidades de control, inspección y vigilancia de la prestación de un servicio público determinado. En la actualidad, son diez. No tienen personería jurídica, salvo la Superintendencia de Servicios Públicos y la Superintendencia de Notariado y Registro, que se encuentran adscritas al Departamento Nacional de Planeación y al Ministerio del Interior, respectivamente.
La vigilancia la ejercen de dos maneras:
En delegación de funciones presidenciales. Las que la ley y la Constitución establecen, y son las siguientes:
• Superintendencia de Notariado y Registro.
• Superintendencia Financiera.
• Superintendencia de Economía Solidaria.
• Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
• Superintendencia Nacional de Salud.
• Superintendencia de Subsidio Familiar.
• Superintendencia de Sociedades.
• Superintendencia de Industria y Comercio.
• Superintendencia de Puertos y Transportes.
• Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL, Estas se han ido incrementando a medida que se han ido reduciendo, el número de ministerios y departamentos administrativos, en razón de que estas cumplen o ejecutan programas propios de éstos, los cuales requieren de una entidad especial con autonomía administrativa, técnica y financiera patrimonial. Actualmente existen las siguientes unidades administrativas especiales, en donde cada una de ellas tiene una estructura parecida a la de un ministerio, dentro de estas se encuentran:
• Unidad Administrativa Especial de Dirección Nacional de Estupefacientes.
• Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.
• Dirección Nacional de Impuestos y Aduanas Nacionales.
• Contaduría General de la Nación.
• Unidad de Información y Análisis Financiero.
• Comisión de Regulación de Energía y Gas.
• Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico.
• Comisión de Regulación de Telecomunicaciones.
• Junta Central de Contadores.
• Comisión Nacional de Regalías.
ESTABLECIMIENTO PÚBLICO, Son entidades descentralizadas por servicios adscritas a un ministerio o departamento administrativo, cuyo fin es atender funciones administrativas. Por ser entidades descentralizadas, cuentan con personería jurídica, autonomía administrativa, y patrimonio independiente. Son creados o autorizados por ley y se rigen por el derecho público. En la actualidad son cuatro.
• Escuela Superior de Administración Pública
• Instituto Nacional de Vías
• Instituto Nacional Penitenciario
• Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
EMPRESA INDUSTRIAL Y COMERCIAL DEL ESTADO, Las Empresas Industriales y Comerciales del Estado cumplen funciones de industria y comercio al igual que los particulares. Por ende, se les aplica el régimen privado en cuanto a estas actividades, más no con respecto a su organización o administración. Estas son:
• ECOPETROL
• SATENA
SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA,
Desarrollan actividades de naturaleza industrial y comercial, bajo el régimen de derecho privado, pero se diferencian de las empresas privadas en que han sido creadas con aportes estatales (directamente o mediante sus entidades descentralizadas).
EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO. Estas constituyen una categoría especial de entidades públicas descentralizadas, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, creadas por la ley o por las asambleas departamentales o consejos, según el caso. Podemos entender que están compuestas por aquellas entidades prestadoras de servicios de salud de orden público.
4.- Indique las características de los entes territoriales.
Son entidades territoriales los departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indígenas.
La ley podrá darles el carácter de entidades territoriales a las regiones y provincias que se constituyan en los términos de la Constitución y de la ley.
Las entidades territoriales gozan de autonomía para la gestión de sus intereses, y dentro de los límites de la Constitución y la ley. En tal virtud tendrán los siguientes derechos:
1. Gobernarse por autoridades propias.
2. Ejercer las competencias que les correspondan.
3. Administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
4. Participar en las rentas nacionales.
La ley orgánica de ordenamiento territorial establecerá la distribución de competencias entre la Nación y las entidades territoriales.
Las competencias atribuidas a los distintos niveles territoriales serán ejercidas conforme a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad en los términos que establezca la ley
Las entidades territoriales podrán emitir títulos y bonos de deuda pública, con sujeción a las condiciones del mercado financiero e igualmente contratar crédito
...