Derecho Constitucional
okage2213 de Octubre de 2012
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CAPITULO TERCERO
FUENTES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL
Toda Norma Jurídica tiene un origen sustentado por diferentes factores que surgen y se desarrollan en el seno de una sociedad y que pueden ser de carácter político, económico, social, cultural o bien histórico.
3.1. FUENTES HISTORICAS
La palabra fuente proviene de los vocablos fon-fontis que significa lugar de donde emana el agua y que aplicado al Derecho, significa la fuente en donde se origina la Norma Jurídica, circunstancia a la que no esta ajeno el derecho Constitucional Mexicano, por otro lado, la Norma Jurídica debe estar estructurada basándose en Fuentes Históricas, Reales y Formales.
3.2. FUENTES REALES
Las fuentes reales están constituidas por los acontecimientos que viven en la actualidad de toda índole y que de acuerdo a la manera en que se presentan pueden influir en el texto Constitucional.
Este tipo de acontecimientos son los llamados Factores Reales del Poder que según mi concepción están constituidos por fenómenos sociales, económicos, políticos, morales, religiosos, culturales que se presentan en cualquier sociedad de manera licita o ilícita pero no tienen la fuerza de modificar en algún momento la Norma Jurídica Constituciona
.3. FUENTES FORMALES
Estas reciben este nombre porque tienen un procedimiento especifico para su creación es decir, una formalidad, entre las cuales encontramos a las siguientes:
3.3.1. LA LEGISLACIÓN
Que comprende todas las Normas Generales creadas por Órganos Legislativos, Federales, o de las Entidades Federativas como se percibe estas tienen un proceso de formación desde la Iniciativa, Discusión, Aprobación, Sanción o en su caso Promulgación, Publicación e Iniciación de la Vigencia (71 y 72 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos), esta en su formación y que en caso de no respetarlo esta ley seria Inconstitucional.Por esta razón se considera que la Norma Jurídica llamada Constitución es la principal fuente formal de este Derecho
LA JURISPREDENCIA
Como la ley es producto del ser humano esta no es perfecta, porque puede tener algunas, contradicciones u oscuridad en su contenido
La jurisprudencia es interpretación sistematizada que hace de la ley de carácter judicial cuando esta presenta algunas, contradicciones u oscuridad en su contenido.
3.3.3. COSTUMBRE JURÍDICA
Las conductas repetitivas que practican las personas en una sociedad, de manera general y que adquieren cierta obligatoriedad se considera como Costumbre y esta varia de sociedad en sociedad, pero son las bases de las Normas Jurídicas que en algunas ocasiones están escritas o bien simplemente se aplican para la convivencia de cualquier comunidad.
La Costumbre Jurídica va más allá del concepto anterior, porque para adquirir este rasgo necesita el reconocimiento de la ley y de esa manera pueda emplearse para regular la vida en sociedad. En el caso del Derecho mexicano la Constitución y algunas otras leyes reglamentarias permiten esta fuente del Derecho para resolver algunos conflictos entre particulares, como es el caso de la materia Agraria o en los Derechos de los Pueblos y comunidades indígenas, aprovechamientos de aguas entre Núcleos de Población Ejidal o Bienes Comunales, asuntos en los cuales se debe atender a la costumbre del lugar y en caso de que no exista solución al conflicto entonces, se aplicara la Ley de la materia que corresponda.
3.3.4. PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
Los principios son reglas o normas que se toman en consideración para lograr una mejor convivencia de los seres humanos, termino que hasta en otros ámbitos no jurídicos juegan un papel determinante,
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