Derecho Informatico
28 de Diciembre de 2014
2.809 Palabras (12 Páginas)370 Visitas
DERECHO INFORMATICO Y SU RELACION CON LAS RAMAS DEL DERECHO
DERECHO CONSTITUCIONAL:
El Derecho Informático está relacionado con el Derecho Constitucional, pues debe dar atención prioritaria a la protección de los datos personales, de los derechos individuales, entre ellos el derecho a la intimidad.
La privacidad de la libertad informática es concebida por algunos autores como: “el derecho de auto tutela de la propia identidad informática”. En cuanto a la protección de los datos personales, hay que tomar en cuenta que existen recopilaciones en numerosos archivos con información como: fecha y lugar de nacimiento, domicilio, estado civil, raza, religión, inclinaciones políticas, ingresos monetarios, cuentas bancarias, historia clínica, los cuales son recopilados por diferentes entes, como los registros civiles, médicos, académicos, culturales, políticos, administrativos, fiscales, bancarios, laborales y otros, los cuales actualmente pueden estar a disposición de un interesado, para diferentes fines, en forma instantánea.
COMENTARIO: el hacer uso de la informática cotidianamente vulnera datos personales requeridos por la mayoría de aplicaciones y redes sociales como también información contenida en archivos médicos laborales etc. Que pueden ser alterados o usados de manera incorrecta, por lo que el derecho constitucional debe adaptarse a los avances informáticos para seguir protegiendo los derechos fundamentales de la persona que pueden ser violentados.
DERECHO ADIMINISTRATIVO:
Gracias a la Informática, el gobierno del Estado, ejercido por medio de los organismos Ejecutivo, Legislativo y Judicial, lleva a cabo con mayor rapidez sus funciones administrativas esenciales, definidas por los autores clásicos como: planificación, organización, dirección, coordinación y control.
La rápida comunicación que permite la red de internet, por ejemplo, favorece la administración estatal que controla la producción, comercialización, calidad y precios de los productos, el financiamiento y los créditos para vivienda, la administración que vela por la propia institucionalidad, la salud popular, el control de los precios de las medicinas y el buen funcionamiento de los hospitales, etc.
COMENTARIO: La administración pública se benéfica del rápido avance de la informática ya que por medio de ella tiene mejor acceso sus diferentes campos de estudio, esto permite que sus funciones sean desempeñadas con mayor rapidez y eficacia.
DERECHO PENAL
La rápida evolución de la Informática ha dado lugar al aparecimiento de delitos nuevos, muchos de ellos pertenecientes al campo penal.
Se considera que un delito informático es “cualquier comportamiento ilegal en el que está involucrada una computadora”. También se habla de “actitudes ilícitas en que se tiene a la computadora como instrumento”, como los casos del uso indebido del software, la apropiación indebida de datos, o la interferencia en sistemas de datos ajenos.
Generalmente, los supuestos “delincuentes informáticos” pueden encontrarse entre algunos operadores, programadores, analistas de sistemas, analistas de comunicaciones, supervisores, ingenieros en sistemas o funcionarios superiores.
Víctimas de la delincuencia informática, según numerosos casos reportados por la Prensa internacional, pueden ser empresas e instituciones, tales como bancos, compañías financieras, aseguradoras, universidades y entes estatales.
Diariamente el delito informático provoca grandes pérdidas económicas por robo de identidad, falsificación de cheques y tarjetas de crédito, variación de los activos y pasivos en las contabilidades, modificación, copiado y robo de información, uso no autorizado de programas de cómputo, alteración en el funcionamiento de los sistemas, acceso a áreas informatizadas en forma no autorizada e intervención en líneas de comunicación de datos o teleproceso.
COMENTARIO: dentro de la evolución de la informática también se observa la incrementación de delitos en este campo por lo que el derecho penal también tiene que evolucionar junto con la informática, previniendo y sancionando el uso de la tecnología en hechos delictivos.
DERECHO PROCESAL:
En algunos países desarrollados existe ya la informatización del proceso jurídico, tanto en lo que se refiere a las soluciones de trámite, como a las que el juez elabora, tomando en cuenta modelos preformateados.
La Informática permite, de modo automático y con ayuda de un banco de datos, la realización de demandas preformateadas, la contestación, la realización de actos y documentos y el seguimiento de procesos.
En la fase probatoria, mediante la Informática existe la posibilidad de simular situaciones, se pueden verificar datos de identificación personal, compilar, organizar información durante el curso del proceso y efectuar comparaciones.
La prueba documental comprende todos los objetos materiales existentes, entre los que se encuentran los documentos electrónicos. El documento electrónico es uno de los mejores instrumentos de la Informática, pues constituye una prueba de carácter documental. También se considera documento electrónico aquel que ha sido creado en una computadora, grabado en un soporte informático, producido y reproducido. La falta de firma de los documentos informáticos no los inhibe como material probatorio.
Los medios de prueba informáticos consisten en: discos, cintas o cualquier clase de archivos magnéticos o de uso computacional, y en la reproducción por cualquier medio.
COMENTARIO: el derecho procesal se ve beneficiado con la evolución de la tecnología ya que permite la realización de los procesos de forma rápida y certera aportando herramientas de apoyo eficientes para acelerar los trámites, medios de prueba etc.
DERECHO LABORAL
La Informática también está creando un nuevo orden laboral que rebasa nuestro tradicional Código de Trabajo. Plantea una organización descentralizada de las labores de cara al mejor aprovechamiento de los recursos.
Estamos ante la creación de un nuevo mercado de trabajo, totalmente diferente de la mentalidad que prevaleció durante siglos. Está adquiriendo gran fuerza el autoempleo o la generación de sus propios recursos o formas de trabajo por el propio individuo, algo a lo que la mayor parte de la sociedad no estaba acostumbrada.
A la utilización de los medios tecnológicos en la actividad laboral se le llama teletrabajo; o sea que un empleado puede cumplir con sus labores desde un lugar lejano o diferente de la empresa que lo ha contratado, por medio de la utilización de la computadora.
Con este sistema de trabajo el empleador no requiere la presencia física de sus colaboradores en sus oficinas. El teletrabajo surge de la necesidad de ahorro de costos y de tiempo, evitando también los múltiples viajes y reuniones, sustituyéndolos por las tele reuniones mediante videoconferencia y procesamiento de imagen e información.
El nuevo sistema también trae señalados inconvenientes. Se crea un lógico temor a una nueva explotación del trabajador, de la tele trabajador, al crearse mayores inconvenientes para la defensa de sus derechos adquiridos a lo largo de los años. La utilización parcial de actividades a distancia plantea varios problemas de cara a una nueva explotación del mundo del trabajo.
Se estima que los sindicatos perderán parte importante de su fuerza, siendo otro grupo social que se verá obligado a tomar medidas de organización distintas y una también distinta política de protección del mundo del trabajo.
COMENTARIO: el avance de la tecnología no solo comprende herramientas de comunicación, información o investigación también se amplía a nuevas formas de trabajo que en nuestro ordenamiento jurídico no están reguladas y deben ser contempladas en el ya que nos vemos ante una nueva forma de trabajo en donde se permite la distancia y los horarios de trabajo más accesibles gracias al uso de internet que permite conexiones a distancia sin interrumpir el desarrollo del trabajo.
DERECHO CIVIL
Es evidente la relación que existe entre el Derecho Informático y el Derecho Civil, como puede comprobarse con la responsabilidad civil informática que se deriva del incumplimiento en los contratos informáticos, la protección de los datos personales o de los programas de computación.
En el Código Civil encontramos la protección a la intimidad, con disposiciones que buscan reparar el daño material o moral causado a una persona física o jurídica por incumplimiento o infracción de las obligaciones contractuales o legales.
La responsabilidad informática no se funda únicamente en el campo contractual sobre el incumplimiento del contrato, pues se refiere también a la garantía de responsabilidad por defectos o deterioros de la computadora, la funcionalidad de los programas o el uso ilícito de los elementos informáticos.
Es fundamental el tema de la responsabilidad civil en la informática, especialmente en lo que se refiere a la contratación electrónica. También se considera el fraude, que se produce al no cumplir lo establecido en el contrato o cuando se trata de algún problema derivado de las características del software o del hardware.
También existe la responsabilidad por informes emitidos por un banco de datos que, por ejemplo, proporcione información errónea sobre legislación vigente, que dé motivo a obtener una decisión judicial que cause perjuicio a una persona o institución. Mención especial merece
...