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Derecho Romano


Enviado por   •  10 de Marzo de 2013  •  2.576 Palabras (11 Páginas)  •  338 Visitas

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En los días del gran dominio de Roma, César asumía que todo ciudadano romano le debía perfecta lealtad y obediencia a sus leyes. La Justicia estaba pronta a reforzar esta presunción, y si algún ciudadano quebrantaba cualquier ley de la tierra, pronto tenía que comparecer ante el Tribunal o ante el mismo César. Si se comprobaba que el hombre era culpable de haber quebrantado la ley, y se le sentenciaba a prisión, se hacía una lista en la que figuraba cada una de sus faltas, y su correspondiente castigo. Esta lista era, en esencia, un informe sobre cómo tal hombre había dejado de vivir conforme a las leyes del César. Se le daba el nombre de CERTIFICADO DE DEUDA.

Cuando se llevaba al hombre a la prisión, el certificado de deuda se clavaba en la puerta de la celda, de modo que cualquiera que pasara por allí, podía decir que el hombre había sido justamente condenado, y también podía ver las limitaciones de su castigo. Por ejemplo, si el hombre había resultado culpable de tres crímenes, y el tiempo total correspondiente de prisión era de veinte años, entonces sería ilegal mantenerlo encerrado allí durante veinticinco años. Todos podían ver eso. Cuando el hombre había cumplido su tiempo de prisión, y era puesto en libertad, se le entregaba el amarillento y raído “certificado de deuda” sobre el cual se colocaban las palabras TOTALMENTE CANCELADO No lo podían volver a arrestar jamás por esos crímenes, mientras él pudiera presentar su certificado de deuda cancelado. Pero mientras no se hubiera cumplido la sentencia, el certificado de deuda permanecía entre el preso y la libertad, dando testimonio sobre el hecho de que el hombre que allí estaba encerrado, no había vivido conforme a las leyes de Roma y, por lo tanto, era en esencia, una ofensa para el César.

En Roma se distinguían dos tipos de delito:

DELITOS PUBLICOS.- Ponían en peligro a toda la comunidad, eran perseguidos por el Estado y castigados con penas públicas.

•PERDUELLIO

•PRODITIO

PARRICIDIUM

•CRIMENREPETENDARUM

•CRIMENPECULATUS

•MAGIA

•ELINCENDIUM

DELITOS PRIVADOS: Causaban daño a los particulares y solo estos podían iniciar la persecución; daban lugar a una multa privada que solo al ofendido beneficiaba. Estos a su vez su dividían en 2:

DELITOS DE IUS CIVILE: los previstos y sancionados en el derecho civil (furtum, iniuria,dannum iniuria datum) Robo, Daño en Propiedad Ajena e Injuria.

DELITOS PRETORIOS previstos y sancionados por los pretores en sus edictos (rapiña, dolus, metus, fraus creditorium que es el fraude en perjuicio del acreedor) Rapiña, Intimidación, Dolo y Fraude de Acreedores.

ACCIONES QUE ENGENDRAN LOS DELITOS PRIVADOS:

1. Penales: imposición de una pena pecuniaria a favor del ofendido (que podría ser el doble, triple o cuádruple del valor del perjuicio causado).

2. Rei persecutoria: Reparación del daño causado por el delito. Esta acción podía ser causada también por sus herederos hasta la concurrencia del provecho que hubiere obtenido del delito pues se trataban de acciones fundadas en el enriquecimiento sin causa.

3. Mixtas: Participaban de las características anteriores.

CARACTERÍSTICAS DE ESTAS ACCIONES:

Cumulabilidad: En algunas acciones el demandado aparte de pagar la pena también tiene que pagar una condena pecuniaria de la acción reipersecutoria. Tiene otro significado: si son varios los autores de un delito, la pena se aplicaba contra todos o individualmente.

Efecto infamante: Las penas se anotaban en el censo, lo que suponía un deterioro social importante de la dignidad del ciudadano Intransmisibilidad: La pena puede ser ejecutada por los herederos del demandado, pero no contra ellos, salvo en los delitos de injuria.

Noxalidad: Si el autor del delito era alieni iuris, su pater familia tenía una alternativa: o pagar la sanción pecuniaria o entregar su hijo al demandado.

DELITOS DEL IUS CIVILE

ROBO (Furtum)

Se cometía robo cuando una persona se apoderaba de una cosa, contra la voluntad del dueño.

ELEMENTOS DEL FURTUM.

1. OBJETIVO, que comprendería no solo la substracción de la cosa de otro sino también el uso abusivo de ellas o una toma de posesión ilegal.

2. Otro de carácter SUBJETIVO, o intención dolosa de sustraer la cosa.

3. Deseo de lograr una ganancia.

4. Que la substracción de la cosa sea contra la voluntad de su dueño

ELEMENTOS DEL FURTUM.

1. OBJETIVO, que comprendería no solo la substracción de la cosa de otro sino también el uso abusivo de ellas o una toma de posesión ilegal.

2. Otro de carácter SUBJETIVO, o intención dolosa de sustraer la cosa.

3. Deseo de lograr una ganancia.

4. Que la substracción de la cosa sea contra la voluntad de su dueño

CLASES DE FURTUM:

Furtum Usus: uso ilícito de la cosa ajena.

Furtum possesioris: el deudor, sin haber pagado la deuda, despojaba

a su acreedor de la posesión de la cosa que le había entregado en calidad de prenda.

SANCIONES AL FURTUM:

El furtum estaba sancionado por la actio furtus. Según ésta el hurto puede ser de dos tipos:

Hurto manifiesto, cuando se descubre infragantemente, siendo de carácter pretorio, y

Hurto no manifiesto, cuando se descubre el delito sin ser infraganti, siendo de carácter civil.

Podían ejercer esta acción. No sólo el propietario de la cosa hurtada, sino también toda persona que tuviera interés sobre la cosa.

ACCIONES REIPERSECUTORIAS

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