ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Scial

DIANITACELON2215 de Octubre de 2014

563 Palabras (3 Páginas)157 Visitas

Página 1 de 3

empleadores no contratan a personas discapacitadas, o personas de otra

religión, filiación política, etnia, etc.

E. Gratuidad de la administración de justicia en asuntos laborales, es otro

de los importantes principios, pues, a través de él se pueden viabilizar los

principios de protección y tutela a los trabajadores. Este principio alcanza

tanto a los procesos judiciales como a los trámites administrativos

laborales, especialmente en lo que a los trabajadores se refiere.

De conformidad con lo dispuesto por el Art. 207 de la Constitución

Política, que señala: “En los casos penales, laborales, de alimentos y de

menores, la administración de justicia será gratuita”. De la disposición

transcrita, queda evidenciado que la administración de justicia en materia

laboral es gratuita; pero, tal disposición constitucional se encuentra

ubicada dentro del título correspondiente de la Función Judicial,

quedando la duda latente, si es que la gratuidad también se extiende a los

trámites administrativos laborales que se ventilan ante el Ministerio del

Trabajo.

Toda persona tiene derecho a reclamar justicia del órgano estatal co¬rrespondiente. Es decir, cuando un miembro de una sociedad pretenda algo de otra, la pretensión es atendida por un órgano jurisdiccional, a través ¬de un proceso con garantías mínimas. Esto es lo que se denomina, el derecho a la tutela jurisdiccional. La doctrina es casi unánime al considerar que la tutela jurisdiccional corresponde exclusivamente al Estado, criterio que ha sido recogido por la legislación nacional. E. Gratuidad de la administración de justicia en asuntos laborales, es otro

de los importantes principios, pues, a través de él se pueden viabilizar los

principios de protección y tutela a los trabajadores. Este principio alcanza

tanto a los procesos judiciales como a los trámites administrativos

laborales, especialmente en lo que a los trabajadores se refiere.

TRANSPARENCIA Y PUBLICIDAD ADMINISTRATIVAS. En el marco del Estado Social y Democrático de Derecho, todos y cada uno de los entes y órganos públicos que conforman la administración respectiva, deben estar sujetos a los principios constitucionales implícitos de la transparencia y la publicidad que deben ser la regla de toda la actuación o función administrativa. Las organizaciones colectivas del Derecho Público –entes públicos- están llamadas a ser verdaderas casas de cristal en cuyo interior puedan escrutar y fiscalizar, a plena luz del día, todos los administrados. El principio de transparencia implica que el actuar de la Administración se deje ver

como a través de un cristal1. Constituye una extensión del principio de publicidad el cual

supone una posición activa de la Administración, mientras que la transparencia se enfoca

en permitir que el poder público y su accionar se encuentren a la vista de todos, sin velos ni

secretos, en una situación tanto pasiva como activa: dejar ver y mostrar.

La doctrina ha considerado que el principio de transparencia tiene raíz Constitucional,

fundándose en los artículos 82 y 72 de la Constitución2

De esta forma, el citado principio deriva del sistema democrático republicano de

gobierno, o lo que es más, constituye un elemento intrínseco a la democracia.

}Principio de contradicción-Se halla este principio íntimamente ligado al de igualdad y al de audiencia, exigiéndose en su virtud el derecho que tiene la parte a participar en aquellas diligencias probatorias de las que se le pueda parar algún perjuicio. “la contradicción es la oportunidad de contraprobar; el proceso, en gran parte concede a los interesados vinculados legítimamente, oportunidades para el ejercicio del

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (4 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com