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Derechos Humanos


Enviado por   •  18 de Octubre de 2013  •  1.262 Palabras (6 Páginas)  •  215 Visitas

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1) ES LA DIGNIDAD EL FUNDAMENTO DE LOS DERECHOS HUMANOS, POR QUÉ.

PORQUE ES UN VALOR QUE VA INHERENTE CON EL SER HUMANO Y REPRESENTA LA FORMACION DADA AL SER HUMANO SIENDO RACIONAL AUTONOMO Y LIBRE PARA TOMAR DESICIONES QUE PUEDEN AFECTAR O AYUDAR EN EL DIARIO VIVIR PARA CADA PERSONA LA DIGNIDAD SE BASA EN EL RECONOCIMIENTO DE LA PERSONA DE SER MERECEDORA DE RESPETO, ES DECIR QUE TODOS MERECEMOS RESPETO SIN IMPORTAR CÓMO SEAMOS. AL RECONOCER Y TOLERAR LAS DIFERENCIAS DE CADA PERSONA, PARA QUE ÉSTA SE SIENTA DIGNA Y LIBRE, SE AFIRMA LA VIRTUD Y LA PROPIA DIGNIDAD DEL INDIVIDUO, FUNDAMENTADO EN EL RESPETO A CUALQUIER OTRO SER. LA DIGNIDAD ES EL RESULTADO DEL BUEN EQUILIBRIO EMOCIONAL Y UNA BUENA EDUCACION DADA POR LOS PADRES PARA PODER SENTIRCE EN PLENITUD Y SATISFACCION.

2) Cuáles son las características de los derechos humanos.

• Los Derechos Humanos son innatos o inherentes

Todas las personas nacemos con derechos que nos pertenecen por nuestra condición de seres humanos. Su origen no es el Estado o las leyes, decretos o títulos, sino la propia naturaleza o dignidad de la persona humana. Por eso cuando una ley viola los derechos humanos se la considera nula (sin valor) porque va contra la misma naturaleza humana.

• Los derechos humanos son universales

Todas las personas: mujeres, hombres, niños y niñas tenemos derechos. Por eso no importa la raza, el sexo, la cultura o la religión que tengamos; tampoco importa la nacionalidad o el lugar en que se viva. Cada persona tiene la misma dignidad y nadie puede estar excluido o discriminado del disfrute de sus derechos. Es así que tienen los mismos derechos tanto un niño como una niña, un indígena como un campesino, una mujer como un hombre, un árabe como un chino, un colombiano como un venezolano, un musulmán como un cristiano, un negro como un blanco, un pobre como un rico, un delincuente o corrupto como una persona honesta.

• Los derechos humanos son inalienables e intransferibles

La persona humana no puede, sin afectar su dignidad, renunciar a sus derechos o negociarlos. Tampoco el Estado puede disponer de los derechos de los ciudadanos. Se entiende que en situaciones extremas algunos derechos pueden ser limitados o suspendidos, pero nunca alienados (eliminados, extinguidos).

Ejemplificaremos esto con dos situaciones típicas que se dan en Venezuela. Por un lado, el que por determinadas circunstancias se suspendan las garantías constitucionales no implica que desaparezcan o estén extinguidos los derechos, sino que por un lapso de tiempo limitado y dentro de las razones que originaron la suspensión, las formas de protección están sujetas a restricciones; sin embargo, el derecho a la vida, a no ser torturado, ni incomunicado, siguen vigentes.

Por otro lado, el derecho a la participación política que contempla la elección de nuestros gobernantes, el control de sus acciones, la participación en la toma de decisiones, entre otras cosas, no implica que negociemos nuestro derecho con el político o partido político de nuestra elección. Cuando votamos no transferimos a los elegidos nuestro legítimo derecho a participar políticamente en la vida del país. En realidad lo que hacemos es delegar en representantes la responsabilidad de llevar adelante nuestro mandato, ideas o propuestas, lo que es muy diferente a otorgarles o transferirles nuestro derecho a participar libre y abiertamente.

• Los derechos humanos son acumulativos, imprescriptibles o irreversibles

Como la humanidad es cambiante, las necesidades también, por ello a través del tiempo vamos conquistando nuevos derechos, que una vez alcanzados forman parte del patrimonio de la dignidad humana. Una vez reconocidos formalmente los derechos humanos su vigencia no caduca (es decir, no vence nunca), aún superadas las situaciones coyunturales que llevaron a reivindicarlos. En 1863 fue abolida la pena de muerte en nuestro país, desde entonces el derecho a la vida está garantizado en la Constitución, por lo que bajo ninguna circunstancia puede permitirse que la pena de muerte sea restablecida.

• Los derechos humanos

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