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Derechos Humanos


Enviado por   •  3 de Junio de 2013  •  1.640 Palabras (7 Páginas)  •  273 Visitas

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Gracias a John Ruggie, tomó forma en la ONU una legislación que vigila al sector privado.

A fines de los 90, organizaciones de derechos humanos, como Amnistía Internacional, denunciaron la responsabilidad de las empresas multinacionales y, en particular las del sector energético y extractivo, en el deterioro de la situación de derechos humanos en países en conflicto.

En el seno de Naciones Unidas, el vínculo entre derechos humanos y el sector privado se venía discutiendo hacía décadas. En los 70, un borrador titulado ‘Normas sobre las empresas transnacionales y otras empresas comerciales’ pretendió imponerles las mismas obligaciones de derechos humanos que a los Estados. No causó sorpresa alguna que los gobiernos no lo apoyaran.

Pero el tema no desapareció de la agenda. En el 2000, gobiernos como los del Reino Unido y Estados Unidos, preocupados por la acción de varias de sus empresas en el exterior, impulsaron la firma de los Principios Voluntarios en Seguridad y Derechos Humanos, un compromiso de carácter tripartito entre empresas, Estados y sociedad civil.

En el 2005, el Secretario General de la ONU nombró a John Ruggie como representante especial para el tema. Luego de seis años de trabajo, el Consejo de Derechos Humanos de la organización adoptó los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos. Por primera vez, se logró acuerdo en torno a un texto concebido para prevenir, proteger y reparar a las personas de los impactos adversos de las prácticas empresariales en el goce de los derechos humanos.

EL TIEMPO

habló con Ruggie, quien hoy preside la junta directiva del Instituto de Derechos Humanos y Empresas. Él estuvo la semana pasada en Cartagena, en el Taller Internacional de Principios Voluntarios y Principios Rectores: gobiernos y empresas vis-à-vis derechos humanos.

En 2011, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU adoptó los Principios Rectores que usted construyó durante seis años. ¿Cuál es la importancia de este paso?

Los Principios Rectores se pueden resumir en “proteger, respetar y remediar”. El marco exige la acción de proteger frente al daño de la persona; establece la clara responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos, independientemente de si el Estado está haciendo o no su trabajo, y afirma la necesidad de reparar a las personas que se han visto afectadas por una determinada conducta empresarial. Las compañías deben saber qué hacer para respetar los derechos humanos y estar en capacidad de demostrar que lo hacen.

Impresiona cuánto tiempo gastó en consultas y el esfuerzo de socialización para la construcción de los Principios. En tantos años de diálogo con empresas, Estados y sociedad civil, ¿qué atmósfera sintió en la comunidad empresarial?

La comunidad empresarial estuvo atenta sobre un par de cosas desde el comienzo. La primera fue en asegurar que el proceso estaría dirigido no contra las compañías, sino hacia la búsqueda de estándares mínimos respecto a su conducta. La otra preocupación era que la protección de los derechos humanos pudiera terminar privatizada. Pero, de hecho, los Principios Rectores ponen especial atención en las acciones del Estado.

La comunidad empresarial se mantuvo interesada en soluciones prácticas. Nosotros hicimos cada esfuerzo para realizar consultas, hacer seguimiento a los proyectos privados, investigar iniciativas y probar nuestras ideas con diferentes grupos de interés. Todo con el objetivo de garantizar la formulación de unas recomendaciones que funcionaran realmente y pudieran ser implementadas por las empresas.

Tuvimos amplios proyectos piloto en compañías de impacto global en su sector para determinar cómo la protección de los derechos humanos podría funcionar a través de las funciones empresariales. Así que tenemos evidencia sólida de cómo se puede realizar.

La atención está puesta en cómo podrían operar las empresas en entornos complejos. Es preciso reconocer las problemáticas locales y tratarlas antes de que puedan generar confrontaciones.

¿En qué se diferencia una violación de los derechos humanos cometida por una compañía y una hecha por el Estado?

Hoy sí se puede decir que una empresa viola los derechos humanos; ya no es tan controversial. La principal diferencia es legal. Cuando los Estados ratifican un tratado de derechos humanos, adquieren obligaciones legales internacionales. Por eso, cuando un Estado que ha aceptado la ratificación de un tratado viola los derechos humanos, también viola el derecho internacional.

Cuando las compañías violan los derechos humanos, violan la legislación nacional. El derecho internacional no rige sobre las compañías, o solo en casos excepcionales. La diferencia está en qué cuerpo normativo resulta violado.

¿Por qué Amnistía Internacional y Human Rights Watch son críticos de los Principios Rectores?

Es una buena pregunta, porque ambas utilizan los Principios Rectores cada día. Las organizaciones de derechos humanos siempre quieren lograr más. Y lo que más quisieran es la firma de tratados internacionales que involucraran directamente a las compañías en el derecho internacional al mismo nivel que los Estados.

El asunto ahí es que, desde luego, llevaría un buen tiempo negociar un instrumento de ese tipo. Las compañías están felices, en primera instancia, de que el asunto se maneje de la forma en que se hace actualmente. Ellas están usando los Principios Rectores, pero las organizaciones de derechos humanos están pidiendo más.

¿Cómo evalúa iniciativas voluntarias

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