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Derecjo Procesal Civil


Enviado por   •  8 de Febrero de 2015  •  762 Palabras (4 Páginas)  •  140 Visitas

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CONCEPTOS FUNDAMENTALES

Acción.- Derecho subjetivo público para indicarle al juez una pretensión… Posibilita la jurisdicción, pues inicia el proceso judicial que no puede hacerse de oficio ya que están en juego intereses particulares.

Pretensión.- consisten en realizar una manifestación de voluntad ante la autoridad jurisdiccional para hacer valer un derecho o pedir el cumplimiento de una obligación (objetivo del juicio, lo que se quiere obtener).

Competencia.- es la atribución jurídica otorgada a los órganos jurisdiccionales para conocer un caso límite de la jurisdicción. (turno, materia, territorio, cuantía, grado)

Materia: Nos permite determinar cuándo un litigio debe ser sometido a los tribunales del trabajo, a los tribunales administrativos o a los tribunales agrarios.

Cuantia: Toma en cuenta la cantidad en la que se puede estimar el valor de un litigio.

Grado: Las leyes procesales regularmente establecen la posibilidad de que la primera decisión sobre un litigio sea sometida a una revisión por parte de un jugador de superior jerarquía, con el fin de que determine si dicha decisión fue dictada con apego o no a derecho y, por consiguiente, si debe o no confirmarse o convalidarse. A cada cognición del litigio por un juzgador se le denomina grado o instancia.

Territorio: Es el ámbito espacial dentro del cual el juzgador puede ejercer válidamente su función jurisdiccional.

Turno: Se denomina turno al orden o modo de distribución interno de las demandas o los asuntos que ingresan, cuando en un lugar determinado existen dos o mas juzgadores con la misma competencia.

Personalidad.- Es la capacidad jurídica de las personas para presentar una acción/pretensión ante una autoridad jurisdiccional.

Jurisdicción.- Poder o autoridad para gobernar y poner en ejecución leyes o para aplicarlos a juicio. Potestad derivada de la soberanía del Edo para aplicar el Derecho en el caso concreto. Función de derivar el derecho. “DECIR EL DERECHO”

Diferencias entre competencia y jurisdicción: La diferencia está en el hecho de que la competencia precisa los límites del órgano que posee jurisdicción. Todo juez que tiene competencia tiene jurisdicción, pero no todo juez que tiene jurisdicción tiene competencia. Tiene jurisdicción porque puede decir el derecho pero no tener competencia porque el caso que ha de conocer excede los límites dentro de los que se le permite actuar.

Jurisprudencia.- El derecho interpretado por los altos tribunales del PJF.

Legitimación.- Determinada relación del sujeto con la situación jurídica sustancial que se deduce en juicio. Potestad legal para acudir al “órgano jurisdiccional con la petición de que se inicie la acción.

Instancia.-

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