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Division De Poderes

lucygreey9 de Noviembre de 2011

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DIVISION DE PODERES SEGÚN MONTESQUIEU

Montesquieu a partir de aportes de John Locke logró construir modelo de distribución del poder político, de tal modo en el que existieran órganos especializados para el cumplimiento de las tres principales funciones del Estado: las cuales son, Legislar, Juzgar, Administrar, y a la vez se ejerza por ellos un control reciproco.

Esta teoría fue anunciada en su obra el espíritu de las leyes. Montesquieu afirmó, que la libertad de la que gozaba Inglaterra se debía a la separación de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, así como la existencia de frenos y contrapesos entre esos poderes. De esta manera, Montesquieu estableció la separación de poderes como un dogma del constitucionalismo liberal.

Y esta teoría señala que en todo gobierno existen 3 clases de poderes: el poder legislativo, el ejecutivo con relación a las cosas que dependen del derecho de las naciones y el ejecutivo con relación a las cuestiones que dependan del derecho civil. Y según el esta división es la única manera de asegurar la libertad de los ciudadanos.

Por el primero, el príncipe o el magistrado hace las leyes para cierto tiempo o para siempre, y corrige o deroga las que están hechas.

Por el segundo, hace la paz o la guerra, envía o recibe embajadores, establece la seguridad y previene las invasiones;

y por el tercero, castiga los crímenes o decide las contiendas de los particulares. Este último se llamará poder judicial; y el otro, simplemente, poder ejecutivo del Estado.

Cuando los poderes legislativo y ejecutivo se hallan reunidos en una misma persona o corporación, entonces no hay libertad, porque es de temer que el monarca o el senado hagan leyes tiránicas para ejecutarlas del mismo modo.

Así sucede también cuando el poder judicial no está separado del poder legislativo y del ejecutivo. Estando unido al primero, el imperio sobre la vida y la libertad de los ciudadanos sería arbitrario, por ser uno mismo el juez y el legislador y, estando unido al segundo, sería tiránico, por cuanto gozaría el juez de la fuerza misma que un agresor.

Montesquieu habló de la división (interna) del poder. De hecho, no aboga por una estricta separación, sino por una colaboración entre ellos.

El poder judicial no debe darse a un Senado permanente, sino que lo deben ejercer personas del pueblo, nombradas en ciertas épocas del año de la manera prescrita por la ley.

El pueblo escribe Monstesquieu en cambio no está preparado para esto, lo que constituye uno de los grandes inconvenientes de la democracia. La estratificación social supone unas clases dominantes constituidas fundamentalmente por la nobleza, pero que Montesquieu amplía para dar entrada a la riqueza cuyos intereses no coinciden con los del pueblo.

Esto le lleva a postular para ellos una cámara legislativa especial con sólo poder de veto y no de “estatuir”, esto es, ordenar por sí mismo o corregir lo ordenado por otros, pues una cámara hereditaria podría defender sus propios intereses y olvidar los del pueblo. Si Montesquieu ha pensado que mediante los jurados había «anulado» al poder judicial, ahora piensa que mediante la organización bicameral ha «anulado» al legislativo. La cámara de los nobles tiene la misión de contrarrestar a la cámara baja y viceversa y así el poder legislativo resulta internamente moderado.

En cuanto al poder ejecutivo, debe estar en manos de un monarca, porque esta parte del gobierno, que necesita casi siempre una acción rápida, está mejor administrado por una sola persona que por varias. Por ello, para Montesquieu sería imposible que un régimen como el parlamentario de nuestros días sea un régimen de libertad, pues dice Montesquieu: Si no hubiera monarca y se confiara el poder ejecutivo a cierto número de personas

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