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EL CONTRATO DE TRABAJO


Enviado por   •  6 de Octubre de 2014  •  2.528 Palabras (11 Páginas)  •  153 Visitas

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LEGISLACIÓN LABORAL PERUANA

Las modificaciones introducidas en el mercado laboral constituyen una de las principales reformas estructurales recientemente efectuadas en Perú. El actual Gobierno ha promulgado un conjunto de normas destinadas a modernizar la legislación laboral con la finalidad de promover la inversión y eliminar un cúmulo de antiguas disposiciones y contradictorias resoluciones judiciales que desalentaban la creación de puestos de trabajo, sin tener en consideración el grave desempleo y la crisis económica del país. Estas medidas incluyen una mayor flexibilidad en la negociación colectiva (permitiendo el arbitraje en este tipo de disputas), la consagración de contratos especiales de trabajo (que permiten al empleador regular la contratación de mano de obra según las necesidades de su actividad), un nuevo sistema privado de pensiones que se ofrece como alternativa al sistema estatal de seguridad social, y, por último, la regulación integral de la compensación por tiempo de servicios, participación en las utilidades, vacaciones y el derecho de huelga.

La Ley de Fomento al Empleo define y regula las relaciones individuales entre empleadores y trabajadores; por su parte, la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo regula la actividad sindical, la negociación colectiva y la huelga. Otras normas relevantes son la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios y la Ley de Participación.

RÉGIMEN LABORAL DE LA ACTIVIDAD PRIVADA

Existen en el Perú muchos regímenes laborales, entre generales y especiales, lo cual conlleva a un gran desorden en la medida que cada régimen implica distintos derechos y deberes para los trabajadores. Tenemos el régimen laboral general de la actividad privada; también tenemos los regímenes laborales como parte de los incentivos a una determinada actividad económica (agrario, minería, textil, micro y pequeña empresa, construcción civil, etc.); de igual manera existen los regímenes laborales especiales que regulan la relación laboral de algunos profesionales o actividades, como por ejemplo, regímenes laborales del biólogo, enfermero, psicólogo, tecnólogo médico, trabajadores del hogar, etc.; también existen los diversos regímenes laborales para servidores públicos (carrera administrativa, profesorado y magisterial, docentes universitarios, profesionales de la salud, asistenciales de la salud, magistrados, fiscales, diplomáticos, servidores penitenciarios, militares y policías, gerentes públicos, convenios de administración con PNUD, fondo de apoyo gerencial, contratación administrativa de servicios – CAS); etc.

CONTRATO DE TRABAJO

El contrato de trabajo es un acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución.

Un contrato de trabajo supone unos derechos para el trabajador, que se convierten en obligaciones para el empresario. Al mismo tiempo, las obligaciones que contrae el trabajador se convierten en derechos de su empresario.

Llegado el momento de formalizar la relación laboral con tu futura empresa, es importante que conozcas losderechos y deberes asociados al contrato de trabajo que te ofrecen

Estudia cada elemento y comprueba que lascondiciones fijadas están en línea con tus aspiraciones y con el escenario que te habían propuesto en el proceso de selección.

Recuerda que un contrato de trabajo es un acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio de unaretribución.

Su duración puede ser indefinida (contrato fijo) o determinada (contrato temporal). Las normas que regulan cada tipo de contrato temporal establecen, por su parte, cuál es la duración mínima y máxima de cada contrato.

El contrato de trabajo puede celebrarse por escrito o de palabra.

Deberán constar por escrito los contratos de trabajo cuando así lo exija una disposición legal, y en todo caso, los de prácticas y para la formación, los contratos a tiempo parcial, fijo-discontinuo y de relevo, los contratos de trabajo a domicilio, los contratos para la realización de una obra o servicio determinado, así como los de los trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero.

Igualmente constarán por escrito los contratos por tiempo determinado cuya duración sea superior a cuatro semanas.

De no observarse tal exigencia, el contrato se presumirá celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite su naturaleza temporal o el carácter a tiempo parcial de los servicios.

Cualquiera de las partes podrá exigir que el contrato se celebre por escrito, incluso durante el transcurso de la relación laboral.

Respecto a la duración, el contrato de trabajo puede concertarse por tiempo indefinido o por una duración determinada, en los supuestos legalmente previstos

JORNADA DE TRABAJO

La jornada de trabajo del trabajador está formada por el número de horas que el trabajador está obligado a trabajar efectivamente. No se debe confundir con el concepto de horario de trabajo, la jornada representa el número de horas que el trabajador debe prestar su servicio, mientras que el horario fija la hora de entrada y la salida. Entre horario y jornada prevalece la jornada, puesto que el salario que fija el contrato viene determinado por el número de horas que se trabaja.

Si el horario establecido impidiera que se pudiera realizar la jornada completa, el empresario podrá imponer el cumplimiento íntegro de la jornada.

En términos generales, las horas de trabajo habituales de los países de todo el mundo están en torno a 40 a 44 horas por semana, no obstante, esta situación no se da en todas partes habiendo notables disparidades al respecto: desde las 35 horas por semana en Francia, hasta las 112 horas por semana en los campos de trabajos forzados de Corea del Norte.

¿Cuál es el marco normativo actual de la Jornada de Trabajo en el Perú?

Las normas que reconocen y regulan la Jornada de Trabajo en el Perú son las siguientes: Artículo 24° de la Constitución Política del Perú; el Decreto Legislativo Nº 854 (01.10.1996) modificado por la Ley Nº 27671 (21.02.2002), el Texto Único Ordenado de la Ley de Jornada de Trabajo, Decreto Supremo Nº 007720027TR (04.07.2002) y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 008720027TR.

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