EL NUEVO EMPRENDIMIENTO PARA EL DEPARTAMENTO DEL MAGDALENA
José InácioBiografía30 de Septiembre de 2015
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SITUACION ACTUAL DEL EMPRENDIMIENTO PARA EL DEPARTAMENTO DEL MAGDALENA
Preparado por: Otoniel Murillo
A efectos de presentar una pequeña radiografía de la situación del emprendimiento en el magdalena y muy particularmente en Santa Marta se hace necesario abordar a manera de ilustración el presente contenido para entender como estamos en relación a tan importante tema como lo es el emprendimiento y particularmente para el departamento del Magdalena: Port tanto se abordaran los siguientes temas:
- Emprendimiento a nivel mundial.
- Antecedentes Jurídicos/Instrumentos de planeación relacionado con el emprendimiento en Colombia.
- Política nacional de emprendimiento.
- Plan nacional de desarrollo /plan de desarrollo ciudad de Santa Marta.
- Reporte GEM Región Caribe 2011-2012
- Institucionalidad que representa el emprendimiento en Santa Marta.
Emprendimiento a nivel mundial:
El Auge Mundial en Emprendimiento se traduce en cerca de 400 Millones de Emprendedores Activos y Expectativas en la Creación de Millones de Nuevos Empleos, según el décimo tercer Informe del Monitoreo Mundial de Emprendimiento GEM en el 2012 del cual se obtuvieron los siguientes resultados:
- 163 millones de emprendedores que se encuentran en fase inicial son mujeres.
- 165 millones de emprendedores que se encuentran en fase inicial son jóvenes (edades entre 18 y 25)
- 69 millones de emprendedores que se encuentran en fase inicial están ofreciendo productos y servicios innovadores.
- 18 millones de emprendedores en primera etapa están vendiendo un 25% de sus productos y servicios a nivel internacional.
- Negocios orientados al consumidor y de manufactura dominan los emprendimientos en etapas emergentes y en desarrollo.
- Los emprendedores de las economías maduras están involucrados con el sector del servicio de negocios, relacionados con el conocimiento intensivo.
- Los empleados emprendedores – aquellos que crean y desarrollan nuevas ideas de
- negocios para sus organizaciones- generalmente se encuentran en economías maduras.
- La educación, la dinámica de los mercados internos y las normas culturales y sociales, en lo que respecta al emprendimiento, fueron bastante valoradas en las economías emergentes. Los programas de gobierno, la transferencia de I + D, las finanzas y la política nacional, fueron prioridad en las economías de innovación, pero fue menor en las economías emergentes."
- Las recomendación del estudio con relación al diseño de políticas que permitan construir el ecosistema de emprendimiento, dentro de una nación deben orientarse a flexibilizar el trabajo, las comunicaciones y la apertura de los mercados, eliminar la burocracia y los trámites excesivos, con lo cual se podrá desarrollar un entorno empresarial más enfocado en el emprendimiento.
Antecedentes Jurídicos/Instrumentos de planeación relacionado con el emprendimiento en Colombia
Con relación a la normatividad existente alrededor del emprendimiento en Colombia, podemos encontrar la siguiente legislación:
- Ley 90 de 1990 por las cuales se dictan disposiciones para el fomento de la investigación científica y el el desarrollo tecnológico y se otorga facultades especiales.
- Ley 344 de 1996, por la cual se dictan normas tendientes a la racionalización del gasto público, se conceden unas facultades extraordinarias y se expiden otras disposiciones.
- Ley 590 de 2000, sobre promoción del desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa colombiana, modificada por la Ley 905 de 2004 y por la Ley 1151 de 2007 por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010.
- Ley 789 de 2002, por la cual se crea el Fondo Emprender.
- Ley 1014 de 2006, de fomento a la cultura del emprendimiento.
- Ley 1286 de 2009, por la cual se modifica la Ley 29 de 1990, se transforma a Colciencias en Departamento Administrativo, se fortalece el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación en Colombia y se dictan otras disposiciones.
- Decreto 393 de 1991, por el cual se dictan normas sobre asociación para actividades científicas y tecnológicas, proyectos de investigación y creación de tecnologías.
- Decreto 585 de 1991, por el cual se crea el Consejo Nacional de Ciencia y tecnología, se reorganiza el Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología (Colciencias) y se dictan otras disposiciones.
- Decreto 4466 de 2006, por el cual se reglamenta el artículo 22 de la Ley 1014 de 2006, sobre constitución de nuevas empresas.
- Decreto 2175 de 2007, sobre la administración y gestión de carteras colectivas, en el cual se precisaron algunos aspectos relativos a los FCP.
- Decreto 525 de 2009 por el cual se reglamenta el artículo 43 de la Ley 590 de 2000, sobre la gradualidad del pago de parafiscales.
- Decreto 1192 de 2009, por el cual se reglamenta la Ley 1014 de 2006 sobre el fomento a la cultura del emprendimiento y se dictan otras disposiciones.
- La resolución 470 de 2005 de la Superintendencia Financiera, que permitió el establecimiento de Fondos de Capital Privado.
- La Circular 8 de 2008 de la Superintendencia Financiera, que autorizó a las administradoras de fondos de pensiones del régimen de pensión obligatoria, para realizar inversiones en fondos de capital privado colombianos.
- CONPES 3297 del 26 de julio de 2004, que define la Agenda Interna para la Productividad y Competitividad.
- CONPES 3424 del 16 de mayo de 2006, sobre Banca de las Oportunidades.
- CONPES 3439 del 14 de agosto de 2006, que crea el Sistema Administrativo Nacional de Competitividad (El Decreto 1475 de mayo de 2008 incluye al MCIT en la Secretaria Técnica y define que MCIT y Confecámaras coordinarán las Comisiones Regionales de Competitividad).
- CONPES 3484 del 13 de agosto de 2007, sobre política nacional para la transformación productiva y la promoción de las Mipymes.
- CONPES 3527 del 23 de junio de 2008, sobre la Política Nacional de Competitividad y Productividad. Según la Política Nacional de Competitividad y Productividad, un país puede aumentar el valor de su producción por 3 vías: produciendo más (productividad), produciendo mejor (aumentando la calidad) o produciendo nuevos productos (transformación productiva). El emprendimiento es fundamental para alcanzar la transformación productiva y de ahí su estrecha relación con la competitividad.
- CONPES 3533 del 14 de julio de 2008, “Bases para la adecuación del sistema de propiedad intelectual a la competitividad y productividad nacional.
- CONPES 3582 del 27 de abril de 2009, “Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación”.
Política nacional de emprendimiento.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ha asumido importantes retos relacionados con la aplicación de la Ley 1014 de 2006 de fomento a la cultura del emprendimiento, la cual lo compromete como actor responsable de la política pública en la materia.
En respuesta a los ejes problemáticos identificados previamente, la política de emprendimiento en Colombia está soportada en tres pilares (objetivos estratégicos) definidos a continuación:
Inicialización de la actividad formal
- Simplificación de tramite
- Reducción de costos
- Difusión de información
- Control de informalidad
Financiación
- Capital semilla
- Capital de riesgo, privado
- Redes de inversionistas
- Banca de oportunidades
- Fondo nacional de garantías
Articulacion
- Red nacional y redes regionales
- Comisiones regionales
- De competitividad
- Coordinación con actores (grandes empresas y fundaciones)
Adicionalmente, la política desarrolla dos ejes transversales a saber:
- Fomentar de la industria de soporte “no financiero”, que provee acompañamiento a los emprendedores desde la conceptualización de una iniciativa empresarial hasta su puesta en marcha
- Promover emprendimientos que incorporan ciencia, la tecnología y la innovación.
Plan nacional de desarrollo /plan de desarrollo ciudad de Santa Marta
La ley 1450 del 2011 que consagra el plan nacional de desarrollo en tema de emprendimiento estipula en su artículo 3 que como eje trasversal se incentive la innovación en las actividades productivas nuevas y existentes en los procesos sociales de colaboración entre el sector público y el sector privado; el artículo 32 hace referencia a la promoción del desarrollo de la contratación publica en donde las pymes previo cumplimiento de requisitos también podrán participar de la convocatorias de igual forma, en los pliegos de condiciones las entidades estatales, dispondrán, de mecanismos que fomenten en la ejecución de los contratos estatales la provisión de bienes y servicios por población en pobreza extrema, desplazados por la violencia, personas en proceso de reintegración y, sujetos de especial protección constitucional.. En el artículo 33 se crean las Comisiones Regionales de Competitividad quienes coordinarán y articularán al interior de cada departamento la implementación de las políticas de desarrollo productivo, de competitividad y productividad, de fortalecimiento de la micro, pequeña y mediana empresa, y de fomento de la cultura para el emprendimiento a través de las demás instancias regionales tales como Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnología e Innovación (CODECYT), Comités Universidad-Estado-Empresa, Comités de Biodiversidad, Redes Regionales de Emprendimiento, Consejos Regionales de PYME, Consejos Ambientales Regionales, Comités de Seguimiento a los Convenios de Competitividad e Instancias Regionales promovidas por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. El artículo 34 establece la creación del consejo nacional de beneficios tributarios en ciencia, tecnología en innovación y en el artículo 36 se establece que podrá deducirse de la renta, el 175% personas que realicen inversiones en proyectos calificados como de investigación y desarrollo tecnológico. El articulo 44 modifica el fondo de modernización e innovación para las micro, pequeñas y medianas empresas con el propósito de aplicar instrumentos financieros y no financieros mediante cofinanciación no reembolsable de programas, proyectos y actividades para la innovación, el fomento y promoción de las Mi pymes. El artículo 52 y el 232 racionalizan los trámites y regulaciones empresariales. El articulo 55 democratiza la accesibilidad a servicios de TIC El articulo 175 hace referencia sobre el financiamiento del patrimonio cultural, el articulo 180 y 181 flexibiliza la oferta dirigida a la población víctima del desplazamiento.
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