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ESTADO Y GLOBALIZACIÓN


Enviado por   •  23 de Marzo de 2013  •  3.811 Palabras (16 Páginas)  •  212 Visitas

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ESTADO Y GLOBALIZACIÓN

ESTADO COMO SUJETO DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO:

El Derecho Internacional se define como la colección de razones jurídicas internacionales que regulan las leyes de los estados y otros sujetos de derecho internacional, que son representados por sus cortes supremas. Es una forma de asociación permanente de seres humanos de naturaleza institucional con asiento en un territorio determinado, considerado como propio, dotado de un poder político organizado y centralizado, titulares de deberes y derechos jurídicos-internacionales.

Los Sujetos del Derecho internacional son los Estados, las Organizaciones Internacionales, la comunidad beligerante, los movimientos de liberación nacional y el individuo, persona física como sujeto pasivo del derecho internacional, es decir; que recibe de él derechos y obligaciones. Además, pueden agregarse ciertos casos especiales, como el de la Santa Sede y la Orden de Malta. Los sujetos son las entidades con derechos y obligaciones impuestas por el Derecho internacional. Para la concepción Clásica los Estados; son los sujetos plenos del ordenamiento internacional, sin que puedan existir otros sujetos que no sean Estados. En la actualidad, ésta posición ha sido revisada, considerando que si bien los Estados son los sujetos naturales y originarios, existen a su lado, otros sujetos derivados o secundarios.

Los propios Estados para el gobierno y manejo de sus relaciones se ven obligados a la creación de sujetos internacionales. Los Estados como sujetos creadores de derecho internacional, tienen la prerrogativa de dar existencia a nuevas personas internacionales y la función privativa de los Estados, que es la de elaborar las normas del derecho internacional, es compartida y delegada a estos nuevos sujetos, como por ejemplo, las organizaciones internacionales.

El Derecho Internacional formula los principales mecanismos de cooperación Internacional. Dirigidos al logro del progreso económico y social de todos los Estados. Por ellos se puede decir que en términos generales el Derecho Internacional siempre ha estado enfocado a preservar la PAZ y a evitar el estallido de CONFLICTOS BÉLICOS procurando la coexistencia entre los estados soberanos y la cooperación internacional, mediante la resolución pacífica de sus controversias internacionales.

El Derecho Internacional parte de la existencia de hechos sociológicos, como son las relaciones de índole político, económico, social, cultural comercio entre los diferentes estados que conforman la comunidad Internacional, pero también se toman en cuenta otros conceptos fundamentales como es la necesidad de evitarla guerra, mantener la paz y lograr un mínimo de condiciones que proporción en bienestar general dentro de los conflictos suscitados.

Como ejemplos de la cooperación económica existente entre los Estados tenemos los Mercados Internacionales Abiertos. En materia tecnológica, existe una gran cooperación mediante un nutrido intercambio de ideas para la utilización de la energía nuclear para fines pacíficos, la utilización y explotación de los recursos del fondo marino (convención de Montego Bay).

Es por todo esto, que el Estado es un concepto político que se refiere a una forma de organización social soberana y coercitiva, formada por un conjunto de instituciones involuntarias, que tiene el poder de regular la vida nacional en un territorio determinado. Una Organización Internacional se define como una asociación voluntaria de estados establecida por acuerdo internacional, dotadas de órganos permanentes propios e independientes, encargados de gestionar unos intereses colectivos y capaces de expresar una voluntad jurídicamente distinta de la de sus miembros.

El Estado es el sujeto de derecho internacional público por antonomasia. Esto se debe a que, en las relaciones internacionales puede responder moralmente y con su patrimonio material de los compromisos que libremente haya contraído. Es decir, su condición de sujeto proviene de su condición de ente responsable. La responsabilidad es la nota esencial de la capacidad internacional. De allí que solo se consideran únicamente los Estado, como sujetos de derecho internacional. El Estado como ente de derecho, tiene ciertas y determinadas características que lo tipifican como tal. Entre estas podemos señalar a sus elementos esenciales: territorio, población y gobierno. El ente de derecho internacional que posee estas características es en realidad el Estado y, por lo tanto, el sujeto lógico y natural de esta disciplina. Los Estado son los que en uso de su soberanía mantienen relaciones internacionales y son, por lo tanto, los que en la comunidad internacional son capaces de obligar y de obligarse. En la Carta de las Naciones, artículo 3, capitulo 2, se sostienen que solo los Estados son miembros de esa organización e igualmente cuando se señala que solo los estados podrán ser parte en casos ante la Corte (Art. 34-1).

Desde el punto de vista jurídico no es posible que existan, porque la noción de responsabilidad es esencial para ello y solo los Estados lo son en el campo internacional. Sin embargo muchos autores consideran como sujetos de derecho internacional a las Naciones, al papado a los organismos internacionales y al hombre. En lo que respecta a la nación, se diferencia del concepto del Estado, en que entre sus elementos constitutivos no se encuentra el gobierno, que ha sido sustituido por un sentimiento histórico, religioso, étnico o de otro orden. Como ejemplo se puede decir que muchas naciones pueden convivir dentro de un mismo estado. El Estado italiano estaba dividido en una serie de nacionalidades hasta 1849, cuando el Rey Víctor Manuel Segundo, emprendió su política nacional de reunificación. El papado no puede considerarse un Estado por la ausencia de un fin material perseguido. Sin embargo, por su importancia los demás Estados tratan al papado (Vaticano) de igual a igual. Los organismos internacionales como la ONU y la OEA, entran también en esta categoría de entes de derecho, porque en sus relaciones dentro de la comunidad internacional, dichos organismos obran en forma limitada y las prerrogativas, inmunidades y demás beneficios diplomáticos les pertenecen por concesión que ese sentido han hecho los Estados que integran dichos organismos.

EL ESTADO NACIONAL EN EL CONTEXTO DE LA GLOBALIZACIÓN NEOLIBERAL:

El capitalismo globalizado es un terreno de polarización más que de competencia, vale decir, de subordinación. En efecto, el peso de los estados en la mundialización estaría en función de su nivel de desarrollo -de sus fuerzas productivas del capital fijo-. Y como hemos visto esa desigualdad se ha convertido más que en "brecha tecnológica",

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