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El Derecho Como Norma De Conducta


Enviado por   •  10 de Febrero de 2013  •  954 Palabras (4 Páginas)  •  1.529 Visitas

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Existen una gran variedad de normas, podemos encontrar las normas sociales que regulan la vida del hombre al convivir con otros hombres, hasta normas que regulan la relación del hombre con la divinidad además de los diferentes grupos sociales que a la vez desarrollan cada uno un conjunto ordenado de reglas. Pero cada una de estas normas tiene un elemento característico en común son proposiciones que tiene como fin influir en el comportamiento de los individuos y dirigir la acción de aquellos hacia ciertos objetivos. Por consiguiente 1 “la experiencia jurídica es una experiencia normativa”.

En relación a esta teoría normativa, existen teorías que difieren que las reglas de conductas sean elementos característicos de la experiencia jurídica como son la teoría del derecho como institución y teoría derecho como relación. La teoría del derecho como institución de Santi Romano sugiere que el derecho debe contener lo siguientes elementos esenciales como: la sociedad, el orden y la organización, esto quiere decir que existe Derecho cuando hay un orden social organizado, a lo que Romano llama INSTITUCION. Cuando una sociedad logra organizarse e institucionalizarse llega a ser un ORDENAMIENTO JURIDICO. Todo lo anterior revela una incoherencia en la teoría de Romano : Se puede admitir que el derecho presupone la sociedad, o que es el producto de la vida social, pero no se puede admitir que toda sociedad sea jurídica.

Al respecto de la Teoría de la Institución cabe señalar que rompió el esquema de la Teoría Estatalista con una nueva perspectiva haciendo el 2“Derecho un fenómeno social y considerando el fenómeno de la organización como criterio fundamental para distinguir una sociedad jurídica de una no jurídica”, dejando atrás la perspectiva estatal que considera el derecho solo Estatal y lo identifica con el ámbito del Estado. La teoría

Estatalista del derecho nació de la disolución de la sociedad medieval, lo que ocasiono la creación de varios ordenamientos jurídicos por lo cual fue una sociedad pluralista. Por medio del proceso al que podemos nombrar como la monopolización de la producción jurídica se creo el Estado Moderno, que consistió en la eliminación y la absorción de ordenamientos jurídicos superiores e inferiores por parte de sociedad nacional. Este nuevo Estado surgió equidistante a la formación de un poder coactivo como resultado de lo anterior se dio la eliminación de todo centro de producción jurídica que no fuera el mismo Estado. La aparición del Estado nacional moderno se caracterizo por el proceso de concentración del poder normativo y coactivo que fue lo que ocasiono la tendencia a de identificar el derecho con el derecho estatal. La teoría del Derecho Hegel fue la teoría mas elaborada de este proceso. La doctrina de la INSTITUCION fue una de las tantas respuestas de algunos teóricos del derecho y de la política en contra al ESTATALISMO y en la expansión de esta.

Como ya se hizo anotar anteriormente la teoría de la Institución difiere con la teoría normativa, afirmando proponer mejores métodos para comprender el fenómeno jurídico que los ofrecidos por la anterior; hay que dejar claro que aunque todas estas teorías discrepan en algunos puntos no se pueden tomar como del todo verdaderas o falsas, mas bien unas mas o menos oportunas que las otras. En síntesis la teoría de la institución, al destruir a la teoría estatalista cree luchar contra la teoría normativa, a pesar de que estas dos teorías no concuerdan debido a que la teoría normativa atribuye a que las reglas de conducta son el origen del ordenamiento jurídico, mientras la teoría estatal afirma que el derecho es un conjunto de reglas que deben ser coactivas, tal vez debería tomarse la teoría estatal como una manera mas limitada de la teoría normativa. Ahora ilustremos el siguiente ejemplo teniendo en cuenta todo lo dicho anteriormente: Para que una sociedad logre institucionalizarse, debe primero organizase y para que haya organización se requieren de reglas de conductas. Este ejemplo deja claro que la teoría de la institución no puede sustituir a la teoría normativa más bien mantenerla porque “una institución equivale a un ordenamiento jurídico y a la vez este equivale a un sistema de normas”. Continuemos con otra doctrina, la cual basa la experiencia jurídica en una relación intersubjetiva, esta es la Teoría de la Relación Intersubjetiva que se origina de la idea de que el derecho es un fenómeno social que tiene sus orígenes de la sociedad, esta misma idea da origen al Institucionalismo mas

iluministas y en el iusnaturalismo (donde la voluntad de los particulares dan como producto el derecho), donde consideran que el Derecho se puede constituir como una simple y pura relación entre dos personas, e ir en contra de su percepción del Derecho que es visto como el producto , no del individuo, ni de los individuos, sino de la sociedad en conjunto. Todo lo que afirmaban los institucionalista sobre la teoría de la relación se pueden comprobar en “Doctrina del Derecho” de Manuel Kant gran representante de los iluminista y la Filosofía Contemporánea del Derecho en Italia representado por Giorgio del Vecchio. Enfatizando un poco en la teoría de la relación, encontramos el siguiente libro la TEORIA GENERALE DEL DIRITTO (Teoría general del Derecho)de Alessandro Levi como relación jurídica donde Levi interpreta la relación jurídica como una relación intersubjetiva, donde contradictoriamente la norma es el ideal de la relación, seguida por una serie de características de la relación jurídica como lo son la protección, la sanción, la pretensión, y la prestación, las cuales no son propia de la relación intersubjetiva mas bien de una relación guiada por una norma.

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