El Desastre
lilibesca23 de Junio de 2014
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LAS CONDICIONES PARA LA GESTION DE RIESGOS
4.1 Contexto General
4.1.1 Síntesis País
Venezuela ocupa una parte de la porción septentrional de Sudamérica, se ubica en las
coordenadas comprendidas entre los 0º 38’ 53” y 12º 11’ 46” de Latitud Norte y 53º 47’
30” y 73º 23’ 00” de Longitud Oeste.
El país está estructurado en 23 estados, un Distrito Capital, el cual es asiento de la ciudad
de Caracas; los territorios federales y 74 islas en el mar Caribe que constituyen las
Dependencias Federales.
La población, de acuerdo a la proyección al año 2005 basada en las cifras arrojadas por el
ultimo censo nacional, Censo 2001, era de 23.232.316 habitantes, generando una
densidad de 25,70 hab/Km². Se considera importante señalar que la distribución de la
misma en el territorio nacional no es equilibrada, más del 60 por ciento se agrupa en los
valles y piedemontes de la cordillera de la Costa y la de Los Andes, creándose así
grandes vacíos poblacionales al Sur del eje fluvial Orinoco-Apure. Más del 40% de la
población está asentada en las ocho ciudades más importantes del país, entre ellas
Caracas, Maracaibo, Valencia y Barquisimeto.
La economía venezolana se basa principalmente en la explotación del petróleo y sus
derivados. En los últimos años ha tendido a densificarse con exportaciones de mineral de
hierro, aluminio, carbón, cemento y productos no tradicionales, como materias
petroquímicas, manufacturas metálicas de acero y otras.
En relación a la actividad agropecuaria, a mediados de la década de los noventa,
ocupaban al 15 por ciento de la población activa del país y contribuyeron con el 6 por
ciento del PIB anual. La superficie cultivada ascendió. Los recursos agrarios del país se
expresan en diversos sistemas productivos que cubren desde la agricultura de subsistencia
y semicomercial, desarrollada en tradicionales conucos y en pequeñas fincas donde se
cultivan productos para el consumo doméstico hasta plantaciones de diversos tipos,
dedicadas al cultivo de café, cacao, caña de azúcar y otros productos comerciales.
Por su parte, los extensos recursos pesqueros de Venezuela están compuestos por una
amplia variedad de vida marina. La captura comercial más importante es la de camarones,
seguido por el atún, la sardina y el pescado. Se ha introducido la maricultura de
camarones en el litoral caribeño, la crianza de truchas en piscifactorías de los estados
Mérida y Táchira y la acuicultura fluvial.
En relación con la organización interna del país y de sus poderes públicos, Venezuela es
un estado federal descentralizado que se rige por principios de integridad, cooperación,
solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad. Tiene tradición democrática y todos los
ciudadanos mayores de 18 años tienen derecho al voto Apoyo a la Prevención de Desastres en la Comunidad Andina – PREDECAN 21
VENEZUELA
Los artículos 4, 5, 6 y 7 de la Constitución programan la estructura político administrativa
del país, señalando igualmente que esta es la norma suprema del Estado (ver ANEXO X).
Venezuela cuenta con tres (3) niveles de gobierno y está dividida político-territorialmente
en estados y estos a su vez en municipios. En cuanto a los municipios, la mayoría se
encuentran divididos en parroquias.
Del mismo modo, se consagra la figura de los Distritos Metropolitanos, los cuales están
constituidos por dos o más municipios que por su proximidad y desarrollo se encuentran
conurbados o fusionados, esta situación se plantea generalmente en los principales
centros poblados, que están conformados por varios municipios y por consiguiente
requieren unificar criterios de gobernabilidad. Sin embargo, hasta ahora en Venezuela se
han constituido el Distrito Metropolitano de Caracas y el Distrito Metropolitano del Alto
Apure.
4.1.2 Competencias de cada nivel de gobierno
a. Competencias Nacionales
En cuanto a la primera subclasificación, se tiene que la Constitución contempla
competencias exclusivas, sobre todo al nivel nacional de gobierno, y algunas otras
competencias consagradas específicamente como concurrentes. En el caso del presente
estudio se puede señalar el tema de la seguridad ciudadana, que de acuerdo al artículo
332 de la Constitución es una competencia concurrente, como luego se verá.
b. Competencias del poder estadal
En este punto es pertinente señalar que la actual Constitución consagra competencias
expresas a los estados, lo cual difiere del régimen anterior, donde estas entidades tenían
una competencia residual. Del mismo modo y como en el caso anterior, se prevé la
posibilidad de transferencias de algunas de sus competencias a los municipios.
c. Competencias municipales
En cuanto a las entidades municipales, también poseen competencias exclusivas. La
Constitución señala expresamente que el municipio es la unidad política primaria de la
organización nacional, es el nivel de gestión más cercano al ciudadano y eso lo reviste de
gran importancia en la nueva visión del Estado que se orienta a la integración progresiva
de la participación ciudadana en la resolución de los asuntos públicos, como se verá en
algunas de las leyes que se consideraran posteriormente. Por otra parte, la Constitución
también considera la situación anteriormente señalada de la posibilidad de que los
municipios establezcan contratos de mancomunidad o de organizar el gobierno municipal
a dos niveles, mediante la figura de los Distritos Metropolitanos, en aquellos casos de
municipios que son colindantes y tengan vínculos económicos, sociales o físicos. En este
mismo orden de ideas se le asigna la facultad para la creación de parroquias concebidas Apoyo a la Prevención de Desastres en la Comunidad Andina – PREDECAN 22
VENEZUELA
como unidades de gestión y desconcentración de la administración y participación
ciudadana.
4.1.3 Descripción de los poderes públicos
En Venezuela la Constitución consagra la existencia de 5 poderes públicos, autónomos e
independientes entre sí. La representación y funciones específicas se muestran en el
ANEXO X. Estos poderes en el ámbito nacional son:
El PODER EJECUTIVO, está representado por la figura del Presidente de la República,
quien es elegido de manera popular para un período de seis años, con derecho a
reelección inmediata. Un Vicepresidente, y un Consejo de Ministros que son designados
por el Presidente de la República, y de manera residual se establece la posibilidad de que
la Ley determine otros cargos que sean requeridos, en este capítulo la Constitución
incorpora la figura del Procurador o Procuradora, quien defiende los derechos de la
nación y asiste de manera permanente a las reuniones del Consejo de Ministros. Cabe
señalar, que la figura del Vicepresidente ha sido incorporada en la Constitución de 1999 y
que actualmente el país cuenta con 24 Ministerios.
El PODER LEGISLATIVO, reside en la Asamblea Nacional y está representado por los
diputados y diputadas: La Constitución promueve la representatividad de todos los
sectores y el equilibrio en proporción a la población de cada estado, y se establece una
especial consideración sobre la representación de los indígenas y la visión de género.
Todos los miembros elegidos ejercen períodos de 5 años y pueden ser reelectos hasta por
dos períodos. Su función fundamental es la de legislar, pero también tienen algunas
atribuciones de investigación y control de la gestión de los otros poderes, las cuales
ejercen a través de las interpelaciones. Del mismo modo, tienen atribuida la designación
de algunos funcionarios de alto nivel, tal es el caso de los miembros del poder electoral y
del poder ciudadano.
El PODER JUDICIAL, cuya competencia fundamental es la de administrar justicia, se
conforma en tal sentido en el sistema de justicia, que incluye en el nivel de gobierno
nacional desde el Tribunal Supremo de Justicia cuyos magistrados ejercen sólo un
período de doce años hasta la figura del Ministerio Público que además forma parte del
Poder Ciudadano.
EL PODER CIUDADANO, está representado por el Consejo Moral Republicano, que a
su vez está conformado por el Fiscal General de la República, el Contralor General de la
República y el Defensor del Pueblo, entre ellos designan al Presidente del Consejo por
períodos de un año, con posibilidad de reelección: Los órganos del Poder Ciudadano son
la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público y la Contraloría General de la República.
EL PODER ELECTORAL, que está representado por Consejo Nacional Electoral y se
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