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El Sistema Jurídico Romano-Germánico


Enviado por   •  15 de Marzo de 2022  •  Documentos de Investigación  •  1.824 Palabras (8 Páginas)  •  2.356 Visitas

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INTRODUCCIÓN.

El Sistema Jurídico Romano-Germánico (Derecho Civil o Derecho Civil) es un sistema jurídico originario de Europa, intelectualizado con el marco del derecho romano tardío, y cuya característica más prevalente es que sus principios fundamentales están codificados en un sistema reverenciable, que sirve como fuente primaria del derecho. Esto puede contrastar con los sistemas de common law cuyo marco intelectual proviene de la ley de decisión hecha por el juez, que otorga autoridad presidencial a las decisiones judiciales anteriores sobre el principio de que es injusto tratar hechos similares de manera diferente en diferentes ocasiones (doctrina del precedente judicial). Históricamente, el sistema legal romano-germánico es el grupo de ideas y sistemas legales derivados en última instancia del Código de Justiniano, pero fuertemente superpuestos por prácticas germánicas, canónicas, feudales y locales, así como tensiones doctrinales como las leyes naturales, la codificación y el positivismo legislativo. Conceptualmente, el sistema jurídico romano-germánico procede de abstracciones, formula principios generales y distingue las normas sustantivas de las normas procesales. Considera que la jurisprudencia es secundaria y está subordinada al derecho estatutario. La característica marcada de los sistemas romano-germánicos es que utilizan códigos con texto breve que tiende a evitar escenarios específicos de hecho. Los artículos del Código tratan de generalidades y, por lo tanto, están en contradicción con los regímenes legales que a menudo son muy largos y muy detallados. El Sistema Jurídico Romano-Germánico es el sistema jurídico más extendido del mundo, vigente en diversas formas en unos 150 países.

Una gran parte de la cultura jurídica moderna es de origen romano, ya sea por sus raíces históricas en el occidente o por la colonización en otros de oriente. Nos ha llevado a la conservación del ius romanista hasta nuestros días, sin embargo, realizamos la pregunta de ¿Cómo se preservo el derecho romano a lo largo del tiempo?, así mismo tiempo que nos cuestionamos el origen de la relación entre el derecho romano y el germánico que se genero a partir de los constantes conflictos bélicos y migraciones, o ¿cómo es que un derecho tan avanzado puede compaginar con el primitivo germánico?, son cuestiones que atienden a nuestra investigación.

 Sistema jurídico Romano-Germánico y la relación con el Derecho Mexicano.

El derecho romano-germánico, o civil, se refiere a la ciencia jurídica que se ha desarrollado sobre la base del jus civile romano o derecho civil. La fundación de este sistema es la compilación de reglas hechas en el siglo VI d.C. bajo el emperador romano Justiniano. Estas normas están contenidas en el Código de Justiniano y han evolucionado esencialmente como derecho privado, como medio de regular las relaciones privadas entre individuos.

Después de la caída del Imperio Romano, el Código de Justiniano compitió con el derecho consuetudinario de las tribus germánicas que habían invadido Europa. El código fue reintroducido en los planes de estudio de las escuelas de derecho entre el año 1100 d.C. y el 1200 d.C. en el norte de Europa, y luego se extendió a otras partes del continente. Así, el derecho romano coexistió con los sistemas locales de toda Europa hasta el siglo XVII. En el siglo XIX, el código napoleónico y, posteriormente, el código del nuevo Imperio alemán de 1900 y el código suizo de 1907 son ejemplos de la institucionalización de este sistema jurídico.

Los sistemas codificados son leyes básicas que se establecen en códigos. Un código es simplemente un cuerpo de leyes. Estos estatutos son promulgados por parlamentos nacionales que organizan campos enteros del derecho de una manera ordenada, integral, acumulativa y lógica. Hoy en día, la mayoría de los países europeos tienen códigos nacionales basados en una mezcla de derecho consuetudinario y romano que hace que los sistemas resultantes sean miembros de la tradición jurídica romano-germánica.

El sistema jurídico romano-germánico se caracteriza por una serie de características que se aplican a todos los Estados a los que pertenece. Estas características, por supuesto, no se pueden forjar en cada país en la misma medida. Esto se debe a las características históricas y culturales de cada estado: la recepción de las instituciones romanas se llevó a cabo individualmente por cada entidad soberana.

En particular, la declaración de que el sistema jurídico romano-alemán tiene lugar en la Federación de Rusia, es controvertido. La razón de ello es el pasado soviético, un período en el que la legislación nacional ha sufrido una serie de transformaciones significativas. La importancia de las reformas legales de la época, en opinión de algunos analistas rusos y extranjeros, permite clasificar a Rusia como un tipo muy específico: los sistemas jurídicos socialistas. Sin embargo, esta afirmación es seriamente criticada, con el fin de entender la esencia y la justicia de la que es necesario considerar la estructura de la rama continental.

El sistema jurídico romano-germánico se caracteriza por la división del derecho a lo privado y lo público. La lógica de esta clasificación es que la relación entre los órganos del Estado y los ciudadanos difiere de la interacción de los individuos.

El sistema jurídico romano-Germánico se establece en estados donde el término "estado de derecho" se entiende de la misma manera. Se trata como una regla de comportamiento, que tiene las siguientes características:

La universalidad. Esta característica no debe entenderse literalmente. La universalidad tiene limitaciones naturales. Así, por ejemplo, los actos de las autoridades regionales operan sólo dentro del sujeto, y los derechos otorgados por la norma federal a un funcionario no pueden ser utilizados por absolutamente todos los ciudadanos del país.

Constancia en el tiempo. El sistema jurídico romano-Germánico difiere, por ejemplo, de la familia anglosajona en que una norma particular es significativa y aplicable no sólo en un caso concreto.

La base para la codificación. Las normas del sistema continental no son inconexas, se combinan y sistematizan en los actos pertinentes. Uno de los objetivos de la creación de los llamados códigos es simplificar la búsqueda y comprensión de las reglas de comportamiento de los ciudadanos comunes.

El resultado de la iniciativa de los órganos legislativos. En el sistema continental, las normas son creadas en un cierto orden por funcionarios autorizados. En la familia anglosajona existe una jurisprudencia (la decisión tomada en el caso puede ser utilizada como modelo para jueces del mismo nivel o instancias inferiores en situaciones similares).

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