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El Sitema Pensionario En El Peru


Enviado por   •  6 de Septiembre de 2013  •  16.126 Palabras (65 Páginas)  •  334 Visitas

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Resumen

En el presente trabajo se describe la industria de las AFP, se analizara la organización industrial y las características del mercado del mismo, para el cual se hace una evaluación del comportamiento que desarrollan los agentes en tal mercado.

El documento es realizado básicamente para determinar le grado de competitividad que existe en este mercado, para determinar la estructura de mercado de esta industria. Esto se hará teniendo como información las ultimas cifras concernientes a las 4 administradoras de fondos de pensiones.

Se pretende identificar el grado de participación de cada AFP, aunque el mercado que describen las mismas son de oligopolio, se pueden dar ciertos comportamientos que muestren cierta competitividad en dicho mercado.

Además que muchas veces el numero de empresas participantes no es un absoluto determinante de la estructura de mercados, sino muy por el contrario existen otros factores que incluso pueden llegar a determinar el numero de empresas participantes en dicha industria

Cabe añadir que en el presente documento se hace análisis sobre la normatividad y la regulación de esta industria

Introducción

El Sistema Privado de Pensiones peruano (SPP) fue implementado en 1993 como parte del paquete de las reformas estructurales que caracterizaron esta época de la historia económica peruana.

Las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) son definidas como entidades privadas constituidas por un capital que es independiente de los fondos que ellos administran.

El mercado laboral año a año viene presentando un crecimiento en cuanto a empleo y formalidad se refiere, el hecho de que cada ves mas la informalidad sea disminuida implica que los trabajadores ocupados cumplan con los requisitos tributarios, sabemos que un empleado publico esta en la obligación de afiliarse a un sistema de pensiones ya sea el nacional o el privado, un caso muy diferente al de los trabajadores independientes quienes hacen este aporte de manera voluntaria.

En el sistema privado de pensiones se establecen cuentas individuales a cada trabajador, que son administradas por empresas especializadas denominadas Administradoras Privadas de Pensiones (AFPs).

Debido al carácter administrador de los fondos de pensiones administrados por las AFP, el estado dictó una serie de dispositivos legales para garantizar que estos fondos sean administrados adecuadamente. Así, se dictó la Ley del Sistema Privado de Pensiones y se creó la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones como ente regulador, que más adelante fue integrada a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.

La problemática que surge a raíz de lo anteriormente expuesto es que, hay una disyuntiva entre el verdadero comportamiento que presentan las administradoras de fondos de pensiones, es decir, el saber si el mercado de estas empresas es un mercado competitivo o un mercado oligopólico.

Además de señalar si las normas regulatorias de esta industria es eficaz respecto a la fijación de precios y a la adecuada administración de los fondos de los afiliados.

Los objetivos del presente trabajos son:

• Identificar la estructura de mercado de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP)

• Mostrar la regulación que tiene este mercado, y si las mismas son eficientes o no.

El estudio se hará tomando en cuenta las características que describen las diferentes estructuras de mercados, así como también las características que reúne las Administradoras de Fondos de Pensiones, para así de esta manera explicar el comportamiento que estas desarrollan dentro de ese margen. La determinación de la estructura de mercados obedecerá a estos factores. Así mismo respecto a la regulación se determinara el funcionamiento de las mismas.

El instrumento principal del levantamiento de datos será los datos acerca de la participación porcentual de cada empresa participante, cifras sobre el total de trabajadores del sector formal e informal, entre otros. Datos que serán recopilados de fuentes de la Superintendencia de Banca y Seguros, el Ministerio de Trabajo y Promoción Social, INEI y el Sistema Privado de Pensiones.

CONCEPTO DE PENSIÓN

En general la pensión se entiende como un seguro social frente a los riesgos laborales (desempleo, accidente de trabajo, enfermedad, seguro médico, invalidez...) o contra la vejez (jubilación) u otras circunstancias sobrevenidas por dependencia como la discapacidad, viudez, orfandad, la separación o divorcio y otras derivadas de la acción militar, a víctimas de atentados terroristas o por sentencias derivadas de errores privados (accidentes laborales, accidentes de tráfico, errores médicos...) o públicos (sentencias de prisión erróneas, dejación de controles públicos, accidentes) que también pueden generar pensiones.

Estas situaciones de protección social generan a título individual distintas pensiones:

• Pensiones contributivas: se ha pagado a lo largo de un tiempo, normalmente en la vida laboral (por el pensionista y/o la empresa) el derecho a recibir una pensión.

o Pensión de jubilación

o Pensión por desempleo (seguro de desempleo o subsidio de desempleo)

• Pensiones no contributivas: no se ha pagado por ese derecho directamente ya que se deriva del sistema de protección general o de las leyes establecidas.

o Pensión de viudedad/viudez

o Pensión de orfandad

o Pensión al cónyuge

o Pensión alimenticia

Las pensiones han sido, tradicionalmente, un pago a un empleado jubilado o inválido o al cónyuge y descendientes de un empleado fallecido.

La pensión creada por el empleador a beneficio de un empleado se conoce como plan de jubilación o de pensión privado.

Los sindicatos y otras organizaciones también pueden ofrecer pensiones.

En los estados donde existe un nivel de Estado del bienestar mínimo, suele existir un sistema público de pensiones.

INTRODUCCIÓN HISTÓRICA

El Sistema Pensionario en el Perú nace con "la Ley del 22 de Enero de 1850 concernientes a la cesantía y jubilación, el mismo que se amplía el 04 de noviembre de 1851 a la prestación de montepío,

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