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El concepto de la causa penal Venezolano


Enviado por   •  19 de Enero de 2014  •  Trabajos  •  941 Palabras (4 Páginas)  •  239 Visitas

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El proceso penal venezolano establece principios procesales fundamentales para hacer efectiva la aplicación de la tutela judicial efectiva en la práctica de la obtención de las pruebas, por lo que debe respetarse los convenios tratados y acuerdos internacionales, la constitución de la república bolivariana de Venezuela y el código orgánico procesal penal.

Se considera que los principios que regulan el régimen probatorio establecido en el código orgánico procesal penal, corresponden plenamente a los patrones del sistema acusatorio y Por ello son:

Carga de la prueba:

En el sistema acusatorio, corresponde al titular de la acción penal, sea la fiscalía o sea un acusador privado, el probar la culpabilidad del acusado y en consecuencia, este no está obligado a probar su inocencia. Esto quiere decir que el titular de la acusación es quien tiene la carga de la prueba de los hechos imputados y el tribunal solo puede acometer la búsqueda de la prueba para mejor proveer.

El principio de la carga de la prueba no está expresamente consagrado en el título preliminar del código orgánico procesal penal, que recoge los principios fundamentales del nuevo ordenamiento procesal penal venezolano pero esta incito de manera irrestricta en el carácter de la acción penal, o facultad de perseguir e investigar el delito que a su vez no corresponde al tribunal, sino a las partes acusatorias (principalmente al ministerio público). En el mismo orden de ideas se estipula que en la carga de la prueba son las partes las que deben suministrar la prueba de ciertos hechos, sea porque los invoca en su favor o de ellos se deduce lo que pide, o por lo opuesto goza de presunción o de notoriedad o porque es una negación indefinida.

Libertad de prueba

El principio de prueba libre es aquel según el cual, en el proceso es admisible todo tipo de prueba, y todo hecho relacionado con el juzgamiento puede ser objeto de prueba.

Legalidad de la prueba

El principio de la legalidad de las pruebas que se encuentra recogido en el artículo 197 del COPP venezolano, consiste en que solo serán admisibles como medios de prueba aquellos cuya obtención se haya producido conforme a las reglas del código o de legislaciones particulares que, como en el caso de las comunicaciones telefónicas, están sujetas a regulaciones especificas en leyes específicas.

Comunidad de la prueba

Toda evidencia recabada durante la investigación preliminar o fase preparatoria es acervo común de las partes, en tanto así lo manifiesten y la promuevan. A este respecto hay que recordar que en razón de que el sistema acusatorio se funda en la búsqueda de la verdad material (artículo 13 y 328 del COPP venezolano), las evidencias traídas a las actuaciones por una parte, pueden resultar de provecho a otra de las partes y viceversa.

Libre convicción

El proceso penal tiene que ser fundamentado, siempre sobre la base de conocimientos científicos, máximas de experiencias y razonamientos lógicos.

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