El derecho a ser juzgado en un plazo razonable
xio14jsTesis1 de Junio de 2013
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Marco Teórico
2.1.1. El derecho a ser juzgado en un plazo razonable
Conformo lo establece el artículo 139 numeral de la Constitución Política del Perú:
“3. La observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional.
Ninguna persona puede ser desviada de la jurisdicción predeterminada por la ley, ni sometida a procedimiento distinto de los previamente establecidos, ni juzgada por órganos jurisdiccionales de excepción ni por comisiones especiales creadas al efecto, cualquiera sea su denominación”.
Entonces cabe decir que estos dos derechos fundamentales constituyen principios y derechos de la función jurisdiccional dentro de estos dos derechos tenemos implícitamente contenido en el debido proceso el derecho a ser juzgado en un plazo razonable sin ser vulnerado el principio de celeridad procesal y que se pueda resolver el conflicto de intereses de una manera eficaz y justa.
Según MONROY Gálvez: “Este principio se presenta en forma diseminada a lo largo del proceso, por medio de normas impeditivas y sancionadoras a la dilación innecesaria, así como a través de mecanismos que permiten el avance del proceso con exclusión de la actividad de las partes (…) y a través de las instituciones reguladas para una buena y rápida justicia para los sujetos en el proceso.”
a) El debido proceso:
El debido procesos e encuentra consagra en el articulo 139 inc. 3 como ya lo vimos líneas arriba. Este principio sostenido en la Constitución guarda una relación con los demás principio que rigen en el proceso garantizando una buena resolución en el proceso
b) Causa de la demora del proceso:
Una de las causas mas importantes de las demora de los procesos seria los plazos judiciales. Mientras que por un lado se establecen los plazos para obtener una respuesta de los órganos jurisdiccionales como lo establece el artículo 153 de la LOPJ, y por otro lado las diferentes circunstancias que pueden hacer la demora del proceso como por ejemplo la inmensa cantidad de procesos que recaen sobre los juzgados especializados. Aquí se pone tela de juicio la legalidad del proceso (lo regulado formalmente por las normas del Código Procesal), y su realidad (lo experimentado cotidianamente en los tribunales). Al eliminar las trabas de los procesos civiles
Entonces cuando los plazos judiciales no son acatados en la mayoría de los procesos se vulnera el principio de celeridad procesal, este principio persigue la obtención de una justicia oportuna, el incumplimiento de las reglas procesales hace que el proceso pierda validez y se cree una desconfianza en el sistema judicial, en este caso cuando la parte en un proceso cuando están en la etapa ejecutoria de la sentencia esta es dilatada vulnerándose de tal modo que se hace inoportuna e ineficaz el proceso.
2.1.2. Normas Internacionales
El derecho a ser juzgado dentro del plazo que se estable en la ley se encuentra regulado también en las normas internacionales cono se encuentra expresamente en el artículo 14, inciso 3.c del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y en el artículo 8 inciso 1 de la Convención Americana sobre derechos Humanos (CADH) entre otros instrumentos internacionales que se detallaran en el punto II los cuales forman parte del derecho nacional en virtud del artículo 55 de la Constitución de Estado.
En la corte interamericana de derechos humanos en el Caso Suarez Rosero vs Ecuador sentencia de 12 de noviembre de 1997 ha señalado que “El principio de plazo razonable tiene como finalidad impedir que los acusados permanezcan largo tiempo bajo acusación y asegurar que esta se decida prontamente”.
En cuanto al Perú se encuentra establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial en el artículo 153 así como estableció implícitamente en
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