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El objeto de la tutela


Enviado por   •  3 de Noviembre de 2012  •  Monografías  •  3.768 Palabras (16 Páginas)  •  1.153 Visitas

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T U T E L A

CONCEPTO: Institución creada para la protección de los menores de edad, no sometidos a la patria potestad ni emancipados, y de aquellas personas incapacitadas para gobernarse por sí mismas. Esta confiada a personas capaces para el cuidado, protección y representación de los menores de edad.

TUROR: Es el órgano básico de esta institución, es la persona que tiene a su cargo el cuidado y representación del menor

El objeto de la tutela es la guarda de la persona y bienes de los que no estando sujetos a patria potestad tienen incapacidad natural y legal, o solamente la segunda, para gobernarse por sí mismos. La tutela puede también tener por objeto la representación interina del incapaz.

En la tutela se cuidará preferentemente de la persona de los incapacitados. Su ejercicio queda sujeto en cuanto a la guarda y educación de los menores

Cuando los intereses de alguno o algunos de los incapaces, sujetos a la misma tutela, fueren opuestos, el tutor lo pondrá en conocimiento del juez, quien nombrará un tutor especial que defienda los intereses de los incapaces, que él mismo designe, mientras se decide el punto de oposición.

Los cargos de tutor y de curador de un incapaz no pueden ser desempeñados al mismo tiempo por una sola persona. Tampoco pueden desempeñarse por personas que tengan entre sí parentesco en cualquier grado de la línea recta, o dentro del cuarto grado de la colateral.

No pueden ser nombrados tutores o curadores las personas que desempeñen el Juzgado de lo Familiar y las que integren los Consejos Locales de Tutelas; ni los que estén ligados con parentesco de consanguinidad con las mencionadas personas, en la línea recta, sin limitación de grados, y en la colateral dentro del cuarto grado inclusive.

Cuando fallezca una persona que ejerza la patria potestad sobre un incapacitado a quien deba nombrarse tutor, su ejecutor testamentario y en caso de intestado los parientes y personas con quienes haya vivido, están obligados a dar parte del fallecimiento al juez, dentro de ocho días, a fin de que se provea a la tutela, bajo la pena de veinticinco a cien pesos de multa.

Los tutores y curadores no pueden ser removidos de su cargo sin que previamente hayan sido oídos y vencidos en juicio.

La interdicción de que habla el artículo anterior no cesará sino por la muerte del incapacitado o por sentencia definitiva, que se pronunciará en juicio seguido conforme a las mismas reglas establecidas para el de interdicción. El Juez de lo Familiar del domicilio del incapacitado, y si no lo hubiere, el juez menor, cuidará provisionalmente de la persona y bienes del incapacitado, hasta que se nombre tutor.

TIENEN INCAPACIDAD NATURAL Y LEGAL

I. Los menores de edad;

II. Los mayores de edad disminuidos o perturbados en su inteligencia, aunque tengan intervalos lúcidos; y aquellos que padezcan alguna afección originada por enfermedad o deficiencia persistente de carácter físico, psicológico o sensorial o por la adicción a sustancias tóxicas como el alcohol, los psicotrópicos o los estupefacientes; siempre que debido a la limitación, o a la alteración en la inteligencia que esto les provoque no puedan gobernarse y obligarse por si mismos, o manifestar su voluntad por algún medio.

Los menores de edad emancipados por razón del matrimonio, tienen incapacidad legal para los actos que se mencionen en el artículo relativo al capítulo I del título décimo de este libro.

SUJETOS DE LA TUTELA.

Sujetos Pasivos de la Tutela:

1) Mayores de Edad Discapacitados:

Los sujetos más importantes en la tutela son los mayores de edad incapacitados ya que no pueden gobernarse por sí mismos y necesitan de manera obligatoria de los tutores para ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones.

Artículo 450- Tienen incapacidad natural y legal:

I. Los menores de edad;

II. Los mayores de edad disminuidos o perturbados en su inteligencia, aunque tengan intervalos lúcidos; y aquellos que padezcan alguna afección originada por enfermedad o deficiencia persistente de carácter físico, psicológico o sensorial o por la adicción a sustancias tóxicas como el alcohol, los psicotrópicos o los estupefacientes; siempre que debido a la limitación, o a la alteración en la inteligencia que esto les provoque no puedan gobernarse y obligarse por si mismos, o manifestar su voluntad por algún medio.

2) Menores de edad:

En segundo lugar son sujetos de la tutela los menores de edad siempre y cuando no tengan quién ejerza sobre ellos la patria potestad y que no estén sujetos al cuidado de otro tutor.

Sujetos Activos de la Tutela:

El tutor es la persona, física o moral no lucrativa designada en un testamento, en un escrito especial, por el juez o por el menor que cumple, por regla general, la triple misión

Las personas morales pueden desempeñar la tutela siempre y cuando su ejercicio tenga las siguientes características:

1. Que no tengan finalidad lucrativa.

2. Que su finalidad primordial sea la ayuda y protección de los menores e incapaces.

3. Pueden desempeñar el cargo sobre el número de personas que su capacidad económica les permita.

4. Que se los autorice la autoridad judicial.

5. Que el pupilo carezca de bienes.

CARACTERISTICAS DE LA TUTELA.

1. Es un cargo de interés público. La sociedad es la mas interesada y preocupara en los menores e incapaces es por eso que se ve beneficiada al saber que ellos cuentan con una figura jurídica que les asegura su sano desarrollo.

2. Es irrenunciable

3. La duración del cargo del tutor es temporal y este tiempo va a depender del sujeto pasivo de la tutela.

 En caso de ser menores, la tutela termina al cumplir la mayoría de edad siempre que no tenga una incapacidad natural.

 En

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