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Embargo Atunero

Diana.campa1 de Marzo de 2015

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• Los ciudadanos estadounidenses consumieron atún más caro y de menos calidad

• México se encontró en punto crítico al enfrentar el problema de tener almacenado en sus bodegas un gran tonelaje de atún. La problemática se resolvió de manera temporal con la compra por parte de España del atún mexicano que se exportaba a Estados Unidos.

• La industria atunera mexicana no pudo desarrollarse del todo debido al cierre del principal mercado comprador del producto que provocó que toneladas de atún se echaran a perder al estar en los frigoríficos de los barcos, aunado a lo anterior se registró una falta considerable de plantas industrializadoras que no podían cubrir la captura existente de atún.

• La industria atunera mexicana pese a la crisis logró diversificar su mercado al abrir sus canales hacia Europa, principalmente a Italia, España, Inglaterra, Alemania y Francia.

1990

• La muerte incidental de delfines durante la pesca del atún sirvió como la excusa principal de Estados Unidos para reforzar sus leyes ecologistas y de protección animal y así bloquear las importaciones nuevamente.

• En 1992 el Gobierno de Estados Unidos decreta un bloqueo secundario a las naciones intermediarias, es decir aquellas que compraban atún a los países embargados y lo vendían al mercado estadounidense. Tales medidas afectaron al mercado mundial de los túnidos, principalmente en el Océano Pacífico Oriental.

• Frenó de manera indiscutible el desarrollo de la industria atunera mexicana.

• Cancelación de 40 mil fuentes de empleo

• el cierre y deterioro de empresas al perderse el 40 % de la flota comercial,

• Así también el embargo costó a México pérdidas anuales de hasta 150 millones de dólares, reducción en la capacidad de acarreo y descensos en los índices de captura del atún.

¿A qué instancias recurrió México para que se levantara el embargo

Nuestro país presentó una protesta ante el Departamento de Controversias Comerciales del Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio (GATT), el 3 de septiembre de 1991.

El GATT, en calidad de mediador de la controversia, promovió la primera ronda de consultas, en las que México estableció ciertas posturas:

1. El embargo atunero es una medida de carácter proteccionista.

2. El artículo XX del Tratado del GATT se aplica a los recursos no renovables, consecuentemente no es válido aplicarlo en caso de los delfines ya que no es una especie en peligro de extinción.

3. El embargo se aplica a las exportaciones de atún y el recurso que se pretende relacionar con el artículo XX son las especies de delfines. Por lo tanto, se sanciona el atún bajo el argumento de la conservación de los delfines.

4. La legislación estadounidense no se aplica en igualdad de condiciones, ya que la mortalidad incidental de delfines que registran las flotas que operan en el Océano Pacífico Oriental depende de los niveles que alcance la flota estadounidense y en aguas mexicanas la abundancia de delfines es más significativa.

5. Los esfuerzos que México ha realizado para reducir la mortalidad incidental de delfines no tiene nada que ver con los temas comerciales que se ventilan en el GATT.

6. Las disposiciones relativas al embargo aplicado a sus exportaciones de atún constituye para el país prácticas proteccionistas encubiertas que van en contra de lo dispuesto en el GATT, por lo que la legislación promueve la aplicación de medidas unilaterales injustificadas.

7. La proclama “dolphin safe” Estados Unidos pretende restringir el acceso al atún mexicano al mercado estadounidense.

Los argumentos planteados por México ante el GATT se basaron en el artículo XI, que señala ninguna parte contratante podía imponer ni mantener prohibiciones así como restricciones a la exportación de cualquier

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