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Ensayo de instrumentos de pago


Enviado por   •  22 de Octubre de 2016  •  Ensayos  •  1.407 Palabras (6 Páginas)  •  404 Visitas

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Comercio Internacional

DESARROLLO DE NEGOCIOS 3°B

[pic 2] Unidad III.- El proceso de impresión

[pic 3] M.A. Karina Gamboa Carrillo

Nombre:

  • Güemes Domínguez Lucia
  • Maas Novelo Alan
  • Ordoñez Chi Karla
  • [pic 4]Vargas Martínez Gaspar
  • Zapata Pech Marisol


Índice

INTRODUCCIÓN        

INSTRUMENTOS DE PAGO UTILIZADOS EN EL COMERCIO EXTERIOR        

CARTA DE CREDITO        

LEASING FINANCIERO        

OPERACIONES BURSÁTILES        

CONCLUSIÓN        

REFERENCIAS        


INTRODUCCIÓN

La mayoría de las empresas que operan en el ámbito internacional deben seguir un proceso progresivo de internacionalización, empleando en cada mercado la estrategia de penetración más adecuada.

Las empresas que actúan a escala internacional deben, con profesionalidad, conocer todos los resortes de la determinación de precios, planteamiento de precios y/o demandas, negociación y conclusión de contratos. También requieren conocimientos específicos sobre los intermediarios del proceso comercial internacional. También se deberá tener en cuenta que la actividad internacional precisa de importantes recursos financieros hacen posible los intercambios de mercancías y servicios entre diferentes países.

En la siguiente rubrica se presentan tres de los tipos de instrumentos de pago del comercio exterior.

  • Carta de crédito
  • Leasing financiero
  • Operaciones bursátiles

En cada uno de ellos se describen sus respectivas definiciones, en qué consisten, para que sirven y cuando es más recomendable usarlas. Además que se da un ejemplo más claro de lo que se trata el uso de cada instrumento.


INSTRUMENTOS DE PAGO UTILIZADOS EN EL COMERCIO EXTERIOR

CARTA DE CREDITO

Definición: Una carta de crédito es un documento que un banco u organización (ordenante) expide a favor de una persona o empresa para que se le sea asignada una determinada cantidad de dinero o mercancía. El banco emisor se compromete a pagar a un beneficiario por medio de un corresponsal. Se rige de acuerdo a normas internacionales y certifica las condiciones en las que será manipulada la mercancía.

En qué consiste: La persona o empresa que desea se le sea importada una suma de dinero o mercancía denominado ordenador solicita la apertura del crédito documentario a un banco emisor para que éste lleve a cabo las condiciones de compra venta comercial. El banco emisor se encargara de llevar el cumplimento de dichos documentos y sobre este recae la responsabilidad sobre la cuenta de crédito documentario de acuerdo a las instrucciones del ordenante. Por consiguiente interviene el banco corresponsal, este se encargara dependiendo de la responsabilidad que se le asigne, la actividad ya sea de entregar dinero a la vista, negociar el pago o descuento de letras, banco aceptador si acepta la/s letra/s del beneficiario para pagárselas al vencimiento o banco avisador, si sólo actúa notificando al beneficiario, de la apertura del crédito a su favor. Los usos que hace que el banco corresponsal puede tener responsabilidades diferentes (por ejemplo, puede ser banco avisador y banco negociador a la vez).

Para qué sirve: Para realizar compra ventas comerciales, de forma legal de acuerdo a normas internacionales. Sirve para que este proceso sea llevado de forma amena y tenga sustento legal mediante las Reglas y Usos Uniformes Relativos a los Créditos Documentarios.

Cuándo usarlo:  Cuando un vendedor y un comprador quieren llegar a un acuerdo mediante una serie de condiciones que garanticen de forma legal el envío, calidad, cantidad, forma de pago, valor, etc. Durante todo el proceso.

LEASING FINANCIERO

Definición:  Es una operación de financiación a largo plazo a la que también se le denomina arrendamiento financiero. En esta operación se distinguen como personas u empresas, al usuario o arrendatario, el arrendador y el proveedor. Al finalizar el período de arrendamiento se puede optar entre adquirir el bien por un valor residual fijado con anticipamiento, renovar el contrato o bien devolver el bien a la entidad de crédito. Independientemente de la opción que se fuese a elegir, se deberá ser comunicar a la entidad de crédito, pero antes del último pago ya que en el caso contrario se optara como última medida la adquisición del bien.

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