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Eqivalentes Jurisdiccionales


Enviado por   •  16 de Mayo de 2014  •  820 Palabras (4 Páginas)  •  265 Visitas

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EQUIVALENTES JURISDICCIONALES

Aquellos actos que sin tener la calidad de sentencia ponen término al conflicto con autoridad de cosa juzgada.

Estos equivalentes, (equivalente, que vale lo mismo) es lo mismo que si tenemos una sentencia, jurídicamente el efecto es idéntico, a no existe conflicto, está resuelto del equivalente jurisdiccional y esa equivalencia está dada, porque está revestido de cosa juzgada, para evitar volver a discutirlos, y para su caso hacer obligatorio lo que se ha dado como contenido de esa equivalencia.

Definición: “Son todos aquellos medios a los cuales la ley les reconoce con autoridad de cosa juzgada, la actitud de solucionar conflictos entre partes, sin necesidad de recurrir a una sentencia y en algunos casos, sin necesidad de recurrir a un proceso”.

Equivalentes Jurisdiccionales más importantes:

• La Conciliación.

• Avenimiento.

• Transacción.

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• En Materia Penal: - Sobreseimiento definitivo.

• Se puede mencionar someramente también como E.J: - Sentencia Extranjera.

En general los autores no están de acuerdo con esto, porque si bien, las sentencias extranjeras en ciertos casos pueden ser obligatorias en Chile, siempre es necesario que a su respecto exista el Exequátur (autorización de la CS para que se lleven a efecto), cuando en realidad, en ese caso hay una sentencia la de exequátur que la hace obligatoria.

Conciliación y Avenimiento.

Son en esencia, lo mismo. La única diferencia (de FORMA, no de fondo) es que la conciliación, se produce con intervención, participación activa, directa del juez. Si suprimes la intervención del juez, es Avenimiento.

Las dos un acuerdo de las partes de poner término al litigio, sobre la base del acuerdo que lleguen. Dicho de otra manera, tanto el avenimiento, como la conciliación son un acuerdo de la partes, para poner término al litigio, la única diferencia que en la conciliación ese acuerdo se llegue con la intervención del juez, en cambio, el avenimiento ese acuerdo se llega por acuerdo de las partes.

En la conciliación, lo que sucede es que, el Juez llama a las partes a conciliar y el juez actúa como amigable componedor, actúa de “árbitro”, eso no sucede en el avenimiento.

• 1. Conciliación.

A través de la conciliación se logra la resolución del conflicto, mediante acuerdo entre ellos, obtenida dentro del proceso (juicio) con la participación activa del juez.

Existe, el término del conflicto, a través del acuerdo de las partes, obtenido dentro del juicio, con la participación activa del juez.

• 2. Avenimiento

En

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