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Es el conjunto normativo que regula la estructura y funcionamiento de las entidades de crédito, bancarias, así como las operaciones realizadas con el público en general, incluidos sus clientes, y con otras entidades de crédito. Así como las entidades


Enviado por   •  13 de Marzo de 2017  •  Informes  •  2.243 Palabras (9 Páginas)  •  281 Visitas

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DEFINICION DE DERECHO BANCARIO.-

Es el conjunto normativo que regula la estructura y funcionamiento de las entidades de crédito, bancarias, así como las operaciones  realizadas  con el público en general, incluidos sus clientes, y con otras entidades de crédito. Así como las entidades de protección a los usuarios de dichos servicios.

Derecho bancario público                                                    Relativo a las normas constitucionales, administrativas y fiscales.[pic 1]

Derecho bancario privado                                     referente a las normas civiles y mercantiles.[pic 2]

ANTECEDENTES DEL DERECHO BANCARIO.

  • No había instituciones de crédito.
  • Todo se realizaba a través del trueque.
  • Se implantó en México de una sucursal del banco de Londres.[pic 3]
  • Las operaciones bancarias se realizaban a través del “Fondo y Banco De Avíos De Minas”.
  • Se encuentra en esta época perfectamente definido el contrato de avió.
  • Se crea el nacional monte de piedad en aplicación de la “real célula del 2 de junio de 1774.

  • Los bancos insurgentes acuñaban moneda.
  • Agustín de Iturbide al ser emperador, decidió emitir el papel moneda.
  • En 1827 se crean 13 casas de bolsa en el país.
  • En 1864 surge el interés y algunas transferencias en fondos.[pic 4]
  • Cada Estado tenía su propia banca y su moneda.

Década de los 80

  • La emisión de los cheques de viajero internacional.
  • Prestación de servicios de “Banca Electrónica”.
  • Emisión de las primeras tarjetas duales con las marcas internacionales de Visa y Máster Card.

  •         Se crea lo que se conoce actualmente como el sistema bancario, se crea el Banco de México, la CNBV, CONDUSEF, IPAF, Sistema bursátil.
  • Salinas de Gortari decide privatizar la banca en 1992.
  • Con la legislación se crea la CNBV, Banco de México, AFORES, Aseguradoras, Afianzadoras.[pic 5]
  • Art. 28 Const. “ninguna autoridad podrá ordenar al banco conceder financiamiento”.
  • El Banco Centra es la única entidad que puede aumentar el poder de compra en la economía, aunque nadie produzca más.
  • El banco de central es el Banco de México que por mandato constitucional es autónomo en sus funciones y administración. Su finalidad es proveer a la economía de país de moneda nacional y su objetivo prioritario es procurar la estabilidad del poder adquisitivo de dicha moneda.
  • Una Institución de Crédito, normalmente es una S. A. cuya actividad consiste en recibir del público depósitos u otros fondos reembolsables y en conceder  créditos por cuenta propia. Son los bancos, las cajas de ahorro, las cooperativas de crédito, el ICO, y los establecimientos  financieros de crédito.
  • Una Entidad Financiera es un intermedio del mercado financiero. Las entidades financieras pueden ser bancos, cajas de ahorro, o cooperativas  de crédito, es decir, intermediarios que administran y prestan dinero; o empresas financieras, un tipo distinto de intermediación  financieros, que sin ser bancos, ofrecen préstamos o facilidad de financiamiento en dinero.
  • Un Grupo Financiero es una asociación de personas especialistas en finanzas, cuya finalidad es prestar dinero a otras personas físicas o jurídicas. Son asociaciones de intermediarios  de distinto tipo, con reconocimiento legal que se comprometen a seguir políticas comunes y responder conjuntamente de sus pérdidas. Entre las ventajas que implican estos grupos destaca la posibilidad de que sus integrantes actúen de manera conjunta, ofreciendo servicios  complementarios al público.

BANCA NACIONAL DE DESARROLLO.

  1. Es una sociedad mercantil destinada a la banca de desarrollo con participación mayoritaria del gobierno federal.
  2. Tienen como objeto fundamental facilitar el acceso al ahorro y financiamiento a personas físicas  y morales, así como proporcionarles asistencia técnica y capacitación.
  3. Debe existir una ley emitida por el Congreso de la Unión.
  4. Es mercantil porque realiza actos de comercio conforme a lo dispuesto en el artículo 75 fracción XIV del Código de Comercio.
  5. Tiene personalidad jurídica y patrimonio propio.
  6. Duración: Indefinida.
  7. Domicilio: en el territorio nacional.
  8. Objeto social: Servicio de crédito destinado a un sector de la economía asignado por el Congreso de la Unión.
  9. Ha sido uno de los principales vehículos del estado mexicano para promover el crecimiento económico y el bienestar social, apoyando con financiamiento la creación y expansión de empresas productivas, con especial énfasis en aéreas prioritarias  para el desarrollo nacional como la infraestructura (obra pública), el comercio exterior y la vivienda, además de las pequeñas y medianas empresas.

INSTITUCIONES DE LA BANCA NACIONAL DE DESARROLLO

NACIONAL FINANCIERA, S.N.C (NAFIN)

BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, S.N.C. (BANOBRAS)

BANCO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR S.N.C. (BANCOMEXT)

SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL, S.N.C. (SFH)

BANCO DEL AHORRO NACIONAL Y SERVICIOS FINANCIEROS, S.N.C. (BANSEFI)

BANCO NACIONAL DEL EJERCITO, FUERZA AEREA Y ARMADA, S.N.C. (BANJERCITO)

BANCA MULTIPLE.-

Son instituciones de crédito privadas para captar recursos financieros del público y otorgar a su vez créditos destinados mantener la operación de las actividades económicas. Para organizarse y operar como institución de banca múltiple se requiere autorización del gobierno federal a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con opinión del Banco de México. Por naturaleza estas autorizaciones son intransferibles.

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