Operaciones De Crédito Y Bancarias
DanielHGeronimo26 de Mayo de 2015
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Operaciones de crédito y bancarias
Se denominan Operaciones Bancarias a aquellas operaciones de crédito practicadas por un banco de manera profesional, como eslabón de una serie de operaciones activas y pasivas similares.
La clasificación de estas operaciones de acuerdo al sujeto de cesión del crédito es la siguiente:
Activas: Cuando el banco otorga el crédito (préstamos, descuentos, anticipo, apertura de créditos, etc), el banco puede entregar dinero bajo diversas condiciones (con garantías o sin ellas).
Pasivas: Son aquellos fondos depositados directamente por la clientela, de los cuales el banco puede disponer para la realización de sus operaciones de activo. Están registrados en el lado derecho del Balance de Situación; siendo el caso inverso de las cuentas de activo, ya que los saldos de estas cuentas, aumentan con transacciones de CRÉDITO y disminuyen con las de DEBITO. La captación de Pasivo, es de gran importancia para todo banco, ya que supone las actividades que realiza una institución Bancaria para allegarse dinero, esencialmente del público en general. Para que un banco pueda desarrollarse, es necesario que adquiera depósitos, pues sin estos es imposible crear una reserva suficiente que le ayude a colocar estos fondos en préstamos e inversiones que le generen dividendos, y que le permitan hacer frente a las demandas de retiro de dinero en efectivo, solicitado por sus clientes.
Tipos de operaciones de crédito y bancarias.
Reporto: Se conoce como Reporto a las operaciones en las que se otorga un crédito con garantía en títulos valores. El crédito que se otorga es a descuento del valor de los títulos, con la salvedad que existe un pacto de recompra de los títulos entregados como garantía en la operación de crédito según el código mercantil mexicano.
Depósito mercantil: El derecho mercantil parte del derecho común o derecho civil, por lo cual es común encontrar que el contrato de depósito este regulado, tanto en el código mercantil, como en el código civil, así como en demás leyes como la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC).
El deposito en materia mercantil, Es un contrato por virtud del cual el depositario se obliga hacia el depositante a recibir una cosa mueble objeto de comercio (dinero, mercancías o títulos de crédito) que aquél le confía, y a guardarla para restituirla cuando la pida el depositante, o bien a recibir bienes fungibles con la obligación de restituir otro tanto de la misma especie y calidad.
El problema fundamental en estos casos de doble regulación civil y mercantil es el de determinar cuando el respectivo contrato tiene carácter mercantil.
Apertura de Crédito: La apertura de crédito es un contrato por el cual un banco se obliga a poner a disposición de su cliente una suma de dinero determinada, por un período de tiempo determinado o indeterminado, que el cliente puede utilizar según le convenga, y el cliente se obliga a la devolución del dinero del cual dispusiere, así como al pago de una comisión más los intereses que se devengaren por la utilización del crédito.
Descuento de crédito en libros: Es un servicio mediante el cual se facilita a industriales y distribuidores el financiamiento de sus ventas a grandes almacenes o industrias, registradas contablemente pero no documentadas con títulos de crédito.
Los comerciantes tienen en sus libros cuentas por cobrar, el banco (descontador) le paga por adelantado esos créditos con un descuento.
Créditos de habilitación y avío: El crédito de habilitación, conocido como avío, debe ser utilizado para la compra de materias primas, materiales, salarios, así como gastos directamente relacionados con el ejercicio de la empresa. Este crédito está directamente vinculado con la producción inmediata.
Existen dos tipos de crédito
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