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Estatutos Sector Industrial


Enviado por   •  8 de Octubre de 2014  •  4.484 Palabras (18 Páginas)  •  155 Visitas

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ESTATUTOS

SINDICATO DE TRABAJADORES FABRICANTES DE MANILLAS Y ACCESORIOS “SINTRAFAMAC ”

CAPITULO I

IDENTIFICACIÓN

ARTICULO 1. El SINDICATO DE TRABAJADORES FABRICANTES DE MANILLAS Y ACCESORIOS es un sindicato de industria de primer grado, sin ánimo de lucro y de duración indefinida. Cuya sigla será “SINTRAFAMAC ” cuyo fundamento es la protección de los trabajadores dedicados a la industria manofacturera, esto basados en las normas constitucionales y los tratados de la OIT ratificados por el Estado Colombiano.

CAPITULO II

DOMICILIO Y RESIDENCIA

ARTICULO 2. El domicilio y Residencia de SINTRAFAMAC, será en Bogotá, en la Carrera 13 Este No 44 – 78 sur barrio altamira, teléfono fijo 2068434, celular 3202756854, Correo electrónico sintrafamacgmail.com, pagina web http://sintrafamac.gnomio.com

CAPITULO III

OBJETIVOS Y FINES DEL SINDICATO

ARTICULO 3. Los fines y objetivos de SINTRAFAMAC serán los siguientes:

a. Representar a los trabajadores que presten sus servicios en la industria manofacturera.

b. Generar un acercamiento entre trabajador y empleador, en base a la tolerancia y el respeto.

c. Promover y patrocinar la capacitación técnica y cultural de los miembros.

d. Asesorar a sus afiliados en defensa de sus derechos

e. Fomentar la capacitación de los directivos.

f. Generar actividades que sirvan para fomentar la unión entre nuestros afiliados y sus familias.

g. Presentar pliegos de peticiones relacionados con las condiciones de trabajo y diferencias entre empleado y empleador.

h. Declarar la huelga de acuerdo a los preceptos de ley.

i. Promover la conquista de reivindicaciones sociales, económicas y políticas que hagan posible una vida digna para los trabajadores y sus familias.

j. Defender la libertad de acción sindical y derechos amparados por la Constitución Política Nacional y los Convenios Internacionales.

k. Velar porque todos los trabajadores del sector tengan un empleo

estable y justamente remunerado.

CAPITULO IV

CONDICIONES DE ADMISION

ARTICULO 4. Para ser miembro de nuestra asociación sindical es necesario:

a. Ser mayor de 18 años.

b. Ser un trabajador de la industria manofacturera, que desempeñe la profesión u oficio de tipo profesional, técnico o tecnológico.

c. Tener plena intensión de cumplir los presentes estatutos

d. Diligenciar por escrito su afiliación, solicitando el respectivo formulario.

CAPITULO V

OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS AFILIADOS

ARTICULO 5. Son obligaciones de cada uno de los afiliados:

a. Cumplir de forma estricta los Estatutos.

b. Cumplir las resoluciones, conclusiones y decisiones que surjan de la asamblea general y la Junta Directiva.

c. Pagar cumplidamente las cuotas ordinarias y las extraordinarias.

d. Asistir puntualmente a las sesiones ordinarias y extraordinarias.

e. Mantener una buena conducta frente a los directivos y demás miembros de la asociación.

f. Presentar excusa por escrito, con indicación de las causas en caso de incumplimiento de las obligaciones de que tratan los literales c y d.

g. Mantenerse informado de todo cuanto atañe a la marcha general del Sindicato y contribuir al desarrollo de sus planes de trabajo.

ARTICULO 6. Son derechos de cada uno de los afiliados:

a. Participar en todos los debates y decisiones de las asambleas Sindicales.

b. Conocer las decisiones y resoluciones tomadas en las asambleas y en las reuniones de la Juntas Directiva.

c. Presentar propuestas y recomendaciones ante la Junta Directiva, siempre y cuando este paz y salvo con la tesorería.

d. Solicitar la intervención del sindicato para el estudio y solución de los conflictos.

e. Derecho a voz y voto en la asamblea general.

f. Elegir y ser elegido como miembro de la Junta Directiva

g. Gozar de los beneficios que le otorga el sindicato.

CAPITULO VI

DE LA ASAMBLEA GENERAL

ARTICULO 7. La asamblea general, constituye la máxima autoridad del Sindicato, será constituida por todos los asociados debidamente acreditados. Todos gozaran del derecho al voto y los acuerdos que sean adoptados en esta serán de carácter obligatorio para todos los miembros de la organización sindical de acuerdo a los estatutos.

La asamblea general ordinaria Se reunirá de forma ordinaria cada 6 meses y de forma extraordinaria cuando la Junta Directiva lo considere pertinente o por solicitud de la mitad más uno de los miembros. El lugar y día serán preestablecidos en la asamblea inmediatamente anterior y si este no llegase a concretarse quedara en facultad de la Junta Directiva.

Se llevara a cabo el 2º sábado del mes de enero y el 1er sábado del mes de julio, desarrollando el orden del día atendiendo a las necesidades de la organización y el ejercicio de sus funciones.

ARTICULO 8.La Asamblea General Extraordinaria se reúne cuando lo decide la Presidencia, la Junta Directiva o cuando lo solicita la tercera parte de los afiliados mediante un escrito dirigido a la Presidencia..

La convocatoria para una reunión extraordinaria Se debe hacer con una antelación mínima de 30 días calendario a la fecha señalada, debe constar en el orden del día (que debe incluir el lugar, la

...

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