Evacuacion De Un Buque Ferry
bonaire9113 de Abril de 2014
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EVACUACIÓN EN UN BUQUE FERRY, SALVAMENTO Y RUTAS DE EVACUACIÓN
Grupo: Ferrol C
Jose Rábano Carretero
Reglamentación del buque y su explotación
Ingeniería Naval y Oceánica 5º curso
Índice Pg
PARTE A-GENERALIDADES
Regla 1 Ámbito de aplicación 4
PARTE B - PRESCRIPCIONES RELATIVAS A LOS BUQUES Y A LOS DISPOSITIVOS DE SALVAMENTO
SECCIÓN I - BUQUES DE PASAJE Y BUQUES DE CARGA
Regla 6 Comunicaciones 5
Regla 7 Dispositivos individuales de salvamento 6
Regla 8 Cuadro de obligaciones e instrucciones para casos de emergencia 7
Regla 9 Instrucciones de funcionamiento 7
Regla 10Dotación de la embarcación de supervivencia y supervisión 8
Regla 11 Disposiciones para la reunión y el embarco en las embarcaciones de supervivencia 9
Regla 12 Puestos de puesta a flote 9
Regla 13 Estiba las embarcaciones de supervivencia 9
Regla 14 Estiba de los botes de rescate 10
Regla 15 Estiba de los sistemas de evacuación marinos 10
Regla 17 Medios de embarco, de puesta a flote y de recuperación de los botes de rescate 10
Regla 18 Aparatos lanzacabos 10
Regla 19 Formación y ejercicios periódicos para casos de emergencia 11
Regla 20 Disponibilidad funcional, mantenimiento e inspección 12
SECCIÓN II- BUQUES DE PASAJE (PRESCRIPCIONES COMPLEMENTARIAS)
Regla 21 Embarcaciones de supervivencia y botes de rescate 13
Regla 22 Dispositivos individuales de salvamento 13
Regla 23 Medios de embarco en las embarcaciones de supervivencia y en los botes de rescate 14
Regla 24 Estiba de las embarcaciones de supervivencia 14
Regla 25 Puestos de reunión 14
Regla 26 Prescripciones complementarias aplicables a los buques de pasaje de transbordo rodado 15
Regla 28 Zonas de aterrizaje y de evacuación para helicópteros 15
Regla 29 Sistema de ayuda para la toma de decisiones por los capitanes de los buques de pasaje 15
Regla 30 Ejercicios periódicos 16
SECCIÓN V - VARIOS
Regla 35 Manual de formación y medios auxiliares para la formación a bordo 16
Regla 36 Instrucciones para el mantenimiento a bordo 16
Regla 37 Cuadro de obligaciones e instrucciones para casos de emergencia 16
BIBLIOGRAFÍA 16
Presentación del buque
Lo primero que haremos será presentar las medidas de nuestro buque con el fin de establecer y recoger la información suficiente para aplicar la normativa correspondiente, así como datos relevantes de la procedencia y uso del mismo.
Nº IMO 9441142 Ltotal [m] 154,5
Tipo de buque RO-PAX Lpp [m] 137
Construcción Barreras Vigo. 2009 B [m] 24,4
Bandera España D [m] 5,5
Armador Euro Líneas Marítimas S.A. PM [tm] 3200
Operador Baleària GT 20238
Capacidad máxima: 1000 personas (tripulación y pasajeros)
Capacidad carga rodada: 126 vehículos
Para realizar el planteamiento del trabajo analizaremos nuestro buque ya expuesto bajo la normativa del Capítulo III Dispositivos y Medios de Salvamento del convenio para la seguridad de la vida humana en la mar (SOLAS).
Analizaremos el Capítulo III de principio a fin, deteniéndonos sólo en las reglas aplicables a nuestro ferry citando la norma aplicable y su correspondencia para con nuestro buque.
PARTA A. GENERALIDADES
Regla 1 Ámbito de aplicación
1 Salvo disposición expresa en otro sentido, el presente capítulo se aplicará a todo buque cuya quilla haya sido colocada, o cuya construcción se halle en una fase equivalente, el 1 de julio de 1998 o posteriormente.
Dicho texto entró en vigor el 1 de julio de 1998 y ya que la fecha de la puesta de quilla de nuestro buque es posterior, la Regla 1 nuestro buque deberá cumplir el reglamento en cuestión.
PARTE B. PRESCRIPCIONES RELATIVAS A LOS BUQUES Y A LOS DISPOSITIVOS DE SALVAMENTO
SECCIÓN I –BUQUES DE PASAJE Y BUQUES DE CARGA
Regla 6 Comunicaciones
1 El párrafo 2 se aplica a todos los buques de pasaje y a todos los buques de carga de
arqueo bruto igual o superior a 300 toneladas.
2 Dispositivos radioeléctricos de salvamento.
3 Bengalas para señales de socorro
4 Sistema de comunicaciones de a bordo y sistema de alarma 5 Sistemas megafónicos de los buques de pasaje
Nuestro buque debe cumplir lo establecido en estas normas y teniendo en cuenta las exigencias, el equipo necesario será el siguiente, seguido por el equipamiento real del buque:
- 3 o más sistemas radiofónicos bidireccionales de ondas métricas (2.1)
o La consola de navegación del buque está equipada con un radioteléfono VHF-DSC y un receptor de frecuencias VHF aeronáuticas.
o La sala de derrota cuenta con 3 radioteléfonos VHF portátiles.
o En la sala de radio se encuentra una consola de comunicaciones GMDSS (Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos) y un receptor NAVTEX.
- Un transpondedor de radar por cada banda (2.2)
o Cuenta con cuatro transpondedores SART. Estibados de forma que se puedan colocar rápidamente en cualquier embarcación de supervivencia.
- 12 lanzabengalas situadas en las proximidades del puente (3)
o Cuenta con 12 lanzabengalas que se encuentran situados en el interior del puente.
o A mayores lleva dos señales fumíferas flotantes.
- Intercomunicación por equipos fijos y portátiles bidireccionales (4.1)
o Teléfonos internos fijos, situados en las distintas consolas y salas.
o Radios portátiles, que llevan consigo mismo los tripulantes.
- Sistema de alarma general (4.2)
o El buque tiene siempre garantizada la comunicación con los sistemas de evacuación.(4.4)
o Emite a 90db (4.3)
o Está complementado por un sistema megafónico y siempre que se use se desconectarán todos los sistemas de audio usados para entretenimiento a bordo. (4.2)
- Sistema megafónico (5)
o Este sistema es claramente audible por encima del ruido ambiental (5.2)
o Emitiendo normalmente a 75db en interiores (procurando mantener un mínimo de 20db por encima del sonido ambiente)
o Emitiendo en exteriores a 80db, sobrepasando la cifra en caso de ser necesaria para mantener un margen de mínimo 15db por encima del sonido ambiente.
o Está conectado a la fuente de energía de emergencia y está pensado para funcionar sin dificultades aún con un altavoz inoperativo en cada punto de escucha. (5.4)
o Es controlado desde el puente de mando y está protegido para evitar el uso no autorizado.
Regla 7 Dispositivos individuales de salvamento
1 Aros salvavidas
2 Chalecos salvavidas
3 Trajes de inmersión y trajes de protección contra la intemperie
Ahora haremos un recuento del total de dispositivos de salvamento individual de nuestro buque y su disposición para cumplir la Regla 7:
- Aros salvavidas (1)
o Cuenta con un total de 9 aros salvavidas en cada banda
Dos de los aros cuentan con una rabiza flotante de 30 metros. (1.2)
Ocho aros cuentan con luz de encendido automático. (1.3)
Dos aros, situados en el alas del puente de, llevan señales fumígenas, a mayores de las luces de encendido automático. (1.3)
Seis aros salvavidas convencionales.
A mayores existen 2 aros con luz y rabiza en la zona del práctico.
o En todos ellos aparecerá grabado en letras mayúsculas del alfabeto romano el nombre del buque: “SF ALHUCEMAS”. (1.4)
- Chalecos salvavidas (2)
o 1324 chalecos salvavidas, uno por persona. (2.1)
o En los puestos de reunión hay un total de 50 chalecos. (2.2)
o 34 chalecos para la tripulación. (2.1.2)
o Se cuenta con 111 chalecos especiales para niños y los medios y materiales necesarios para adaptar los chalecos a tallas grandes. (2.1.1)
- Trajes de inmersión y trajes de protección contra la intemperie (3)
o El buque cuenta con un total de 12 trajes de inmersión y/o protección contra la intemperie
o Cada lancha de rescate rápido va equipada con 3 trajes.
o Cada sistema MES cuenta con 3 trajes.
o El buque cumple este punto, a pesar de que no navegue normalmente por aguas consideradas con temperaturas peligrosas.
Regla 8 Cuadro de obligaciones e instrucciones para casos de emergencia
- Instrucciones para casos de emergencia
o En cada asiento y cabina habrá un cuadro con las instrucciones para casos de emergencia escritas e ilustradas, acompañado de un plano de evacuación. Serán facilitadas en castellano, árabe e inglés. (2)
- Cuadros de obligaciones
o El buque cuenta con varios cuadros de obligaciones distribuidos en lugares bien visibles a lo largo y ancho de sus cubiertas, tanto en zonas para el pasaje como en zonas para los tripulantes. (3)
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