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Enrico Ferri


Enviado por   •  15 de Mayo de 2013  •  1.210 Palabras (5 Páginas)  •  869 Visitas

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Enrico Ferri

Suele asociarse con la orientación sociológica, aunque presenta influencias antropológicas. Recoge la tipología de Lombroso, aunque con variaciones, contemplando: criminal nato, loco, pasional, pseudocriminal y ocasional.

En su obra destacan sus aportaciones desde el punto de vista penológico. “La teoría de los sustitutivos penales” parte de planteamientos alternativos a la pena, cree que la respuesta al delito no debe partir del derecho Penal sino de otras muchas disciplinas.

Ferri pretende llevar a cabo todo un programa de política criminal en materia de prevención, con medidas que van desde la reforma de la legislación, medidas económicas, sociales, educativas, religiosas,…, para incidir en todos los aspectos sociales relacionados con la delincuencia.

Siguiendo a Quetelet, desarrolló la “teoría de la saturación criminal”, que responde al planteamiento de que el crimen es una magnitud constante y regular. Toda sociedad produce un determinado número de delitos, condicionado por los factores que convergen en ella, siendo posible incidir sobre ellos para reducir el crimen.

Escuela de Lyon:

Escuela francesa formada fundamentalmente por médicos. También llamada Escuela Antroposocial o Criminal Sociológica.

Reconocen una base patológica en la conducta criminal, aunque completada por factores ambientales.

Sus autores más representativos son Lacasagne y Ambry. Acuden al simil del microbio para explicar el delito, entendiendo al delincuente como un microbio que precisa un caldo de cultivo idóneo para desarrollarse.

Realizan una descripción de factores criminógenos:

-Factores predisponentes: se trata de factores biológicos tales como la herencia genética, trastornos patológicos, alteraciones mentales,…

-Factores determinantes: son factores sociales como la familia y el entorno social, responsables de la transmisión del contagio.

Escuelas Eclécticas:

En realidad no constituyen teorías de la criminalidad, no aportan nada novedoso para la explicación del fenómeno delictivo. Se limitan a aglutinar o integrar las aportaciones hechas por otras escuelas.

Esta integración se refiere a dos ámbitos:

-Ámbito de la responsabilidad criminal: se alejan del determinismo del positivismo y retoman la idea del libre albedrío, pero reconociendo cierta influencia en sujetos con predisposición al delito.

-Ámbito de la respuesta al delito: integran la respuesta penal con sustitutivos penales.

Entre las Escuelas con mayor influencia destacan:

a)Terza Scuola Italiana: presentan una teoría plurifactorialista del delito, no contemplan sólo factores biológicos o sociales sino ambos a la vez, sin que predominen unos sobre otros.

Es considerada ecléctica por admitir esa doble naturaleza de los factores etiológicos, sin establecer prevalencias entre ellos.

Recuperan el protagonismo del Derecho Penal, manteniendo la pena como respuesta al delito aunque reconociendo la importancia de las medidas sustitutivas para algunos casos.

Combinan las aportaciones del la Escuela Clásica y del Positivismo, retomando la idea del libre albedrío y del dualismo penológico, es decir, la coexistencia entre penas y medidas de seguridad (que permanece en la actualidad). Las penas suponen una respuesta penal basada en la idea de la culpabilidad, las medidas de seguridad descansan sobre el concepto de temibilidad.

b)Escuela Alemana (o de Hamburgo): F. Von Liszt.

Von Liszt (1851-1919), Penalista alemán. Creó la Asociación Internacional de Criminología.

Definió el Derecho como “conjunto de reglas jurídicas establecidas por el Estado, que asocian el crimen como hecho, a la pena como legítima consecuencia”.

Los postulados más importantes de esta Escuela son:

•Análisis científico de la realidad criminal, apartándose de las concepciones filosóficas de la escuela Clásica.

•Esta óptica realista se complementa con una visión dogmática del delito.

•Von Liszt desarrolló una teoría totalizadora del Derecho Penal, integrando en él todas las aportaciones de las distintas disciplinas jurídicas que se ocupan del crimen: Antropología Criminal, Sociología Criminal y Psicología Criminal.

•Mantienen en dualismo penológico: penas basadas

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