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Examen IRPF escueladenegocios


Enviado por   •  10 de Mayo de 2021  •  Exámen  •  1.148 Palabras (5 Páginas)  •  182 Visitas

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 CASO NOPAGO

1-

La opción más interesante para el trabajador es la opción que le ofrece la empresa. A partir de esto, el trabajador tendrá que tributar por el exceso, es decir, por los 500 euros demás que le ofrece la empresa.

Si la empresa le ofreciese 11.900 euros, el trabajador deberá de tributar por los 2.900 euros de exceso.

2-

Don José Luis en ese año tendría su residencia habitual en Burgos. Al mudarse a Madrid el 15 de agosto mantiene la residencia habitual en Burgos, ya que el sujeto deberá pasar 183 días en Madrid para que se declare como residencia habitual en año natural, por lo que pasara a tener residencia habitual en Madrid a partir del siguiente año.

3-

Empresa 1: NOPAGO SA

Empresa 2: Proyecto CSIC

CASO UNO

CASO DOS

CASO TRES

CASO CUATRO

EMPRESA 1 + 9.500 EUROS

EMPRESA 1 + 11.900 EUROS

EMPRESA 1 Y 2 + 9.500 EUROS

EMPRESA 1 Y 2 + 11.900 EUROS

14.190

18.590

21.140

23.540

Contando todos los rendimientos del trabajador ya que la declaración de la renta es una declaración de impuestos es la finalización de la documentación que calcula los ingresos obtenidos de una entidad o individuo con el monto del impuesto pagadero al gobierno, a las organizaciones gubernamentales o a los contribuyentes potenciales.​

Don José estaría obligado a hacer la declaración de la renta ya que para dos o más pagadores, quienes obtengan unos rendimientos íntegros del trabajo superiores a 14.450 € anuales, cuando la suma del segundo pagador y siguientes en conjunto  sumen 1.600 €.

En el caso de la casa cedida por la empresa en la que trabaja: Cuando una empresa paga el alquiler de la vivienda a su empleado se considera una retribución en especie y supone un beneficio fiscal para el asalariado. La legislación establece que, en estos casos, el trabajador tributará en el IRPF por el 5% del valor catastral de la vivienda en alquiler. Y del 10% si el catastro no ha revisado el valor del inmueble después del 1 de enero de 1994.

En este caso no se especifica nada por lo que usaremos el 5% del valor catastral de la vivienda en alquiler. Por lo que tendría que tributar por 1.080 euros que tributaran como rendimientos del capital inmobiliario.

Por otro lado, el coche valorado en 15.000 euros: para el trabajador, la cesión del uso de un automóvil constituye una retribución en especie de obligado cumplimiento cuando así se establezca en el contrato laboral, de manera que una fracción de la prestación laboral del trabajador es la contrapartida de dicha cesión. Es decir, la cesión al trabajador del uso de un vehículo, forma parte del coste total de las retribuciones que dicho trabajador percibe por los servicios laborales que presta.

En estas circunstancias, dichas retribuciones en especie, constituyen prestaciones de servicios efectuadas a título oneroso a efectos del Impuesto, por lo que habrá de tributar como rendimientos del trabajo en el IRPF, ya que se trata de una operación sujeta y no exenta del impuesto.

No obstante,  sólo tendrá la consideración de retribución en especie, la parte proporcional del uso que se realice del vehículo que se destine a satisfacer necesidades privadas del trabajador. Para ello,  se deberá aplicar un criterio de reparto real en el que, de acuerdo con la naturaleza y características de las funciones desarrolladas por el trabajador, se valore sólo la disponibilidad para fines particulares.

CASO INMOBILIARIO

LOCAL A

Rendimientos íntegros: 5.160 (alquiler de vivienda: 430x12= 5.160 euros)

Gastos deducibles: (6.060)

  • Comunidad…………………250
  • Seguro del local………….780
  • Cambio de suelo…………4.000
  • IBI……………………………420
  • Arreglos de paredes y pintura….260
  • Arreglo de cristalera rota………….350

RENDIMIENTO NETO: -900 (5.160-6.060)

  • El gasto por reparaciones no podrá exceder del importe del rendimiento integro, se podrán deducir en los 4 años siguientes.

LOCAL B

Rendimientos íntegros: 330  (1,1% del valor catastral de 30.000 euros)

Gastos deducibles: 2000 euros de intereses de la hipoteca.

RENDIMIENTO NETO: -1.670 (330-2.000)

VIVIENDA ALQUILADA

Rendimientos íntegros: 3.480 (alquiler de vivienda: 290x12=3.480 euros)

Gastos deducibles: (2.560)

  • Comunidad…………………300
  • Seguro vivienda………….450
  • IBI……………………………420
  • Pintura…………………….190
  • Intereses préstamo……1.200

RENDIMIENTO NETO: 920 (3.480-2.560)

Reducción del 60%: 552 euros

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