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FIANZA MERCANTIL

leoisai224 de Octubre de 2013

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FIANZA MERCANTIL

CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO:

La fianza es un contrato de garantía personal por el que un tercero garantiza al acreedor con todo su patrimonio, el pago de una obligación ajena para el caso de que el deudor no la cumpla, constituyéndose así el fiador en un responsable sin deuda, es decir, el fiador, no es deudor del acreedor, sin embargo, asume la responsabilidad del pago para el caso de que el deudor no cumpla con la obligación garantizada, obligación que subsiste aun sin consentimiento o en contra del deudor

ELEMENTOS DEL CONTRATO

Elementos que componen a este tipo de contratos, es el que debe constar por escrito, y debe expedirse póliza.

• Elementos del contrato de arrendamiento

Entre los elementos del contrato encontramos el consentimiento, ya que se requiere del acuerdo de voluntades entre la arrendadora y el arrendatario con el ánimo, la intención o resolución de las partes para que conceda a otra el uso o goce de los bienes, este contrato debe otorgarse por escrito, por arrendadora financiera que tenga autorización para funcionamiento de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, previa revisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y ratificación ante Notario Público. El objeto se entiende sobre bienes tanto existentes como futuros.

OBLIGACIONES DE LAS PARTES

• El pago de una obligación ajena para el caso de que el deudor no la cumpla, constituyéndose así el fiador en un responsable sin deuda, es decir, el fiador, no es deudor del acreedor, sin embargo, asume la responsabilidad del pago para el caso de que el deudor no cumpla con la obligación garantizada, obligación que subsiste aun sin consentimiento o en contra del deudor.

OBLIGACIONES DE FIANZA MERCANTIL Y CIVIL

• Surge la necesidad de diferenciar a la fianza mercantil de la civil, en el

caso de la fianza civil, es otorgada entre particulares, en tanto que la fianza de

carácter mercantil, ésta manifiesta que es obligación del deudor principal

perteneciente o relativo a la mercancía o al comercio.

OBLIGACIONES DE LA FIANZA CONVENCIONAL

Existe la obligación de otorgar una garantía personal, ya sea porque así está determinada por resolución judicial o porque así lo dictamine la ley, y finalmente la onerosa y gratuita, éstas se

otorgan según exista o no la remuneración al fiador.

OBLIGACIONES DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

• obligará a pagar como contraprestación una cantidad numeraria que se

liquidará ya sea en pagos parciales, que cubra el valor de la adquisición de los

bienes, cargas financieras y demás accesorio,

FINALIDAD DEL CONTRATO:

• La fianza es un contrato de garantía personal por el que un tercero garantiza al

acreedor con todo su patrimonio

FIANZA CONVENCIONAL:

• Existe la fianza convencional, la cual consiste en que no existe antes de

la celebración del contrato ninguna obligación de otorgar la mencionada

garantía o fianza personal, la legal y judicial

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

• Se entiende por contrato de arrendamiento; aquel por el cual una

Arrendadora financiera se obliga a adquirir bienes y a conceder su uso o goce

temporal o a plazo forzoso a persona física o moral

VARIANTES GENERICOS

• Fianza mercantil o civil

• Contrato de arrendamiento

• Fianza mercantil o civil

• Fianza convencional

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