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Facilitadores Judiciales

lafernandez7 de Marzo de 2014

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TEMA DEL ARTÍCULO A PUBLICAR: EL SERVICIO NACIONAL DE FACILITADORES JUDICIALES EN GUATEMALA (SNFJ).

SUMARIO.

A través del presente artículo, busca exponerse someramente el Servicio Nacional de Facilitadores Judiciales, como una idea nueva en Guatemala, que aún está en una fase de implementación en algunos municipios y departamentos del país.

Dicho servicio busca principalmente acercar a la población el acceso a justicia para que los usuarios desde sus comunidades, puedan accesar a la justicia oficial a través de personas propias de la comunidad quienes con un espíritu de servicio hacia su propia comunidad voluntariamente colaboran con el sistema de justicia, buscando orientar a la población respecto a los diversos trámites judiciales o administrativos que tengan que realizar y asimismo busca resolver mediante la mediación en la propia comunidad aquellos conflictos pequeños que pueden suscitarse entre sus miembros sin necesidad que los mismos se trasladen hacia la judicatura más próxima a ellos por lo general un juzgado de paz.

EL SERVICIO NACIONAL DE FACILITADORES JUDICIALES EN GUATEMALA (SNFJ).

A) ANTECEDENTES EN GUATEMALA.

La figura del Servicio Nacional de Facilitadores Judiciales en Guatemala es sumamente nueva, pues dentro del país la misma no existía sino hasta el año 2,010 cuando la Corte Suprema de Justicia y la Organización de Estados Americanos (OEA) a través del Programa Interamericano de Facilitadores Judiciales (PIFJ), suscriben un acuerdo de cooperación para la implementación del referido servicio en Guatemala.

Tal y como el Acuerdo 8-2012 emitido por la Corte Suprema de Justicia en su tercer considerando lo establece.

B) CONCEPTO DEL SERVICIO NACIONAL DE FACILITADORES JUDICIALES.

El Servicio Nacional de Facilitadores Judiciales puede ser entendido como un sistema que busca dar un efectivo acceso a la justicia el cual se logra con la participación ciudadana que coopera activamente y el mismo funciona desde las estructura normales del Organismo Judicial teniendo especial relevancia la tarea de los Jueces de Paz quienes son las autoridades judiciales más próximas a cada población.

Su finalidad es que la población de cada comunidad pueda resolver sus conflictos sin necesidad de trasladarse hacia la autoridad judicial correspondiente evitando así que las personas en conflicto eroguen dinero para resolver sus conflictos, resolviendo los mismos en sus propias comunidades.

C) JUSTIFICACION DEL SERVICIO NACIONAL DE FACILITADORES JUDICIALES.

Este servicio busca dar un efectivo acceso a la justicia como derecho humano de toda persona, debido a que durante muchos años se ha podido comprobar que por diversos motivos muchas personas no tienen oportunidad de solucionar sus problemas o controversias dentro de los juzgados instaurados en el país, dando esto un aire de impunidad, desconsuelo por parte de la población, desesperación, falta de justicia y en el peor de los casos deseo de venganza por mano propia.

Entre las causas principales del por qué la población no accesa a la justicia pueden señalarse:

- Distancia entre la comunidad donde reside y la sede del órgano jurisdiccional: Muchas veces es la distancia la que limita el acceso a la justicia pues el usuario ve sumamente lejos de su comunidad la autoridad que puede ayudarle a resolver sus conflictos, optando por no denunciar su caso.

- Falta de tiempo de la población: En el mundo que hoy vivimos, pocas personas pueden darse el lujo de ocupar su tiempo en juicios que muchas veces se vuelven engorrosos, onerosos y largos (incluso por años), lo cual desmotiva a la población que ante la falta de tiempo opta por no denunciar.

- Falta de recursos económicos: Este problema que aqueja a la mayoría de un país pobre como el nuestro, puede evidenciarse en que no obstante la justicia es gratuita, muchas veces se necesita gastar dinero para trasladarse hacia la sede judicial, pago de honorarios del profesional que auxilia si fuera el caso, pago de alimentación por encontrarse fuera de su comunidad u otro tipo de gasto que al final redunda en un detrimento económico de la persona que desea hacer valer sus derechos en juicio.

- Idioma: El propio idioma que se habla en diversas comunidades ha sido una limitante muchas veces para accesar a los órganos oficiales de la justicia, puesto que en varios casos los empleados y funcionarios judiciales no dominan el idioma preponderante en la región y esto impide que puedan entender de forma directa y adecuada a los usuarios, recordando en este punto que no todas las sedes judiciales está dotada de un persona intérprete.

- Vergüenza al estigma social y a la revictimización: Muchas veces las personas no desean acudir a las esferas de jurisdicción por pena o vergüenza a lo que la autoridad o la propia población pueda pensar de ellos, pues tienen la idea que si visitan un juzgado las personas creerán que están metidos en problemas o que ellos son personas conflictivas, por lo que por esta causa muchas personas prefieren no denunciar sus conflictos.

Como puede evidenciarse estas y otras muchas causas evitan que las personas puedan accesar a la justicia oficial, por lo que el Servicio Nacional de Facilitadores Judiciales busca superar estos obstáculos y dar un efectivo acceso a la justicia a los pobladores de las distintas comunidades del país a través de los Facilitadores Judiciales personas líderes de la comunidad que quieren ayudar a su propia comunidad.

D) LOS FACILITADORES JUDICIALES.

Como su nombre lo indica, los facilitadores judiciales buscan facilitar el acceso de la población en general a la esfera judicial, se convierten en un mecanismo de auxilio de los funcionarios judiciales cumpliendo diversas tareas.

Los facilitadores judiciales son un puente entre los ciudadanos de la comunidad donde presten sus servicios y las autoridades judiciales.

Según el artículo 4 del Acuerdo 8-2012 de la Corte Suprema de Justicia, se define al Facilitador Judicial como: Una persona designada por su comunidad que voluntariamente ha ofrecido sus servicios para ser enlace entre la población y el Juzgado de Paz de su municipio, con el objeto de garantizar un genuino y eficiente acceso a la justicia, promover una cultura de paz y fortalecer los mecanismos de resolución alternativa de conflictos, sirviendo como un amigable componedor, como vía para mantener la convivencia pacífica entre los miembros de su comunidad. El facilitador colaborará con los miembros de su comunidad, orientándolos en cómo acceder a las instituciones que coadyuvan con el servicio de justicia, e impulsará la cultura cívica.

E) REQUISITOS DE LOS FACILITADORES JUDICIALES.

Derivado de la importante función que los facilitadores judiciales realizan en sus comunidades, estos no pueden ser cualquier persona, sino por el contrario deben llenar algunos requisitos básicos que en el caso de Guatemala de conformidad con el artículo 5 del Acuerdo 8-2012 de la Corte Suprema de Justicia son:

- Ser mayor de edad. Esto busca que la persona que se desempeñe como Facilitador Judicial sea una persona madura, llena de conocimiento que la experiencia de vida provee, pues muchas veces encontramos a varias personas que no tuvieron opción de ingresar a la educación formal pero a pesar de ello están llenos de sabiduría.

- Ser de nacionalidad guatemalteca.

- Saber leer y escribir. Esto en virtud que dentro de la función del Facilitador Judicial hay necesidad de llenar actas respecto a su actuación y rendir informes escritos de los casos y diligencias que ha realizado. Cabe mencionar que no se impone un grado de escolaridad únicamente ser alfabeto.

- Ser persona de reconocida honorabilidad en su comunidad. Esto busca una legitimación por parte de quien ejerce la función de Facilitador Judicial, pues si su función será dar acceso a la justicia y mediar conflictos, lógico resulta que no sea una persona conflictiva en su comunidad sino por el contrario con su buen ejemplo se justifique su actuación.

- Ser vecino y residente del Municipio respectivo. Esto busca que la persona resida en la comunidad donde ejerce su función para que todos los pobladores le conozcan y sea fácil su ubicación pues de vivir en otro lugar de todas formas los pobladores deberían trasladarse de un sitio a otro y ello no daría solución de acercar la justicia a las comunidades.

- No ejercer cargo de ninguna índole en partido político alguno. Esto es muy importante y busca no confundir las funciones pues la figura de Facilitador Judicial en nada tiene que ver con aspectos políticos, por lo que la persona no debe ejercer ningún cargo pues podría confundirse o aprovecharse la función que desempeña.

- No ejercer la función de Facilitador Judicial con fines políticos. Unida a la anterior, la función de Facilitador Judicial no debe verse como un “salto” hacia una futura candidatura política, puesto que la motivación de ser Facilitador Judicial es el desinteresado deseo de servir a la comunidad a la que pertenece no ningún otro sea económico, político o de otra índole.

- No haber sido condenado por la comisión de delito. Este requisito tiene relación con la honorabilidad, con la falta de antecedentes penales se busca garantizar que

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