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Facultades Extraordinarias Del Ejecutivo Federal


Enviado por   •  28 de Noviembre de 2013  •  466 Palabras (2 Páginas)  •  5.882 Visitas

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FACULTADES EXTRAORDINARIAS DEL EJECUTIVO FEDERAL.

Artículo. 29. En este artículo el presidente tiene la facultad de suspender las garantías individuales, en los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública o cualquiera que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, de manera temporal y con la autorización del Congreso en una localidad o si se requiere en todo el país.

Artículo. 33. El ejecutivo de la unión, previa audiencia, podrá expulsar del territorio nacional a personas extranjeras con fundamento en la ley, lo cual regulará el procedimiento administrativo, así como el lugar y tiempo que dure la detención.

Artículo 21. Párrafo. 8 nos dice que el Ejecutivo Federal podrá, previa autorización del Senado en cada caso, podrá reconocer la jurisdicción de la Corte Penal Internacional.

Artículo.66. Nos dice que le término del cierre de sesiones ordinarias del Congreso, sí las dos cámaras no estuvieren de acuerdo para poner término a las sesiones antes de las fechas indicadas, resolverá el presidente de la república.

Artículo.72. apartado B se reputará aprobado por el Poder ejecutivo todo proyecto no devuelto con observaciones a la cámara de origen dentro de los treinta días naturales siguientes a su recepción; vencido éste plazo el ejecutivo dispondrá de diez días naturales para promulgar o publicar la ley o decreto.

Artículo. 96. Nos dice que el Presidente de la República someterá la terna a consideración del senado para designar a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Artículo .115. Fracción VII. El Ejecutivo Federal tendrá el mando de la fuerza pública en los lugares donde resida habitual o transitoriamente.

Artículo 119. Párrafo IV. Las extradiciones a requerimiento de Estado extranjero serán tramitadas por el Ejecutivo Federal.

Artículo 127. Fracción II. Nos dice que ningún servidor público podrá recibir remuneración, en términos de la fracción anterior, por el desempeño de su función, cargo o comisión, mayor a la establecida por el Presidente de la República en el presupuesto correspondiente.

Artículo 131. El Ejecutivo podrá ser facultado por el Congreso de la Unión para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación e importación, expedidas por el propio Congreso, y para crear otras; así como para restringir y para prohibir las importaciones, las exportaciones y el tránsito de productos, artículos y efectos, cuando lo estime urgente, a fin de regular el comercio exterior, la economía del país, la estabilidad de la producción nacional, o de realizar cualquiera otro propósito, en beneficio del país. El propio Ejecutivo al enviar al Congreso el Presupuesto Fiscal de cada año, someterá a su aprobación el uso que hubiese hecho de la facultad

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