Falsificación
kmpnithahernandeInforme17 de Julio de 2014
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Falsedad en si no es un delito, es un capítulo en los Códigos Penales que abarcan varios delitos, de los cuales te hago un pequeño resumen:
Falsificación de Documentos expedidos por los Poderes del Estado, Organismos Autónomos, Ayuntamientos o de los Documentos de Crédito:
Comete este delito el que falsifica documentos oficiales de los poderes del estado en cualquier nivel.
Falsificación y Uso Indebido de Sellos, Marcas, Llaves y Troqueles:
Comete este delito el que falsifica cualquier molde, placas de circulación, sellos, credencial, contraseña o marca oficial, o que sabiendo de su falsedad, los use.
Falsificación de Documentos en General:
Bueno para este delito no hay mayor explicación, su nombre lo dice, pero además, en este delito se engloba a quien use un documento firmado en blanco para constuir una obligación de alguien que lo firmó.
Falsificación de Certificaciones:
Este mas que nada está dirigido a los notarios que hacen certificaciones sin tener los documentos originales a la vista.
Falsedad en Declaraciones y en Informes dados a una Autoridad:
Este es cuando una persona da informes falsos a una autoridad en ejercicio de sus funciones, o cuando se fabriquen pruebas en un proceso jurídico para exculpar a alguien.
Variación del Nombre o del Domicilio:
Para este delito creo que tampoco hay mucha explicación, su nombre lo dice todo.
El delito de peculado es cuando un servidor público que, para usos propios o ajenos, distraiga de su objeto dinero, valores, fincas o cualquiera otra cosa perteneciente al Estado o municipio, organismo descentralizado o a un particular si, por razón de su cargo, los hubiese recibido en administración, en depósito o por otra causa.
El delito de cohecho es cuando un servidor público que, por sí o por otra persona, en cualquier momento, solicite o reciba, indebidamente, dinero o cualquier otra dádiva o servicio, o acepte una promesa para hacer, o dejar de hacer, algo justo o injusto relacionado con sus funciones.
Y por último, el delito de concusión es cuando un servidor público que, en su carácter de tal y a título de impuesto, derecho o contribución, recargo, renta, rédito, salario, cooperación o emolumento, exija por sí o por medio de otro, dinero, valores, servicio o cualquier otra cosa indebida, o en mayor cantidad que la señalada por la le
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