Fuentes del Derecho - Javier Ezquiaga.
richardgamarraApuntes18 de Diciembre de 2016
68.953 Palabras (276 Páginas)272 Visitas
LA PRODUCCION JURIDICA Y SU CONTROL
POR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Fuente del Derecho, disposición y norma
Francisco Javier Ezquiaga Ganuzas
Universidad del País Vasco
Donostia-San Sebastián, marzo de 1998
A la memoria de Paco Ezquiaga, cronista en los frontones del cielo
2
SUMARIO
INTRODUCCION 7
- FUENTES DEL DERECHO Y PRODUCCION JURIDICA 10
1.1. ELEMENTOS DEL PROCESO DE PRODUCCION JURIDICA 10
1.2. EL PROBLEMA DE LAS FUENTES DEL DERECHO 15
1.3. EL CONCEPTO DE FUENTE DEL DERECHO 23
- FUENTE DEL DERECHO, DISPOSICION Y NORMA 27
2.1. FUENTE DEL DERECHO Y DISPOSICION 27
2.2. FUENTE DEL DERECHO Y NORMA 32
2.3. DISPOSICION Y NORMA 34
2.3.1. Una disposición es considerada expresión de varias
normas conjuntamente 40
2.3.2. Una disposición es considerada expresión de varias
normas alternativamente 43
2.3.3. Varias disposiciones son consideradas expresión de
normas idénticas 44
3
2.3.4. Varias disposiciones conjuntamente son consideradas
expresión de una norma 48
2.3.5. Normas sin disposición 69
- LAS NORMAS SOBRE LA PRODUCCION JURIDICA 85
3.1. NORMAS SOBRE LA PRODUCCION JURIDICA, FUENTES DEL
DERECHO, DISPOSICIONES Y NORMAS 85
3.2. TIPOS DE NORMAS SOBRE LA PRODUCCION JURIDICA 93
3.2.1. Normas sobre la producción de fuentes del Derecho 93
3.2.1.1. Normas sobre la producción de fuentes del
Derecho que otorgan competencias normativas 96
3.2.1.2. Normas sobre la producción de fuentes del Dere-
cho que establecen el procedimiento de elabora-
ción de los documentos normativos
pertenecientes a cada tipo de fuente 100
3.2.1.3. Normas sobre la producción de fuentes del Derecho relativas a la materia objeto de
regulación 105
3.2.2. Normas sobre la producción de disposiciones 112
3.2.3. Normas sobre la producción de normas 113
3.2.3.1. Normas que regulan indirectamente la producción
de normas 119
3.2.3.2. Normas que regulan directamente la producción
de normas 120
3.2.4. Normas sobre la producción jurídica y validez 132
- LAS VULNERACIONES DE LAS NORMAS SOBRE LA PRODUCCION JURIDICA Y SU EFECTO SOBRE LOS DOCUMENTOS
NORMATIVOS, LAS DISPOSICIONES Y LAS NORMAS 137
4.1. LAS VULNERACIONES DE LAS NORMAS SOBRE LA
PRODUCCION DE FUENTES DEL DERECHO 137
4
4.1.1. Vulneración de las normas sobre la producción de fuentes
del Derecho que otorgan competencias normativas 138
4.1.2. Vulneración de las normas sobre la producción de fuentes
del Derecho que establecen el procedimiento de
elaboración de cada tipo de fuente del Derecho 143
4.1.3. Vulneración de las normas sobre la producción de fuentes
del Derecho relativas a la materia objeto de regulación 147
4.1.3.1. Vulneración de los límites materiales de la fuente
del Derecho 149
4.1.3.2. Vulneración de los límites relativos al contenido
normativo 150
4.1.3.3. Vulneración de los límites territoriales, personales y
temporales 152
4.2. LA VULNERACION DE LAS NORMAS SOBRE LA
PRODUCCION DE NORMAS 154
4.2.1. Vulneración del art. 120.3 de la Constitución 155
4.2.2. Vulneración del art. 5.1 de la LOPJ 157
4.2.3. Vulneración del art. 10.2 de la Constitución 159
4.2.4. Vulneración del art. 3.1 del Código civil 162
5. EL CONTROL POR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE LOS VICIOS EN EL PROCESO DE PRODUCCION DE LOS DOCUMENTOS
NORMATIVOS, LAS DISPOSICIONES Y LAS NORMAS 165
5.1. SENTENCIAS QUE TIENEN COMO OBJETO DOCUMENTOS
NORMATIVOS 166
5.2. SENTENCIAS QUE TIENEN COMO OBJETO DISPOSICIONES 168
5.3. SENTENCIAS QUE TIENEN COMO OBJETO NORMAS 178
5.3.1. Sentencias que estiman el recurso 181
5.3.1.1. Sentencias que (aparentemente) estiman el
recurso declarando una norma inconstitucional 181
5.3.1.2. Sentencias que (aparentemente) estiman el
recurso declarando la norma constitucional 162
5
5.3.2. Sentencias que desestiman el recurso 182
5.3.2.1. Sentencias que desestiman el recurso
declarando una norma inconstitucional 183
5.3.2.2. Sentencias que desestiman el recurso
declarando la norma constitucional 184
5.3.3. Las sentencias “manipulativas” 185
5.3.3.1. Las sentencias “aditivas” 186
5.3.3.2. Las sentencias “sustitutivas” 191
- CONCLUSIONES 197
- BIBLIOGRAFIA 199
6
INTRODUCCION∗
Una buena parte de las disputas jurídicas tienen su origen en problemas terminológicos derivados de la comprensión con significados diferentes de los mismos términos legales, judiciales y/o doctrinales. Para muchos ciudadanos el hecho de que dos jueces, dos abogados o dos profesores mantengan tesis diametralmente opuestas (o simplemente diferentes) sobre una misma cuestión, siendo el mismo el sistema jurídico en el que se desenvuelven, es algo inexplicable. Los juristas saben, sin embargo, que los procesos de interpretación y aplicación del Derecho son complejos, entre otras causas, por la indeterminación del lenguaje legal, que sólo en parte se encuentran regulados en el propio Derecho y que, en consecuencia, la subjetividad del operador jurídico y
[pic 1]∗ El presente trabajo se inscribe en el Proyecto de Investigación PI96/14 financiado por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco. Una primera redacción del mismo fue leída y discutida con los demás miembros del equipo investigador enriqueciéndose con las aportaciones que, no sólo desde el ámbito del Derecho Administrativo y Constitucional, realizaron mis colegas/colegas Edorta Cobreros, Rafael Jiménez Asensio, Alejandro Saiz Arnaiz y Juan Ignacio Ugartemendia. También han leído con atención y espíritu crítico el texto, haciéndome importantes observaciones no sólo desde el ámbito de la Filosofía del Derecho, mis compañeros y amigos de Area María Angeles Barrère, Joxerramon Bengoetxea y Juan Igartua. A todos ellos mi más sincero agradeciemiento.
7
los valores que mantenga son determinantes para configurar su postura sobre lo que el Derecho prevé para un problema concreto1.
Sin embargo, el análisis que se pretende llevar a cabo no va a partir de las disputas jurídicas que surgen de discrepancias interpretativas, es decir, las originadas por los distintos significados que diferentes operadores jurídicos pueden asignar (en función de su ideología interpretativa) a un mismo texto normativo. La cuestión inicial va a ser la constatación de que, en muchas ocasiones, en el lenguaje legal, judicial o doctrinal, los mismos términos son utilizados para referirse a cosas diferentes; aparentemente se habla de lo mismo, pero en realidad sólo el término es idéntico. En esas condiciones el debate o la simple comunicación se hacen extremadamente difíciles, máxime cuando, como es frecuente, incluso un mismo jurista (o un mismo órgano legislativo, administrativo o judicial) utiliza el mismo término con sentidos diferentes o expresa el mismo concepto con términos dive rsos.
...