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Fundamentos del derecho Para llegar a una conclusión única


Enviado por   •  19 de Noviembre de 2015  •  Informes  •  2.202 Palabras (9 Páginas)  •  412 Visitas

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Fundamento del Derecho

Introducción

        

Para decir llegar a una conclusión única del fundamento del derecho hay que analizar una a una las teorías que hablan de ello.

Como primer punto podríamos decir que Fundamento es todo aquello donde se apoya algo, es su base, entonces al buscar un fundamento en el derecho estamos buscando las bases de este conocimiento.

Para ir encontrando el Fundamento del Derecho hay que tener claros tres conceptos:

  - Fundamento del derecho: el cual es donde se apoya o su base justificante, esto se puede ver con un ejemplo claro: cuando hablamos de fundamento del Derecho lo podemos comparar con las bases de un edificio, las cuales son muy importantes para que este firme y nunca se caiga.

  - Fuentes del Derecho: las cuales son de donde emana el derecho, lo que le da origen al mismo, podemos enumerar algunas fuentes del Derecho tales como: La ley, la costumbre, la doctrina, la jurispudencia, entre otras.

 - Fines del Derecho: esto se refiere a lo busca, lo que pretende conseguir el derecho o a donde se dirige y como todos sabemos, lo que busca el derecho en realidad es el control social.

El derecho se puede diferenciar dos enfoques generales, los cuales son, el subjetivismo y el objetivismo.

En el subjetivismo podemos encontrar lo que pertenece al sujeto, ya sea su inspiración, razón y espontaneidad. Sus características esenciales son:

  • Siempre se inspira en la razón
  • Su método es el deductivo
  • Es de carácter interno
  • Y por su misma condición es inmutable

Por otra parte cuando hablamos de objetivismo podemos ver que se trata de lo que esta externo al sujeto es lo que se ve desde afuera, partiendo de las condiciones sociales, económicas históricas, etc. Sus principales características son.

  • Se basa en la experiencia
  • Es de carácter externo
  • Su método es el inductivo
  • Es de naturaleza mutable.

Métodos de Conocimiento

Cuando hablamos de método nos referimos a la forma en que el humano es receptor del conocimiento. Los métodos se clasifican en dos grandes grupos: discursivos e intuitivos.

1- Discursivos: en estos el espíritu humano va avanzando por pasos, escalonadamente, profundizando gradualmente en el conocimiento. Estos a su vez se dividen en dos subgrupos:

1.1- Deductivo: Creado por Aristóteles, se llama también método racional,  el cual va de lo universal a lo particular o de lo abstracto a lo concreto.

1.2- Inductivo: Fue empleado por Galileo y por Bacon, este al contrario del deductivo, va de lo particular a lo general.

2- Intuitivo: este método es el que experimentamos día a día con nuestros sentidos, es un conocimiento que por decirlo de alguna manera lo adquirimos repentinamente. Se adquiere el conocimiento por una iluminación que se llama intuición.

Conocimiento Empírico y Racional

El conocimiento humano se divide en dos, el conocimiento empirico y el conocimiento racional.

Cuando hablamos de conocimiento empirico o analitico, nos referimos al conocimiento que resulta de la observación externa de las relaciones entre los objetos la convierte en la base ideal para las leyes del conocimiento. Su aparición en la Antigua Grecia y Mundo Árabe provoca la definitiva separación entre las ciencias formales (geometría y álgebra) de las ciencias empíricas (zoología, botánica), siendo su máximo exponente el propio Aristóteles. Su paso a través de la historia provoca el descubrimiento de la lógica experimental y se mantiene hasta nuestros días.

El racionalismo, por su parte, es una corriente filosófica que apareció en Francia en el siglo XVII, formulada por René Descartes, que se opone al empirismo y que es el sistema de pensamiento que acentúa el papel de la razón en la adquisición del conocimiento, en contraste con el empirismo, que resalta el papel de la experiencia, sobre todo el sentido de la percepción.

Teorías Subjetivistas

Escuela Racionalista del Derecho

Nace en el periodo de la ilustración y pone por encima de todo la razón humana, la cual según los partidarios de esta escuela, cree que es la única capaz de resolver los problemas del mundo y llevar a los pueblos a una época de felicidad. Antepone la razón ante todo como método fundamental de conocimiento. Esta escuela busca basarse en la lógica pura, para poder obtener un sistema de Derecho con las siguientes características:

- Rígido, porque está fundamentado únicamente en la naturaleza inmutable y común de todos los seres humanos

- Insensible al paso del tiempo e indiferente al desarrollo de la cultura y a las diferencias geográficas

- Ideal, hasta el punto que a él se tendrán tarde o temprano que ajustar todas las legilaciones

- Perfecto, pues ha sido elaborado por la razón abstracta y no puede darse otro mejor.

Escuela del Idealismo Trascendental

Fue fundada por Emmanuel Kant y fue aplicada al derecho por Stammler la cual basa el fundamento del Derecho en las siguientes características:

- es bilateral y vinculatoria, ya que “vincula” a varios sujetos produciendo entre ellos una serie de relaciones intersubjetivistas.

- es autárquica, es decir que es capaz de imponerse independientemente de la voluntad de los obligados y aun en contra de su consentimiento. Por decirlo de otra manera, le guste o no hay que cumplirlo.

- es inviolable, o sea, q a pesar que se den violacines de hecho, ello no significa que la ley pierda su valor ni su vigencia.

Esta teoría pretende armonizar ingeniosamente, las posturas extremas del racionalismo y del empirismo, ya que considera a la experiencia como a la razón factores del conocimiento.

Esta Teoría es definida por Kant como: "La ciencia de todos los principios a priori de la sensibilidad" De este modo, está compuesta de la exposición metafísica y trascendental de los conceptos de espacio y tiempo en tanto formas puras de la intuición sensible.

Teoría Pura del Derecho

Esta teoría creada por Hans Kelsen, es tal vez la más corta de explicar, pues reduce el derecho a la norma pura, es decir, reconoce solo la norma, rechazando por completo la experiencia jurídica, parte de su aporte al derecho es la jerarquización de las leyes.

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