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Hacer uso del derecho de petición de interés particular


Enviado por   •  18 de Octubre de 2015  •  Apuntes  •  737 Palabras (3 Páginas)  •  144 Visitas

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Villamaría, 16 de octubre de 2012

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEG. SOCIAL

DIRECCION TERRITORIAL CALDAS

MANIZALES-CALDAS

REFERENCIA:            Solicitud Revisión Citación

PETICIONARIO:          JORGE FABIAN QUICENO MARIN

Dentro de los Términos de ley de conformidad  con lo dispuesto en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, en donde nos indica que: “Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas  a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución “. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales”.

Comedidamente me permito a través del presente, hacer uso del derecho de petición de interés particular,  con fundamento en los siguientes hechos y consideraciones.

HECHOS

El pasado 05 de octubre del 2012, recibo notificación para presentarme a citación de “AUDIENCIA DE CONCILIACION” en las oficinas del Ministerio del Trabajo el día 11 de octubre a las 3:45 P:M:, ésta notificación está fechada del 10 de septiembre del 2012 y firmada por la Aux. Administ. MARIA ELSY RODRIGUEZ PEÑA.    La conciliación sería una diligencia ante la doctora LUZ ELENA ALZATE ECHEVERRY.

SEGUNDO:

Llegada la fecha del 11 de octubre me presento en el Ministerio del trabajo a las 3,00 P.M. (45) cuarenta y cinco minutos antes de la hora estipulada en la notificación, para ese momento me dirijo ante la señora Recepcionista que para ese momento se encontraba,  quien me manifiesta que la hora de la citación ya pasó; le expreso mi sorpresa e inconformismo señalándole la hora y preguntándole, ¿cómo es posible que la hora de la diligencia ya haya pasado si claramente estoy allí 45 minutos antes de la hora fijada en la notificación que días antes había recibido?.  

 Ante mi pregunta la señora responde que ese no era problema de ella y que ya no había nada que se pudiera hacer.

TERCERO:

Ante el hecho de que mis reclamaciones fueron infructuosas, ya que nadie me dio una explicación del por qué la diligencia se había llevado a cabo en una hora diferente a la que me habían citado y sin mi presencia; abandono las instalaciones del Ministerio de Trabajo inconforme y a la espera de una segunda notificación ya  que no se habían recibido mis descargos, hecho al que todo Colombiano tiene derecho.  

CUARTO:

Ante las inquietudes de este hecho y teniendo en cuenta que la notificación recibida está impresa en computador exceptuando la hora que claramente está enmendada; el día 16 de octubre me dirijo nuevamente al Ministerio del Trabajo para que me sea aclarado dicho hecho; solicito una asesoría en la cual me explican que efectivamente dicha citación fue enmendada antes de ser entregada a su destino final, (es decir antes de que me fuera entregada a mi JORGE FABIAN QUICENO MARIN).

QUINTO:

Ante estos hechos, considero que claramente hay falsedad en documento público y este suceso tuvo su ejecución en cualquier instante entre el momento en que se envió la notificación desde el Ministerio del Trabajo al momento previo de su recepción en su destino final.

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