Higiene y Seguridad en el trabajo.
napreApuntes24 de Septiembre de 2016
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Higiene y Seguridad en el trabajo
1. Obligaciones y Responsabilidades
1.1. Comitentes y Contratistas
La Ley Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo Nº 19.587 en su Artículo 3º asigna al comitente y a los contratistas una responsabilidad solidaria, en relación a las obligaciones en materia de Salud y Seguridad en el trabajo, al decir:
“Cuando la prestación de trabajo se ejecute por terceros en establecimientos, centros o puestos de trabajos del dador principal o con maquinarias, elementos o dispositivos por él suministrado, éste será solidariamente responsable del cumplimiento de las disposiciones de esta ley.”
En el mismo sentido, el Artículo 4º del Anexo del Decreto PEN Nº 911 / 96, reglamentario de la Ley citada en el párrafo anterior, en lo específico a la industria de la construcción, ratifica esa responsabilidad, expresando:
“El Comitente será solidariamente responsable, juntamente con el o los Contratistas, del cumplimiento de las normas del presente Decreto.”
1.2. Profesionales. Documentación de obra a presentar
Al comenzar una tarea profesional relacionada con la construcción de una obra, en la que el profesional se desempeñe como Director o Conductor Técnico, además de las responsabilidades y funciones propias del desempeño de la actividad para la que se encuentra habilitado, el arquitecto asume algunas responsabilidades en el campo de la Salud y Seguridad en el Trabajo.
En ese sentido deberá:
[pic 1]firmar el Programa de Seguridad para la obra, elaborado por el responsable del servicio de higiene y seguridad de la misma. Este documento estará además suscripto por el mismo profesional que lo confeccionó, por el empleador o contratista y posteriormente por el asesor de higiene y seguridad de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) elegida por el empleador.
En el mismo, estarán contenidas las condiciones de seguridad de la obra y las medidas de prevención de riesgos que los firmantes acuerdan implementar.
Al suscribirlo, todos ellos acuerdan su implementación y lo consignado en su contenido se torna de cumplimiento obligatorio. (Resolución SRT Nº 51/97).
Por este hecho, se hacen necesarias una serie de acciones tales como:
[pic 2]conocer pormenorizadamente las características de la obra a emprender.
[pic 3]Identificar los riesgos que se harán presentes en cada una de las etapas:
[pic 4]demolición, si la hubiera,
[pic 5]excavación,
[pic 6]trabajos en altura, con uso de elementos auxiliares (andamios y escaleras).
[pic 7]Recurrir al asesor de salud y seguridad en el trabajo, responsable del servicio de la obra, solicitando su participación para prever medidas correctivas para controlar los riesgos emergentes de las tareas a desarrollar.
[pic 8]Atender especialmente los aspectos de índole técnica que pueden derivar en accidentes en los que se vean involucrados los trabajadores (por ejemplo: elección de las metodologías a adoptar para demoler, excavar y/o realizar trabajos en altura, cantidad y calidad de puntales de encofrados, apuntalamientos necesarios para mantener estabilidad de estructuras, muros y/o paramentos, estado de conservación y mantenimiento de herramientas y equipos utilizados en la obra, entre otros).
Si ocurriera un accidente causado por alguna de estas situaciones no resueltas en favor de la seguridad, el profesional de la construcción podrá tener responsabilidad legal (civil y hasta penal) sobre las lesiones sufridas por el o los trabajadores damnificados
Presentaciones de documentación de la obra relacionada con la salud y seguridad en el trabajo.
Previo a la iniciación de los trabajos de la obra, se deberá efectuar la presentación de la siguiente documentación, en lo relativo a la salud y seguridad en el trabajo, por ante distintos organismos:
Con qué anticipación?
[pic 9]5 días
Qué Documentación presentar?
[pic 10]Aviso de Inicio de Obra (cada ART tiene su formulario)
[pic 11]Programa de Seguridad (si correspondiera por las características de la obra).
[pic 12]Comunicado de Inicio de Obra, acompañado de:
- Programa de Seguridad ya aprobado por la ART.
- Nómina de personal de obra asegurado por ART.
- Constancia de Inscripción de AFIP de Comitente y Contratista.
Ante qué organismo?
[pic 13]Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART)
[pic 14]Secretaría de Trabajo de la Provincia
Quién elabora?
[pic 15]Ante la ART, responsable del Servicio de Higiene Y Seguridad en el Trabajo.
Atención: El Director Técnico firma el Programa de Seguridad
[pic 16]Ante el CyMAT, cualquiera de los involucrados en la construcción de la obra:
- Comitente.
- Contratista
- Director Técnico (que también firma el formulario de Comunicado de Inicio de Obra)
- Responsable de Higiene y Seguridad.
Quién presenta?
[pic 17]Ante la ART, responsable del Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo.
[pic 18]Ante el CyMAT, Cualquiera de los involucrados en la construcción de la obra.
2. Aspectos básicos de seguridad en obras en construcción
2.1. Marco Normativo
Las normas que establecen las condiciones y medio ambiente del trabajo (CyMAT) de la República Argentina están contenidas en la Ley de Higiene y Seguridad Nº 19.587, su Decreto Reglamentario Nº 911 / 96 y demás disposiciones
2.2. Introducción
La construcción es una de las actividades que ocupa más mano de obra directa o indirectamente.
Tiene altos riesgos de accidentes por su dinamismo y las rápidas variaciones entre una etapa y otra.
Los accidentes por golpes, raspaduras, tropiezos, cortes y caídas son frecuentes. En algunos casos tienen graves consecuencias para la salud, incluso la muerte.
Esto hace necesaria la información para reconocer los riesgos presentes en trabajos de construcción y los modos básicos de controlarlos, reduciendo la probabilidad de que ocurra un accidente.
2.3. Condiciones básicas de seguridad
Comenzar una obra no es nada más que llevar los materiales y empezar las tareas de construcción.
Previo a comenzar los trabajos propios de edificación, se deberán garantizar condiciones básicas para el acondicionamiento del ambiente de trabajo.
Estas condiciones son:
[pic 19]Instalación de baños en cantidad proporcional al número de trabajadores con inodoro, lavabo y ducha con agua corriente, construidos con material que facilite su limpieza y desinfección.
[pic 20]Construcción de vestuarios.
[pic 21]Provisión de agua potable para el consumo humano.
[pic 22]Entrega de los Elementos de Protección Personal (EPP) acordes a las tareas que cada uno realizará. Los comunes y fundamentales a toda persona que trabaja en obra son:
- casco,
- guantes y
- calzado de seguridad.
Según la tarea específica que desempeñe cada operario y los riesgos que de ella se deriven, se le hará entrega a demás de:
- protector ocular,
- protector buco – nasal,
- protector auditivo,
- arnés y cuerda salvavidas,
- botas de goma,
- máscara y delantal para soldar, o cualquier otro que corresponda según el caso.
[pic 23]Ejecución de Medidas de Protección Colectiva, es decir, colocación de entibados, tablestacados, submuraciones, apuntalamientos, vallados o barandas que impidan la caída, redes o bandejas que limiten la caída, pasarelas con piso firma y barandas cuando se deba atravesar un vacío, tapado y señalización de pozos ya excavados y no llenados aún, entre otras.
[pic 24]Acondicionamiento de la Instalación Eléctrica, para evitar posibles contactos directos o indirectos, con:
-tablero general eléctrico dispuesto en gabinete reglamentario, con señalización de riesgo eléctrico, conteniendo disyuntor diferencial,
llaves termo – magnéticas y con la correspondiente puesta a tierra.
-El cableado deberá tener sus recubrimientos de protección en buenas condiciones de conservación para garantizar su aislación y se colocarán al menos a 2,00 m de altura a los fines de evitar pisarlos.
-Todos los cables destinados a ser conectados en tomacorrientes tendrán en su extremo fichas acordes a la conexión (2 ó 3 patas).
[pic 25]Provisión de un Matafuegos, de Polvo Químico Seco Triclase para fuegos ABC, de 10 kg de capacidad, dispuesto en lugar accesible.
[pic 26]Protección de las partes móviles de las máquinas, en sus sistemas de accionamiento y / o transmisión
- cables,
- poleas,
- correas,
- engranajes,
- discos de corte,
- punto de proyección de partículas, entre otras, con lo que controlaremos los riesgos de atrapamiento, corte, aplastamiento, abrasión, proyección de partículas.
A los 7 días se efectuará:
[pic 27]Provisión de Ropa de Trabajo. A los 15 días se completará:
[pic 28]Capacitación a los operarios sobre procedimientos seguros de trabajo, a cargo del responsable del servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo.
[pic 29]Acondicionamiento de Orden y Limpieza, destinando sectores de acceso, circulación y ascenso, en caso de corresponder, seguros y libres de obstáculos.
y además:
[pic 30]Se colocarán carteles de seguridad en la obra.
[pic 31]Se destinará un espacio para comedor.
2.4. Riesgos por etapa se obra
2.4.1. Desmalezamiento
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