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INDUCCIÓN AL ERROR ADMINISTRATIVO


Enviado por   •  27 de Octubre de 2014  •  Informes  •  595 Palabras (3 Páginas)  •  297 Visitas

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INDUCCIÓN AL ERROR ADMINISTRATIVO

La resolución administrativa se sustentó en la demanda y petición presentada por la petrolera estatal y la petición del Procurador General del Estado, de agosto del 2004.

"porque la ley lo permite", dijo. Explicó que la transacción "es un contrato en el que las partes terminan extrajudicialmente un litigio pendiente o precaven un litigio eventual" Oxy no emitió criterio tras la resolución administrativa.

Oxy, sin autorización del Ministerio de Energía. La empresa traspasó derechos, celebró un contrato, y suscribió un acuerdo privado por el cual hizo la transferencia del 40 por ciento de los derechos y obligaciones sobre un bloque a la petrolera canadiense. Ésta a su vez incluyó en el paquete de sus activos en venta a Andes Petroleum.

Aspectos notables son:

Causales.-

1.- se trata de la decisión unilateral de la entidad contratante, que altera la bilateralidad del acuerdo.

2.- impide continuar el contrato aunque el plazo no se ha vencido o no este de acuerdo.

3.- su causa es la culpa del contratista incumplido.

4.- no ha y vía legal inmediata para oponerse a lo decidido aunque se trate de declaratoria de ilegal.

Como la causa de la declaratoria.

Es el incumplimiento del contratista, en ningún caso, aquél, podrá pedir indemnización, para que aquella declaración, por el contrario se verá sometido a los actos legales en cuanto a la sanción de inhabilidades.

Todo acto administrativo, tiene que ser motivado, demostrado y probado en el órgano estatal.

Causales de la declaratoria de la caducidad administrativa

Rompimiento del contrato, medidas alternativas, como medida axiológica.

El simple incumplimiento del contrato no justifica la caducidad administrativa el incumplimiento afecta grave y adicionalmente la ejecución del contrato.

El manifiesto incumplimiento que se le imputa al contratista, debe afectar grave y directamente la paralización del contrato, es determinante el incumplimiento del contrato, por la dificultad y ejecución del contrato.

El rompimiento contractual esta en la declaratoria de la caducidad administrativa, será a través de la expedición de una acto administrativo que deberá ser debidamente motivado y en la misma se ordenará la liquidación del contrato en el estado en que se encuentre.

Por lo general la caducidad se da cuando el contratista actúa de mala fe.

Mecanismos de revisión.-

No es que la administración pública deja por si sin efecto un contrato, compulsivamente, primero notifican por escrito, se le hace conminatoria por el incumplimiento, ya que por su negligencia esta afectando al público se le establece y si no atiende se le aplica preventivamente una multa, si se sigue manteniendo se le aplicará la caducidad administrativa.

Ya que la Constitución y

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