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Inscripcion como empleador ante afip


Enviado por   •  4 de Septiembre de 2022  •  Resúmenes  •  646 Palabras (3 Páginas)  •  33 Visitas

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contar con cuit y clave fiscal ante Afip (persona fisica o juridica) . ingresar pagina de afip- opcion Sistema Registral - Registro tributario - alta de impuestos.

elegimos periodo desde el q queremos inscribir al contribuyente como empleador( mes/año)- aportes seguridad social- imprimimos la constancia.

Alta/Modificaciones/Baja de empleados: E obligacion de informar al Afip  del Sistema Simplificacion Registral-Empleadores: una nueva relacion laboral,extincion de relacion laboral, modificacion de datos. Obligacion del T proveer informacion necesaria.

Plazos de comunicacion ante Afip:

  • Alta de relaciones laborales: Hasta el dia inmediato anterior al de comienzo de tareas.
  • Baja de relaciones laborales: Regla general. 5 dias corridos a partir de la extincion de la relacion laboral.
  • Baja retroactiva: Cuando el T n se presenta a trabajar, enviar telegrama, intimando presentarse en un plazo establecido, si n lo hace se considera despedido.

Si hay telegrama de renuncia, se toma la fecha d recepcion del mismo, y a partir de ese dia el E tiene 5 dias para comunicar la baja.

Plazos de comunicacion al empleado:

  • Alta de relaciones laborales: dentro d 48hs contadas desde las 00 del dia inmediato siguiente a la fecha  consignada.
  • Modificaciones de datos: entregar duplicado de la constancia dentro del mes de realizado la modificacion.
  • Baja d relaciones laborales: solo si la solicita el T dentro de los 5 dias corridos la solicitud.

Contratacion  de seguros:

 Seguro colectivo de vida: cumple la funcion  de proteger economicamente a los beneficiarios designados, ante el deceso. Se diferencian de los seguros individuales porq se requiere la existencia de un conjunto de personas con las mismas carats.

      Dos tipos: Obligatorio:  Seguro colectivo de vida obligatorio.

                             Seguro colectivo obligatorio del peon rural.

                          Distintos seguross colectivos segun convenio colectivo de trabajo.

    Optativo: Seguros colectivos voluntarios destinado a cubrir indemnizacion (x muerte del T)

Seguro colectivo de vida obligatorio: cubre el riesgo de muerte incluido el suicidio, sin limitaciones. El E esta obligado a contrarlo x cada T en relacion de dependencia. La falta de este  corresponde pago de indemnizacion. Es independiente a cualquier otro seguro, beneficio social o indemnizacion. No incluye trabajadores rurales, ni contratados x tiempo inferior a 1 mes.

Plazos: Inicio actividad del E: 30 dias de plazo para contratar seguro, comienza desde ese mismo dia.   Luego de los 30 dias: la cobertura regira a partir de las 00hs del trigesimo primer dia posteriora la solicitud del seguro.

Empleador en actividad: la incorporacion y baja de T asegurados es automatica, los q figuren en la Simplificacion Registral-Empleadores.

Una vez contratado se debe proveer al T dentro de 15 dias un formulario de designacion de beneficiarios.

Seguro de riesgo de trabajo: ley 24557, cubre contingencias de enfermedad profesional o accidentes de trabajo, en el ambito laboral. Se contrata x medio de una Aseguradora de Riesgos de trabajo y se abona mensualmente en 2 partes: un monto fijo x T; un porcentaje calculado sobre el sueldo del T. mayor riesgo la act. mayor porcentaje.

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