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Instructivo


Enviado por   •  15 de Septiembre de 2015  •  Prácticas o problemas  •  610 Palabras (3 Páginas)  •  220 Visitas

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INSTRUCTIVO

AL C. YUANZHAN CHEN

DOMICILIO: CALLE MISIONEROS NÚMERO 117 EN LA COLONIA SANTA CRUZ EN EL MUNICIPIO DE GUADALUPE, NUEVO LEÓN

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          En la Ciudad de 
Guadalupe Nuevo León a 19 de Enero de 2015. 

 

         V I S T A: La investigación edificada con motivo de los hechos con características de delito de ROBO denunciados por el C. YUANZHAN CHEN en contra del C. JUNCHENG RONG.

 

          R E S U L T A N D O: Que a la fecha se han realizado las diligencias estimadas oportunas para el esclarecimiento de los hechos, y no obstante de ello, hasta este momento no se cuenta con elementos que permitan desarrollar actividades al esclarecimiento de los hechos, aunado  a que dentro de la indagatoria se cuenta con oficio dirigido al C. Licenciado Porfirio Díaz Torres, Director de Servicios Periciales y Criminalística de la Procuraduría General de Justicia en el Estado a efecto de realizar: observación, descripción, fijación y levantamiento de indicios, oficio al Instituto Regional Nacional de Migración mismo en el que se le solicita información del imputado, constancias de llamada telefónica en las que se le solicita a la víctima se presente en la Unidad de Investigación a fin de acreditar la propiedad y preexistencia de lo señalado en su denuncia, contestando la víctima y comprometiéndose a acudir a la brevedad posible a la Unidad, así mismo se cuenta con constancia de fecha 16 de Enero de 2015 en la que realiza llamada al Instituto Nacional de Migración a fin de dar seguimiento al oficio 458/2014 en el que se solicita información del investigado obteniendo como resultado que el Instituto necesita más datos personales de la persona investigada, así como constancia de fecha 19 de Enero de 2015 en la que se realiza llamada al departamento de AFIS a efecto de dar seguimiento al folio 14-13266 obteniendo como resultado que en la base de datos de AFIS no se cuenta con registro que coincida con los fragmentos de huellas remitidos, por ello se tiene a bien en acordar y se;

          A C U E R D A: Con fundamento en el artículo 121 fracción XIV y 249  del Código Procesal vigente en la Entidad, Archívese Temporalmente la presente investigación, hasta en tanto se obtengan de manera oficiosa o a petición del accionante,  nuevos y demás datos de prueba que permitan la identificación del probable responsable o de algún dato útil que permita la continuidad de la investigación y del procedimiento, en cuyo caso se podrá reactivar la presente.

          Seguido de lo anterior y con prontitud notifíquese la presente determinación al denunciante, mediante  las formas legales establecidas, para los efectos legales a que haya lugar, Así lo acordó y firma el C. LICENCIADO JUAN ALEJANDRO MADRIGAL LOERA, AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO INVESTIGADOR DE LA UNIDAD DE INVESTIGACION NO. 02 ESPECIALIZADA EN DELITOS DE ROBO EN GUADALUPE.




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