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Introducción al Derecho Minero y Ambiental

marcelo.manriqueTarea20 de Septiembre de 2021

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Introducción al Derecho Minero y Ambiental

Cristian Marcelo Manrique Alcayaga

Legislación Minera y Ambiental

Instituto IACC

24 de noviembre de 2019


Desarrollo

1.- Mencionar y describir las características principales del Derecho.

Las características principales del Derecho son: La normatividad, la bilateralidad, la coercibilidad, la pretensión de inviolabilidad, el sistema y la justicia.

  • Normatividad: establece que el derecho se encuentra constituido por normas que determinan la conducta de los individuos en una sociedad.
  • Bilateralidad: establece que la aplicación de las normas requiere de la acción de, al menos, dos partes.
  • Coercibilidad: Consiste en la legítima posibilidad de auxiliarse de la fuerza socialmente organizada para obtener el cumplimiento de una norma, o la aplicación de la sanción que deba seguir, cuando la norma hubiere sido infringida.
  • Pretensión de inviolabilidad: establece que el derecho no puede ser violado.
  • Sistema: establece que el derecho es un conjunto de normas, es decir, un sistema, y funciona como tal.
  • Justicia: es inherente a toda norma jurídica.

2.- Menciona y describe 3 leyes y 3 Decretos Supremos asociados a impactos ambientales por procesos mineros.

Las tres leyes asociadas a impactos ambientales por procesos mineros serían las siguientes:

  • Ley 20.551 que regula el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras: Permite regular qué pasará con los pasivos ambientales una vez que las labores mineras finalicen, normativa que era necesaria para cubrir una laguna legal que existía en esta materia y que no se ajustaba a los compromisos ambientales contemplados en la Constitución y legislación aplicable.

  • Ley 20.417 que crea la Superintendencia del Medio Ambiente: Establece las facultades de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), la cual tiene por objeto ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y fiscalización de Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA); medidas de los planes de prevención y/o de descontaminación ambiental; contenido de las normas de calidad ambiental y normas de emisión; planes de manejo y todos aquellos otros instrumentos de carácter ambiental que establezca la ley.
  • Ley N.° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente: En su artículo primero, establece el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

Los tres decretos asociados a impactos ambientales por procesos mineros son los siguientes:

  • Decreto Supremo N° 12: Norma Primaria de Calidad Ambiental para Material Particulado Respirable 2,5 (Ministerio del Medio Ambiente, 2011):

La Constitución Política de la República reconoce en el artículo 19 N.°
1 el derecho a la vida y la integridad física de las personas, y en su artículo 19 No 8 el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. En este sentido y de acuerdo con lo preceptuado en la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, es función del Estado dictar normas para regular la presencia de contaminantes en el medio ambiente, de manera de prevenir que éstos puedan significar o representar, por sus niveles, concentraciones y periodos, un riesgo para la salud de las personas.

  • Decreto Supremo N.º 185: Norma Secundaria de Calidad de Aire para Anhídrido Sulfuroso (Ministerio de Minería, 1991):

De acuerdo con lo preceptuado en la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, es deber del Estado revisar las normas que regulan la presencia de contaminantes en el ambiente, de manera de prevenir que éstos puedan significar o representar, por sus niveles, concentraciones y períodos, un riesgo para la protección o la conservación del medio ambiente, o la preservación de la naturaleza.

  • Decreto Supremo N.º 28, que Establece Norma de Emisión para Fundiciones de Cobre y Fuentes Emisoras de Arsénico, decretado por el Ministerio del Medio Ambiente, en el cual se establecen los límites máximos de emisión de arsénico:

Que la presente norma de emisión para fundiciones de cobre y fuentes emisoras de arsénico tiene por objetivo proteger la salud de las personas y el medio ambiente en todo el territorio nacional. Como resultado de su aplicación se reducirán las emisiones al aire de material particulado (MP), dióxido de azufre (SO2), arsénico (As) y mercurio (Hg). Para tales contaminantes, existe suficiente evidencia que comprueba los efectos adversos crónicos y agudos sobre la salud de las personas y sobre el medio ambiente.

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