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JUICIO: CONTROVERSIA DEL ORDEN FAMILIAR.


Enviado por   •  13 de Julio de 2016  •  Trabajos  •  1.762 Palabras (8 Páginas)  •  639 Visitas

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 GUADALUPE CLAUDIA  BARAJAS LAGUNA

VS

ROBERTO BERMUDEZ TORRES

JUICIO: CONTROVERSIA DEL ORDEN FAMILIAR

 (ALIMENTOS)

EXPEDIENTE: 882/1999

INCIDENTE DE EJECUCION DE SENTENCIA

VIA DE APREMIO

C. JUEZ VIGÉSIMO TERCERO DE LO FAMILIAR

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

P R E S E N T E

         GUADALUPE CLAUDIA  BARAJAS LAGUNA,  en representación de mi menor hijo de nombre CLAUDIO BERMUDEZ BARAJAS y con la personalidad que debidamente tengo acreditada en autos del juicio principal al rubro citado, señalando como  domicilio para oír y recibir todo clase de notificaciones el ubicado en calle MANUEL SCHULTZ número 88 interior 4, colonia San Rafael, Delegación Cuauhtémoc  en México, Distrito Federal; asimismo con fundamento en el artículo 112  cuarto párrafo del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal vigente autorizo a los Licenciados en Derecho  GABRIELA VANESSA BRAVO Y GOROSTIETA, RAUL ALONSO CARDENAS GINES Y  EDGAR PACHECO BARAJAS quienes cuentan con Cédula Profesional 5761648, 6516084 y _________ respectivamente expedidas a su favor por la Dirección General de Profesiones,  ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

        Que  por medio del presente escrito y con fundamento en los artículos 88, 94 segundo párrafo, 500, 501, 502, 503, 504, 505, 506, 509 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal vigente vengo a promover INCIDENTE DE EJECUCION DE SENTENCIA EN VIA DE APREMIO  en contra del C. ROBERTO BERMUDEZ TORRES, quien  puede ser emplazado mediante  EXHORTO en su domicilio ubicado en RETORNO CEREZOS  número 62, FRACCIONAMIENTO IZCALLI,  ECATEPEC, ESTADO DE MEXICO demandándole las  siguientes:

P R E S T A C I O N E S

  1.  Que  dé debido  cumplimiento a la sentencia definitiva de fecha 01 de marzo de 2000.
  1. El pago de pensiones  vencidas y no pagadas fijadas   por su Señoría en Sentencia Definitiva de fecha 01 de marzo de 2000  correspondientes al periodo comprendido de marzo del año 2010 a enero del año  2015, es decir, 59 meses  más los que se sigan venciendo hasta la solución del presente juicio.

 

Fundo el presente Incidente en los siguientes:

H E C H O S

1.- Ante este H. Juzgado se tramito el Juicio Controversia del Orden Familiar (Alimentos) entre las partes, el cual quedó radicado bajo el expediente citado al rubro del presente Incidente, dictándose Sentencia Definitiva en fecha 01 de marzo de 2000 quedando debidamente ejecutoriada mediante proveído dictado en Juicio de Amparo de fecha ______________.

2.- En Sentencia Definitiva de fecha 01 de marzo de 2000 se decretó  en el Resolutivo  SEGUNDO, como pago de pensión alimenticia definitiva a favor de nuestros  menores hijos de nombres ROBERTO Y CLAUDIO ambos de apellidos BERMUDEZ BARAJAS, el  35% por ciento de los ingresos ordinarios y extraordinarios que percibía en su centro laboral el C. ROBERTO BERMUDEZ TORRES.

3.- Ahora bien, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto que el C. ROBERTO BERMUDEZ TORRES, ha incumplido con sus obligaciones alimentarias, desde el mes de marzo del año 2010 hasta el día de los corrientes  absteniéndose  de proporcionar el 35%  de sus ingresos ordinarios y extraordinarios de acuerdo con lo decretado en Sentencia Definitiva de fecha 01 de marzo de 2000,  esto debido  a que aproximadamente en el mes de marzo de 2010   fue cesado del  centro laboral  del cual se le realizaba el descuento directo por concepto de pensión alimenticia, en consecuencia no fue posible continuar descontando la pensión alimenticia a favor de nuestros menores hijos.  

4.-  BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto que  el C. ROBERTO BERMUDEZ TORRES  se ha abstenido de informar a este H. Juzgado la fuente generadora  de sus ingresos  por lo que  también ha incumplido con la obligación establecida en el artículo 323 último párrafo del Código Civil para el Distrito Federal vigente, esto con la única finalidad de no cumplir con la Sentencia Definitiva de fecha 01 de marzo de 2000.

5.- BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD manifiesto que la suscrita  recibí en el mes de enero y febrero del año 2010  por concepto de pensión alimenticia la cantidad de $1920.80   mensuales lo que a la fecha en cantidad liquida  hacen ADEUDO total de $113,327.20 (CIENTO TRECE MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE  PESOS 20/100  M.N) más las que se sigan venciendo hasta la solución del presente juicio.  

6.- BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD manifiesto que la suscrita actualmente  ignoro  en lugar donde labora actualmente el C. ROBERTO BERMUDEZ TORRES ya que el hoy demandado incidentista se ha  negado a tener cualquier comunicación tanto  con la suscrita como  con nuestros hijos, inclusive la suscrita he buscado en su domicilio al hoy demandado incidentista con la finalidad  exponerle las necesidades de nuestros hijos y pedirle que cumpla con su obligación de padre y progenitor para con nuestros hijos  pero siempre se niega a recibirme y a hablar conmigo negándome todo tipo de ayuda; por lo que desde este momento solicito a su Señoría requiera con apercibimiento de Ley al mismo para que informe a este H. Juzgado la fuente generadora de sus ingresos tanto ordinarios como extraordinarios, a cuánto ascienden los mismos y la fecha  en que inicio sus labores en la misma.

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