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JUICIO ESPECIAL DE ALIMENTOS


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2013  •  2.096 Palabras (9 Páginas)  •  366 Visitas

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EXPEDIENTE CIVIL NÚMERO INICIO.

CONTROVERSIA DEL ORDEN FAMILIAR.

JUICIO ESPECIAL DE ALIMENTOS

ACTOR.- ABELARDO CAMPILLO BELTRÁN Y/O

ALEJANDRA DE LA ROSA FIGUEROA.

DEMANDADO.- JESUS CAMPILLO DE LA ROSA

C. JUEZ DEL RAMO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA.

CON RESIDENCIA EN ESTA PROPIA

CIUDAD DE TONALA; CHIAPAS.

P R E S E N T E.

ABELARDO CAMPILLO BELTRÁN Y/O ALEJANDRA DE LA ROSA FIGUEROA; Mexicanos por nacimiento, Mayores de edad, desempleados, al corriente del pago de los impuestos fiscales que nos corresponden con domicilio procesal para oír y recibir todo tipo de notificaciones el despacho jurídico ubicado en calle 30 de julio sin nuero casi esquina con avenida Joaquín Miguel Gutiérrez; barrio san Martin de esta ciudad de Tonalá, Chiapas; así mismo autorizo para que las oigan a los CC. Lic. Ulises Pérez vera, con cedula profesional, A Quien designamos como nuestro mandatario judicial, personas de mi más entera confianza, Ante usted con la Atención y el Respeto que le merece Comparecemos para E X P O N E R:

Que por medio del presente escrito y en la vía Controversia del Orden Familiar, venimos a demandar a nuestro hijo; JESUS CAMPILLO DE LA ROSA; El Pago De Una Pensión Justa Y Equitativa, para los actores; así mismo e señala que el Demandado Puede ser localizado para que se emplace a juicio en el Domicilio particular ubicado en salida a unión y Juárez segunda sección de la unidad habitación denominada, ROSARIO IXTAL; CACAHOATAN; CHIAPAS; así como también puede ser emplazado a juicio en su fuente de trabajo la cual se ubica en la unidad Administrativa, dependencia Secretaria de finanzas de la ciudad de Tapachula de Córdova y Ordoñez, Chiapas, de quien se Reclama por sentencia firme que se dicte en este juicio, el Cumplimiento y Pago de las siguientes:

P R E S T A C I O N E S.

A. Que por sentencia que se dicte en este juicio se condene al demandado; JESUS CAMPILLO DE LA ROSA; Al pago de una Pensión Alimenticia Provisional y en su momento Definitiva y favor de los suscritos; ABELARDO CAMPILLO BELTRÁN Y/O ALEJANDRA DE LA ROSA FIGUEROA, en virtud de ser padres del demandado y además personas de la Tercera edad; con problemas para sobre vivir Desempleados e Imposibilitado físicamente para poder trabajar.

B.- Se dicte la medida cautelar Para que se proceda al aseguramiento de las Cantidades, que por alimentos, provisionales se tengan que sustraer del sueldo que percibe el demandado; en su calidad de auditor, puesto que desempeña en la dirección de auditoria dependiente de la sub secretaria de ingresos dependientes de la secretaria de hacienda y crédito público; en la cual obtiene un sueldo Mensual de más de $6,000.00 Seis mil pesos con los cuales puede contribuir Solidariamente con los alimentos de los Actores; ABELARDO CAMPILLO BELTRÁN Y/O ALEJANDRA DE LA ROSA FIGUEROA; Para lo cual este tribunal en relación a lo que ordene debe de girar oficio, al departamento de pago dependiente de la secretaria de finanzas del estado de Chiapas, con residencia en el palacio de gobierno en la ciudad de Tuxtla, Gutiérrez, Chiapas, solicitando desde este momento se deje a cargo de los actores el oficio a efecto que se haga llegar a su destino en virtud que los alimentos por su naturaleza son de orden públicos y preferentes máxime que a la fecha máxime que a la fecha carecemos de bines y de recursos económicos para cubrir las necesidades de subsistencia.

C:- se condene al demandado al pago de los gastos y costas que se originen con la tramitación del presente juicio, y hasta su total solución.

Se Funda la presente demanda en los Hechos y consideraciones de Derecho siguientes.

H E C H O S

1.- Como lo acreditamos con las Copias Certificadas del Acta de Nacimiento que se anexan a esta demanda inicial, los suscritos; ABELARDO CAMPILLO BELTRÁN Y/O ALEJANDRA DE LA ROSA FIGUEROA; somos padres del hoy demandado documento con el cual se acredita el entroncamiento además de ser cierto que la Fecha los Actores contamos con edad avanzada y por ello no conseguimos trabajo

2. En virtud de que los suscrito, como ya se asentó, somos Personas de 60 sesenta y 53 cincuenta y tres Años de edad relativamente, actualmente estamos Desempleados e Imposibilitado Físicamente para poder Trabajar Formalmente, dado lo avanzado de nuestra edad por lo que actualmente solo realizamos pequeños trabajos domésticos; así como que también haciendo labores de Mandaderos y de Mensajeros, pero lo que ganamos no es estable ni suficiente, para nuestra manutención y gastos, por lo cual nos vemos Obligados a presentar la presente demanda.

3. Así mismo hacemos del conocimiento de su Señoría, que los ahora, exponente, bajo todo nuestro sacrificio; mandamos a nuestro hijo a que se preparara profesionalmente, para que en el futuro pudiera; tener una mejor vida y fue así que logramos inscribirlo; en la universal de contaduría pública de la ciudad de Tapachula Chiapas; de la cual egreso con el Titulo de Contador público; y en la actualidad Tiene terminada la maestría en auditoria; con lo que se acredita que si cuenta con los recursos suficientes Para poder Sufragar sus necesidades de subsistencia más las de los Actores; ABELARDO CAMPILLO BELTRÁN Y/O ALEJANDRA DE LA ROSA FIGUEROA …………………….. Esto atento a lo que dispone el artículo 300 del Código Civil para el estado de Chiapas el, que textualmente dispone, lo siguiente.- LOS HIJOS ESTAN OBLIGADOS A DAR ALIMENTOS A LOS PADRES. A FALTA O POR IMPOSIBILIDAD DE LOS HIJOS, LO ESTAN LOS DESCENDIENTES MAS PROXIMOS EN GRADO.

4.- Como la parte demandada; JESUS CAMPILLO DE LA ROSA prestan sus servicios profesionales en la paraestatal; dirección de auditoria dependiente de la sub secretaria de ingresos dependientes de la secretaria de hacienda y crédito público, en la cual presta sus Servicios profesionales como auditor, con lo que se acredita que el demandado tiene la Suficiente capacidad económica para efectos de aportar los medios para los alimentos de los Actores, ABELARDO CAMPILLO BELTRÁN Y/O ALEJANDRA DE LA ROSA

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